Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2000 (09/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5153

Dan por concluidas designaciones de Presidentes de las Sociedades de Beneficencia Publica de Ilo y San MORDAZA - Juliaca
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 117-2000-PROMUDEH MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo la transferencia al referido Instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, continuan en sus funciones, mientras no MORDAZA expresamente removidos de sus cargos, resultando necesario dar por concluida las designaciones de los Presidentes del Directorio de las Sociedades de Beneficencia Publica de Ilo y San MORDAZA Juliaca; De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050, y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, a partir de la fecha, las designaciones como Presidentes del Directorio, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados a las siguientes personas: Sociedad de Beneficencia Publica - Ilo - San MORDAZA - Juliaca Nombre MORDAZA Deusdedit MORDAZA Ordonez MORDAZA Sobrino MORDAZA

dad de brindar proteccion, atencion de salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social y prevencion para que las personas con discapacidad alcance su desarrollo e integracion social, economico y cultural, para lo cual dispuso la creacion del Registro Nacional de Personas con Discapacidad, cuyos requisitos y procedimientos seran fijados en el Reglamento del CONADIS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, del 4 de MORDAZA del 2000, fue aprobado el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, cuyo Capitulo III De la Certificacion y el Registro, reglamenta y establece los requisitos y procedimientos generales para el funcionamiento de los Registros Especiales que conforman el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Que, la Secretaria Ejecutiva del CONADIS ha solicitado la aprobacion del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, que cuenta con la visacion de la Gerencia de Sistemas, Identificacion y Estadistica, Gerencia de Administracion y de la Gerencia de Asesoria Legal; De conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Articulo 6º de la Ley Nº 27050 y el numeral 12.6 del Articulo 12º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del CONADIS que consta de VI Capitulos, 19 articulos, dos Disposiciones Complementaria y Transitoria y 2 Fichas de Inscripcion, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Gerencia de Sistemas, Identificacion y Estadistica y la Gerencia de Administracion, son las encargadas del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento aprobado. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion y sus Anexos en el Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, para los efectos correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA GORRIO Presidente Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad CONADIS REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I Del Objeto, Responsabilidades y Ambito de Aplicacion Articulo 1º.- Del Objeto del Reglamento Establecer normas, procedimientos y responsabilidades, para la aplicacion y cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 12º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad. Articulo 2º.- De las Responsabilidades El Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, tiene a su cargo el Registro Nacional de las Personas con Discapacidad. Articulo 3º.- Del Ambito de Aplicacion El presente reglamento regula, los procedimientos, condiciones, requisitos, obligaciones y demas requerimientos para la Inscripcion, Registro y Certificacion de las personas con discapacidad e instituciones u organizaciones que se indican en el Articulo 8º, cuya validez es a nivel nacional e internacional y las sanciones que correspondan en caso de incumplimiento. TITULO II CAPITULO I

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5109

Aprueban el Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 003-2000-P/CONADIS MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27050, se creo el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad -CONADIS- Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano -PROMUDEH- con la finali-

DEL REGISTRO NACIONAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Articulo 4º.- Definicion: El Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, es el organo encargado de registrar, compilar y procesar la informacion relativa a las personas con discapacidad, desarrollando tecnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la informacion. Para lo cual podra suscribir convenios con entidades publicas o privadas a fin de facilitar la inscripcion y el cumplimiento de sus fines. Articulo 5º.- De la finalidad El Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, tiene por finalidad registrar, acreditar e investigar a las personas con discapacidad, a la institucionalidad publica o privada, nacional o internacional de o para personas con discapacidad.

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