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Pág. 186894 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de mayo de 2000 Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85; Que, contando con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de aprobación de actas; ACORDO: Artículo Primero.- MANIFESTAR INSTITUCIO- NALMENTE su conformidad y aprobación al Proyecto de Ordenanza de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de la Cuenca Baja del Río Lurín elaborado y aprobado por la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- SOLICITAR al Alcalde Metropolitano de Lima, se sirva disponer que a la brevedad se apruebe por el Concejo Metropolitano de Lima el referido proyecto de Ordenanza, a fin que pueda convertirse en el instrumento normativo municipal orientador de las intervenciones Urbano-Rurales en la cuenca baja del río Lurín. Regístrese, publíquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 5601 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Establecen requisitos para acogerse al beneficio tributario de exoneración por concepto de arbitrios establecido mediante la Ordenanza Nº 005-MDR DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2000/MDR Rímac, 5 de mayo de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 005-MDR, Art. 13º, se ha establecido el beneficio Tributario de exoneración del 75% de la tarifa por concepto de arbitrios que regirá durante el ejercicio Fiscal 2000; Que, la precitada Ordenanza en su Cuarta Disposición Final faculta a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesa- rias para la adecuada aplicación de la presente Ordenan- za; Que, es necesario reglamentar dicha Ordenanza a fin de establecer los requisitos a ser presentados; Estando de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 109º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Los señores pensionistas que deseen acogerse al beneficio establecido en la Ordenanza Nº 005-MDR, deberán presentar a través de la Unidad de Trámite Documentario. 1. Solicitud-Declaración Jurada, en formato que será otorgado por la Municipalidad. 2. Adjuntar los siguientes documentos en fotocopia fedatizada: A. Resolución de exoneración Predial vigente. B. Resolución de exoneración de cese o Resolución del IPSS de otorgamiento de pensión (según el caso).C. Ultima boleta de pago de pensión. D. Recibo de pago cancelado correspondiente al 1er. Trimestre de Arbitrios del 2000. E. Declaración Jurada Predial (Autoavalúo 2000). F. Recibo de pago de Hoja de Ruta. Artículo Segundo.- Aprobar el formato de solicitud- Declaración Jurada, el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración Tributaria y Unidad de Trámite Documentario el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 5599 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan alcances de ordenanza que otorgó beneficio de regularización tributaria y administrativa en favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-00/SG-MDS Surquillo, 15 de mayo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de abril del 2000, faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 057/MDS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 057/MDS, se aprobó el Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo; Que, mediante Informe Nº 018-00/OR-MDS, de la Dirección de Rentas, de fecha 15 de mayo del año en curso, la Dirección de Rentas informa sobre las diversas solicitudes de los contribuyentes quienes manifiestan su voluntad de poder cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que solicita la prórroga del Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa hasta el 31 de mayo del 2000; Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar a los contribuyentes las mayores facilidades de pago, para lo cual propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 057/ MDS, sobre el Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa hasta el 31 de mayo del 2000; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de mayo los alcances de la Ordenanza Nº 057/MDS, sobre el Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa, para que los señores Contribuyentes puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a las Direcciones de Rentas, Adminis- tración e Informática, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 5597