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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2000 (09/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 186416 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de mayo de 2000 y una (1) botella Paracas. Las mismas que por ser de manufac- tura moderna, no pertenecen al Patrimonio Cultural de la Nación, por lo que es procedente la donación al Museo Nacional de las Culturas de México; Que, mediante Informe Nº 135-2000-INC/DRNPCM, la Di- rección de Registro Nacional de Patrimonio Cultural Mueble, se ha pronunciado sobre la situación y calidad de una (1) "Cruz de Pasión" tallada en madera, pintada y policromada, la misma que por ser de manufactura moderna, no pertenece al Patrimonio Cultural de la Nación, por lo que es procedente la donación al Museo Nacional de las Culturas de México; Que, las 25 piezas que conforman la mencionada donación motivo de la presente Resolución, están valorizadas en US$ 252.00 (Doscientos Cincuenta y Dos y 00/100 Dólares America- nos), según Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolu- ción. Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacional de Cultura, cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero; Que, mediante Informe Nº 238-2000-INC/OGAJ, se señala que el Artículo 62º de la Resolución Nº 039-98/SBN, establece que las donaciones de bienes muebles que realicen entidades del Sector Público a favor de personas naturales o jurídicas, nacio- nales o extranjeras del Sector No Público o viceversa, serán aprobadas mediante Resolución Suprema; De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 62º de la Resolución Nº 039-98/SBN; Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación por parte del Instituto Nacional de Cultura al Museo Nacional de las Culturas de México, de veinticuatro (24) piezas de cerámica, réplicas de arte Prehispánico y una (1) "Cruz de Pasión" de manufactura moder- na, descritas en el Tercer y Cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura expedirá los Certificados correspondientes de permiso de exportación de réplicas con destino al Museo Nacional de las Culturas de México. Artículo 3º.- Los gastos que ocasione el embalaje, trámi- tes y traslados de los bienes materia de la presente Resolu- ción y cualquier otro egreso que se origine por estos concep- tos, correrá a cargo del Museo Nacional de las Culturas de México. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación ANEXO Nº 01 Nº CODIGO DESCRIPCION VALORI- ZACION $ 01 R-0360 Réplica de botella Moche. Representación D/R HRM-25/INC-91 escultórica de guerrero. 4.00 02 R-0655 Réplica de botella Moche. D/R CVH-04/INC-93 Representación escultórica de cabeza antropomorfa 4.00 03 R-0969. Réplica de botella Chavín con asa estribo y decoración escultórica ornitomorfa 4.00 04 R-0975 Réplica de botella Chavín. 4.00 05 R-0982 Réplica de botella Moche con asa estribo y decoración pictórica antropomorfa. 4.00 06 R-1127 D/R JFS-01/INC-96 Réplica de botella escultórica zoomorfa Chavín 4.00 07 R-1153 Réplica de botella Nasca, doble gollete cónico D/R JLD-02/INC-93 y asa puente cintada. 4.00 08 R-1169 Réplica de cántaro Chimú-Inca con decoración D/R BJPO-02/INC-95 escultórica zoomorfa y pictórica ornitomorfa. 4.00 09 R-1320 Réplica de botella Chimú con decoración escultórica y relieve zoomorfa 4.00 10 R-1323 Réplica de cabeza clava Chavín. 3.00 11 R-1357 Réplica de cántaro Inca, con decoración zoomorfa estilizada. 7.00 12 R-1378 Réplica de botella Lambayeque, con doble gollete cónico asa puente curvilínea. 4.00 13 R-1381 Réplica de botella escultórica antropomorfa Moche. 4.00 14 R-1389 Réplica de Vaso Nasca, con decoración pictórica, polícroma mítica. 4.00 15 R-1390 Réplica de botella del Formativo con cuerpo esferoidal. 4.00 16 R-1432 Réplica de botella Nasca, con decoración estilizada, doble gollete y asa puente curvilínea. 4.00 17 R-1463 D/Agst-250/INC-96 Réplica de escultura masculina de cerámica Chancay. 6.00 18 R-1464 D/Agst-251/INC-96 Réplica de escultura femenina de cerámica Chancay. 6.0019 R-1471 Réplica de cerámica Recuay con decoración. D/Agst-230/INC-96. escultórica de cabeza humana y pictórica geométrica. 4.00 20 R-1512 RA-685 Réplica de cántaro de cerámica Moche. 4.00 21 R-1537 D/0CH 07/INC Réplica de cántaro Lambayeque. 4.00 22 R-1719 Réplica de botella escultórica Moche. 4.00 23 R-1744 Vasija de cerámica Nasca. 4.00 24 R-1806 D/SAR-262/INC-94. Réplica de botella escultórica zoomorfa Paracas. 4.00 25 MN/AP-825 Cruz de Pasión. 150.00 5154 PROMUDEH Autorizan adquisición de cuadernos que serán empleados en la alfabetiza- ción del iletrado adulto mediante pro- ceso de adjudicación directa de menor cuantía DECRETO SUPREMO Nº 004-2000-PROMUDEH EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, está encargado de alfabetizar al adulto iletrado en todo el territorio nacional, mediante el Programa Nacional de Alfabe- tización; Que, una de las necesidades básicas para cumplir la función de alfabetización, es la distribución gratuita de cuadernos a los adultos iletrados, bienes que durante el año calendario son requeridos, en una cantidad de 1'150,000 unidades entre cuader- nos cuadriculado y rayado; Que, con la finalidad de adquirir los cuadernos el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano convocó a Licitación Pública en dos oportunidades, las mismas que fueron declaradas desiertas; debido a que en ambas convocatorias sólo se presentó un postor; Que, al no adquirirse los bienes licitados, mediante proceso de selección, por haber sido declarada desierta en dos oportuni- dades, se ha producido la condición establecida en el Artículo 19º, inciso f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850; correspondiendo se dicte la norma que exonere la compra de dichos bienes por licitación pública y, que autorice hacerlo mediante el proceso de adjudicación directa de menor cuantía, conforme al Artículo 20º de la Ley acotada y Artículo 44º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98- PCM y sus modificatorias; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2000, los Artículos 19º y 20º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Artículo 44º inciso c) de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Exonérase al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano del requisito de Licitación Pública para adquirir cuadernos que se emplearán en la alfabe- tización del iletrado adulto en todo el territorio nacional, por la cantidad de 1'150,000 unidades, a un valor referencial unitario de S/. 1.40, autorizándose que la adquisición se efectúe mediante el proceso de adjudicación directa de menor cuantía, regulado por el Artículo 44º del Reglamento de la Ley Nº 26850, hasta por un valor referencial total de S/ 1'610,000.00. Artículo 2º.- La adquisición se efectuará con cargo al Presupues- to del Pliego Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, aprobado para el Ejercicio Fiscal del año 2000. Artículo 3º.- La contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por el presente Decreto Supremo se regu- lará por las disposiciones de la Ley Nº 26850, Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será puesto en conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los diez días siguientes a su aprobación. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.