Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2000 (02/10/2000)


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Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 11174 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 230-2000-PE/DNE MORDAZA, 28 de setiembre del 2000

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 2 de octubre de 2000

Visto el expediente de registro Nº CE-00120002 con escrito del 4 de MORDAZA del 2000, presentado por los armadores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PUICAN, MORDAZA NUNTON MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PISFIL. CONSIDERANDO: Que mediante el escrito del visto, los recurrentes solicitan autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse "VIRGEN DE CHAPI III", de 99 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con espinel o palangre para la extraccion de los recursos hidrobiologicos perico o MORDAZA, mero, pez volador y tiburon, con redes de cerco de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud minima de abertura de malla para la extraccion de MORDAZA y bagre, redes de 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla para la extraccion de jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; Que lo solicitado guarda conformidad con la normativa vigente unicamente en el extremo referido a los recursos perico o MORDAZA, pez volador y tiburon utilizando espinel o palangre, no procediendo para los demas recursos y los correspondientes artes y aparejos de pesca, al estar restringido por normas expresas el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 2672000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso atun y especies afines aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE y modificatorias, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 780-97-PE y 222-99-PE, el procedimiento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a los armadores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PUICAN, MORDAZA NUNTON MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PISFIL, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse "VIRGEN DE CHAPI III", de 99 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con espinel o palangre para la extraccion de los recursos hidrobiologicos perico o MORDAZA, pez volador y tiburon, con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota en el extremo referido a la extraccion del recurso mero con espinel o palangre, MORDAZA y bagre con redes de cerco de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud minima de abertura de malla, y jurel y caballa con redes de cerco de 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, con destino al

consumo humano directo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La autorizacion otorgada por la presente Resolucion tendra vigencia por un unico plazo improrrogable de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su expedicion. Asimismo sera causal de caducidad construir o implementar la embarcacion pesquera excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas, artes y aparejos de pesca no adecuados para la extraccion de las pesquerias autorizadas. Articulo 4º.- Los armadores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PUICAN, MORDAZA NUNTON MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PISFIL, deberan cumplir con solicitar el permiso de pesca dentro el plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo de la autorizacion de incremento de flota, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la citada autorizacion. Articulo 5º.- Incorporar la presente autorizacion de incremento de flota al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 11175 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 231-2000-PE/DNE MORDAZA, 28 de setiembre del 2000 Visto el expediente de registro Nº CE-00051002 con escritos del 7 de febrero, 1, 20 y 22 de junio, y 20 de MORDAZA del 2000, presentado por los armadores MORDAZA ECA MORDAZA y MORDAZA ECA SANCHEZ. CONSIDERANDO: Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse "SAN ANTONIO", de 80 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con espinel o palangre, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos perico, mero, pez volador y tiburon con destino al consumo humano directo; Que lo solicitado guarda conformidad con la normativa vigente, excepto en el extremo referido al recurso mero, al estar restringido por MORDAZA expresa el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota para este recurso; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 2552000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso atun y especies afines aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE y modificatorias, el procedimiento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a los armadores MORDAZA ECA MORDAZA y MORDAZA ECA MORDAZA, autorizacion de

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