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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2000 (26/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 187004 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de mayo de 2000 Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los ocho días del mes de mayo del dos mil. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 5885 ECONOMIA Y FINANZAS Rectifican la R.S. Nº 309-99-EF, en lo relativo a la denominación de institu- ción religiosa RESOLUCION SUPREMA Nº 143-2000-EF Lima, 25 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 309-99-EF de fecha 8 de julio de 1999, el Ministerio de Economía y Finanzas fue autorizado a efectuar donaciones a favor de la Fraternidad de la Divina Providencia y la Congregación "Hijas de María Inmaculada y Corre- dentora"; Que, de acuerdo a la escritura pública de constitución de la última institución nombrada en el considerando precedente, su denominación correcta es "Asociación Ins- tituto de Hijas de María Inmaculada y Corredentora", siendo por tanto necesario rectificar la citada Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar la Resolución Suprema Nº 309-99-EF en cuanto a la denominación de la Congre- gación "Hijas de María Inmaculada y Corredentora" por la de "Asociación Instituto de Hijas de María Inmaculada y Corredentora", quedando subsistente todo lo demás que contiene la citada Resolución Suprema. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 5886Autorizan viaje de funcionario de la SAFP para asistir a seminario sobre regulación y supervisión financiera, a realizarse en Bolivia RESOLUCION SUPREMA Nº 144-2000-EF Lima, 25 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 179-2000-EF/SAFP, la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones solicita se autorice el viaje del señor Sergio Espinosa Chiroque, Gerente de Asesoría Jurídica, del 13 al 17 de junio del año 2000, a la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, para asistir al Seminario Internacional "Regulación y Supervisión Financiera: Avances y Perspectivas en América Lati- na y el Caribe" que ha organizado en conjunto la Superintendencia de Recursos Jerárquicos, las Superintendencias Sectoriales del Sistema de Regula- ción Financiera y el Instituto de Gobernabilidad, de Bolivia; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos de pasajes y viáticos serán cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones co- rrespondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM y 037-91-PCM y en el numeral 1.5 de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Sergio Espi- nosa Chiroque, Gerente de Asesoría Jurídica de la Super- intendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, del 13 al 17 de junio del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superinten- dencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pen- siones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 484,98 Viáticos :US$ 800,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 5887 ENERGIA Y MINAS Otorgan autorización de generación de energía eléctrica térmica para consumo propio a Cementos Lima S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 216-2000-EM/VME Lima, 9 de mayo de 2000