Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2000 (10/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2000
30. 31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46. 47. ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE ODPE Maynas Morropon Moyobamba Nasca Pacasmayo Pasco MORDAZA MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sullana Tacna Tambopata Tarma MORDAZA Tumbes

NORMAS LEGALES

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e) Ubicara las mesas de sufragio en lugares accesibles conforme a la informacion proporcionada por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Articulo 2º.- Los miembros de mesa otorgaran las maximas facilidades a los ciudadanos con discapacidad para la emision del voto. Articulo 3º.- Los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, recibiran, hasta 15 dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, solicitudes de Asociaciones de Discapacitados y de personas discapacitadas, para que las mesas de sufragio donde les corresponda votar, MORDAZA ubicadas, en lo posible, en el primer piso de los locales de votacion. Articulo 4º.- Autorizar a la Gerencia de Gestion Electoral para recepcionar las solicitudes de Instituciones o ciudadanos invidentes para el uso de la plantilla especial, y brindar capacitacion del uso de la misma. Articulo 5º.- Comuniquese la presente Resolucion al MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 5162

Articulo Segundo.- Los Jefes de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, senalados en el Articulo primero de la presente resolucion, en sus respectivas circunscripciones electorales, publicaran por medio de carteles la relacion del personal a su cargo. Articulo Tercero.- La asignacion de funciones a que se contrae la presente resolucion, tiene caracter temporal. Registrese, comuniquese y publiquese.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y 5160 ESTADO CIVIL Establecen disposiciones para faciliJOSE PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

tar la emision del MORDAZA de ciudadanos Autorizan adquisicion de combustible con discapacidad mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia RESOLUCION JEFATURAL
Nº 189-2000-J/ONPE MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 570-2000-JNE, del 29 de MORDAZA de 2000, se dispone la realizacion de la MORDAZA Eleccion para Presidente y Vicepresidentes de la Republica para el MORDAZA 28 de MORDAZA del ano 2000; Que, el Articulo 263º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones, otorga facilidades a los invidentes para que emitan su MORDAZA, admitiendo que una persona de su confianza los acompane a la camara secreta para que puedan emitir correctamente el mismo; Que, tambien es necesario normar las facilidades a otorgarse a las personas que, por aspectos relacionados con discapacidades fisicas, tengan dificultades para la emision del voto; Que, en tal sentido, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha suscrito diversos Convenios con Organizaciones dedicadas a la atencion de personas con discapacidades fisicas; Que, la Gerencia de Gestion Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en coordinacion con Instituciones o personas invidentes, disena la plantilla especial de votacion con signos en braille; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones y la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y en concordancia con la Ley Nº 27050, General de la Persona con Discapacidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Coordinador Electoral del local de votacion, adoptara las siguientes medidas necesarias para facilitar la emision del MORDAZA de los ciudadanos con discapacidad: a) Exhortara a los custodios del area perimetrica del local de votacion, que, previa identificacion, faciliten la via de acceso al local de votacion de la persona con discapacidad. b) Exonerara a estos de formar colas. c) En caso que la mesa de sufragio se encuentre ubicada en un piso superior al primero y exista dificultad para ascender escaleras, el coordinador del local comunicara la situacion a los custodios del local de votacion, para que apoyen al traslado a la mesa de sufragio y la salida de la misma, de la persona discapacitada. d) Proporcionara la plantilla especial para ciudadanos invidentes, en caso de que se lo soliciten para emitir su voto. RESOLUCION JEFATURAL Nº 263-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2000 VISTO, el Acta Notarial de fecha 27 de marzo de 2000 del Organo Encargado de la Adjudicacion Directa Nº 020-2000RENIEC, MORDAZA Convocatoria para la Adquisicion de Combustible para la flota de vehiculos del RENIEC para el Ejercicio 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 020-2000/GAF-DLG la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas informa que la Adjudicacion Directa Nº 020-2000-RENIEC, Adquisicion de Combustible para la Flota de Vehiculos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ha sido declarada desierta en dos oportunidades de acuerdo al Articulo 32º de la Ley Nº 26850, al no haberse presentado el numero minimo de postores requeridos en MORDAZA convocatorias, lo que impide realizar la evaluacion comparativa respectiva; Que, es necesaria la Adquisicion de Combustible para el normal funcionamiento de la Flota de Vehiculos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, mediante Memorandum Nº 489-2000-GAJ/RENIEC la Gerencia de Asesoria Juridica opina que habiendose declarado desierto en dos oportunidades el MORDAZA de seleccion, corresponde convocar a un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia para la adquisicion de combustibles diversos para el funcionamiento de la flota de vehiculos de nuestra institucion; Estando a lo previsto por la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa para la Adquisicion de Combustible para el normal funcionamiento de la Flota de Vehiculos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil al haber sido declarada desierta por dos (2) veces consecutivas el MORDAZA de seleccion convocado y, en consecuencia, autorizase a la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas para que proceda de acuerdo a la Ley Nº 26850 y su Reglamento, a la Adquisicion de combustibles para el Ejercicio 2000 mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia.

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