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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2000 (13/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 186559 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de mayo de 2000 Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum- plido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 002- 2000-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM modificado por Decreto Supremo Nº 02-94-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A. Concesión Definitiva para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica, en la línea de transmisión de 60 kV S.E. Zorritos - S.E. Máncora de propiedad de la solicitante, ubicada en las provincias de Contralmirante Villar y Talara, departamentos de Tumbes y Piura, en los términos y condiciones de la presente Reso- lución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el Artículo 3º, asignándole el Código Nº 14096999. Artículo 2º.- La concesión operará en la siguiente línea eléctrica: Salida/Llegada de la Tensión Nº de Longitud Línea Eléctrica (kV) Ternas (Km) S.E. ZORRITOS - S.E. MANCORA 60 01 75 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 166-2000 a suscribirse con Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A. el que consta de 18 cláusulas y 3 Anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión eléctrica, a cele- brarse con Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Supre- ma deberá incorporarse en la escritura pública que dé origen el Contrato de Concesión Definitiva Nº 166-2000, referido en el Artículo 3º de esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 5390 JUSTICIA Conceden indulto y derecho de gracia por razones humanitarias a internas del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos RESOLUCION SUPREMA Nº 087-2000-JUS Lima, 12 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que doña Melva Vicenta ORDOÑEZ SANCHEZ o Melba Vicenta ORDOÑEZ SANCHEZ, se encuentra interna en calidad de procesada en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que el caso de la citada interna de setenta (70) años de edad, de acuerdo a la documentación adjunta a su respectivo expediente de derecho de gracia, por su avanzada edad y sus condiciones personales, se adecua a los requerimientos de una decisión humanitaria;De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º, inciso 21) de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República conceder el derecho de gracia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder el derecho de gracia por razones humanitarias, a doña Melva Vicenta ORDOÑEZ SANCHEZ o Melba Vicenta ORDOÑEZ SANCHEZ, que se encuentra interna en calidad de procesada en el Establecimiento Peni- tenciario de Mujeres de Chorrillos. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 5391 RESOLUCION SUPREMA Nº 088-2000-JUS Lima, 12 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que doña Rosa Elena PAZOS JIMENEZ, viene cum- pliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que el caso de la citada interna de sesenta y siete (67) años de edad, de acuerdo a la documentación adjunta a su respectivo expediente de indulto, por su avanzada edad y sus condiciones personales, se adecua a los requerimientos de una decisión humanitaria; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º, inciso 21) de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones huma- nitarias, a doña Rosa Elena PAZOS JIMENEZ, que viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 5406 Conceden indulto a sentenciados de diversos establecimientos penitencia- rios del país RESOLUCION SUPREMA Nº 089-2000-JUS Lima, 12 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 21) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, es atribu- ción del Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONCEDER indulto a los siguientes SEN- TENCIADOS de los diferentes Establecimientos Peniten- ciarios de la República: