Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (04/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 194664 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de noviembre de 2000 en América Latina, transporte urbano en América Latina, iniciativa para el aire limpio en América Latina, integra- ción de uso del suelo y transporte y las estrategias para mejorar la seguridad del tráfico en América Latina; asimis- mo se tratará el tema: transporte y pavimentación de vías en los pueblos jóvenes de Lima; Que, el Banco Mundial ha cursado invitación al ingenie- ro Luis Rosales Correa, Coordinador Técnico del Proyecto de Transporte Urbano para el Area Metropolitana de Lima y Callao (PROTUM) del Consejo de Transporte de Lima y Callao, para que participe en el Taller de Consulta en América Latina mencionado precedentemente, cubriendo los gastos que demande la asistencia del mencionado profesional; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Luis Rosales Correa, Coordinador Técnico del Proyecto de Trans- porte Urbano para el Area Metropolitana de Lima y Callao (PROTUM) del Consejo de Transporte de Lima y Callao, a la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 5 al 8 de noviembre del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12620 Otorgan a personas jurídicas y natural autorización y permiso de instalación y prueba para operar estaciones transmisoras del servicio de radiodi- fusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 360-2000-MTC/15.03 Lima, 28 de setiembre de 2000 VISTA, la solicitud formulada por la empresa FRE- CUENCIA LIDER E.I.R.LTDA., para que se le otorgue autorización y permiso de instalación y prueba para esta- blecer una estación transmisora del servicio de radiodifu- sión sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Mórrope, provincia y departamento de Lamba- yeque; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestación de servicios de radiodifusión privados de interés público se requiere autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, según lo establecido por los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, la autorización es la facultad, otorgada a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad otorgada a personas naturales o jurídicas para la instalación de equipos de radiocomunicación en un lugar determinado; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y sus modificatorias, y el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, establecen la información y documentación que se debe presentar para solicitar autorización para la prestación del servicio de radiodifusión privado de interés público; Que, mediante Informes Nºs. 175-98-MTC/15.19.03.2 y 308-99-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc-ción General de Telecomunicaciones, respectivamente, se- ñalan que la solicitud formulada por la empresa FRE- CUENCIA LIDER E.I.R.LTDA., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa FRECUENCIA LIDER E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación transmisora del servicio de radio- difusión sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Mórrope, provincia y departamento de Lamba- yeque, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-OM Frecuencia :1300 KHz Indicativo :OAU-1U Potencia :1.0 Kw Emisión :10A3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Caserío Tranca Falupe, distrito Mórrope, provin- cia y departamento Lam- bayeque. Coordenadas: L.O. 80° 00' 42" L.S. 06° 32' 10" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa FRECUENCIA LIDER E.I.R.LTDA., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar sin autorización previa de este Ministerio las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCÍA TORRES Viceministro de Comunicaciones 12614 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 361-2000-MTC/15.03 Lima, 28 de setiembre de 2000 VISTA, la solicitud formulada por CÉSAR POMPA SÁNCHEZ para que se le otorgue autorización y permiso de instalación y prueba para una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, para la prestación de servicios de radiodifusión privados de interés público se requiere autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, según lo establecido por los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, la autorización es la facultad, otorgada a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad otorgada a personas naturales o jurídicas para la instalación de equipos de radiocomunicación en un lugar determinado; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y sus modificatorias, y el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Transportes,