Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2000 (09/05/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 186411

ANEXO II
CAMPAMENTOS PUNTO DE INGRESO ASIGNADOS

RUTA UTILIZADA FECHA INGRESO FECHA LLEGADA

1° N. 2° N. 3° N. 4° N.

Razon Social del PST Direccion Nombre del Guia Direccion DATOS DE LOS VISITANTES NOMBRE COMPLETO 1. 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

N° de Autorizacion Telefono N° de Autorizacion Telefono

Doc. Identidad

Nacionalidad

Edad

Genero

PERSONAL DE APOYO NOMBRE COMPLETO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 DECLARACION DE LOS RESIDUOS SOLIDOS A SER PRODUCIDOS: Numero de Bolsas Negras Numero de Bolsas Amarillas N° de Autorizacion Lugar de Origen Edad Actividad

5147

DEFENSA
Establecen medidas sanitarias para el arribo y recepcion de naves procedentes de puertos donde exista presencia del Hantavirus
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0195-2000/DCG Callao, 5 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que en ciertos paises ha sido detectado la presencia de un virus altamente contagioso, transmitido por roedores, denomi-

nado HANTAVIRUS, el mismo que ha cobrado una serie de victimas; Que uno de los medios por los cuales puede propagarse la citada enfermedad es por via maritima, debido a la presencia de personal y/o roedores infectados a bordo de las naves mercantes; Que el Articulo A-010201 del Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-87-MA, de fecha 9 de MORDAZA de 1987, establece que es funcion de la Autoridad Maritima, ejercer el control de trafico acuatico, recepcion, permanencia y despacho de naves de los puertos, fondeaderos y de las aguas de soberanias y jurisdiccion nacional; Que el Articulo A-050201 del acotado Reglamento, establece que toda nave que arribe a un puerto habilitado de la Republica debera ser recibida por la Autoridad Maritima, asi como por los organismos del Estado que corresponda, de acuerdo a las reglamentaciones correspondientes; Que el Articulo A-050215 del referido Reglamento, dispone que la Autoridad Maritima velara por el cumplimiento de las disposiciones que emita la Autoridad Sanitaria, asi como por el cumplimiento de las reglamentaciones sanitarias, y el Articulo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.