Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2000 (30/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2000

Que la Constitucion Politica del Peru establece en su Articulo 35º la participacion ciudadana a traves de organizaciones politicas que, debidamente inscritas, obtienen personalidad juridica, y dispone que la ley establece normas orientadas a asegurar su funcionamiento democratico y la transparencia en cuanto al origen de sus recursos economicos; Que las organizaciones politicas, listas independientes y alianzas deben presentar al MORDAZA Nacional de Elecciones, dentro de los sesenta (60) dias anteriores a la fecha de las elecciones, la proyeccion de los fondos que seran invertidos durante el MORDAZA electoral correspondiente e individualizar su fuente de financiamiento, conforme lo dispone el Articulo 183º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que si bien algunas organizaciones politicas han presentado el documento con indicacion de la proyeccion de los fondos que seran invertidos durante su MORDAZA electoral, sin embargo, no han cumplido con precisar las MORDAZA de su financiamiento; mientras que las demas organizaciones politicas no han cumplido con presentar documento alguno al respecto; Que, es funcion de este organo electoral velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral, conforme lo establece el Articulo 5º inciso g) de su Ley Organica Nº 26486; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Reiterar que las organizaciones politicas que participan en el MORDAZA de elecciones generales del presente ano, deben cumplir con presentar la documentacion que sustente proyeccion de los fondos que seran invertidos o que vienen siendo invertidos en dicho MORDAZA electoral, asi como la fuente de su financiamiento, dentro del termino que estipula el Articulo 183º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Segundo.- Notifiquese con la presente Resolucion a los Personeros Legales Titulares de las organizaciones politicas inscritas, acreditados ante este organo electoral, a fin que, bajo responsabilidad, den cumplimiento a lo dispuesto por el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 3679

inculpado por la presunta comision del delito contra la administracion publica, en la modalidad de peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Chuschi, dictandose mandato de detencion, extremo que fue materia de impugnacion; Que, con la MORDAZA certificada de la resolucion de vista del 4 de febrero del 2000, corriente de fojas 15 a 17, se acredita que la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, confirmo la resolucion senalada en el considerando anterior, confirmando la orden de detencion contra don MORDAZA MORDAZA Huamani; Que, se encuentra probada la causal de suspension en que se halla incurso don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, prevista en el numeral 3) del Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 que dispone, que los cargos de MORDAZA y regidor se suspende automaticamente por impedimento legal, cuando se tiene MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que ha quedado firme en primera o MORDAZA instancia; Que, en los casos de suspension, el MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, quien ejerce a plenitud las funciones con las facultades y atribuciones inherentes al cargo, segun lo dispone el Articulo 30º de la citada ley; en tal sentido, corresponde asumir provisionalmente el cargo de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA Pacotaype; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo, debe convocarse a la candidata no proclamada de la agrupacion politica "Movimiento Independiente Vamos Vecino", MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora en el concejo distrital de Chuschi; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra suspendido en el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Chuschi, provincia de Cangallo, departamento de MORDAZA, por tener MORDAZA penal abierto con mandato de detencion. Articulo Segundo.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la agrupacion politica "Movimiento Independiente Vamos Vecino", como MORDAZA provisional del concejo distrital de Chuschi, en reemplazo de don MORDAZA MORDAZA Huamani. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion politica "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma provisionalmente el cargo de regidora en el concejo distrital de Chuschi. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 3680

Designan MORDAZA provisional del Concejo Distrital de Chuschi, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 398-2000-JNE MORDAZA, 29 de marzo de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 002-00-MDCH/T.A. recibido el 10 de marzo del 2000, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo distrital de Chuschi, provincia de Cangallo, departamento de MORDAZA, quien solicita se formalice la suspension del cargo de MORDAZA que desempena don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tener MORDAZA penal con mandato de detencion en su contra; El escrito recibido el 17 de marzo del 2000, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual remite la MORDAZA certificada de la resolucion de vista Nº 26 del 4 de febrero del 2000, que confirma el mandato de detencion dictado contra don MORDAZA MORDAZA Huamani; CONSIDERANDO: Que, con la resolucion que obra de fojas 2 a 6, el Juzgado Mixto de Cangallo, con fecha 30 de diciembre de 1999, amplia el auto apertorio de instruccion en la via de MORDAZA ordinario, en contra de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como

Declaran que candidato proclamado debe asumir cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Huancarqui y convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora
RESOLUCION Nº 399-2000-JNE MORDAZA, 29 de marzo de 2000 VISTO: El Oficio Nº 020-2000 recibido el 1 de marzo del 2000, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo distrital de Huancarqui, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, quien comunica el deceso del MORDAZA del citado concejo, senor Darwin MORDAZA MORDAZA Ames; solicitando se designe su reemplazo, y se convoque al regidor que por ley corresponde;

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