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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (06/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 193729 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de octubre de 2000 Convocan para el día domingo 26 de noviembre a consulta popular de revo- catoria del mandato de diversas auto- ridades municipales de la República RESOLUCION Nº 1263-2000-JNE Lima, 5 de octubre de 2000. VISTOS: Los oficios Nºs. 2109, 2119, 2143, 2144, 2145, 2146, 2147, 2148, 2156, 2158, 2155, 2199, 2202, 2203, 2204, 2205, 2206, 2207, 2209, 2211, 2222, 2246, 2247, 2248, 2249, 2305, 2306, 2316, 2328, 2331, 2333, 2318, 2332, 2299, 2298, 2297, 2307, 2300, 2301, 2319, 2330, 2342, 2337, 2340, 2320, 2321, 2339, 2329, 2304, 2303, 2302, 2308, 2336, 2362, 2354, 2343, 2346, 2347, 2352, 2356, 2360, 2344, 2361, 2345, 2357, 2355, 2364, 2349, 2353, 2348, 2358, 2365, 2366, 2363, 2350, 2351, 2359, 2341-2000-J/ONPE, remitidos por el Jefe de la Ofi- cina Nacional de Procesos Electorales, señor doctor José Portillo Campbell, recibidos entre el 14 y el 29 de setiembre del presente año, mediante los cuales informa que ha verificado el cumplimiento de los requisitos formales exi- gidos para la convocatoria a consulta popular de revocato- ria del mandato de autoridades municipales en diversas circunscripciones de la República, remitiendo al Jurado Nacional de Elecciones las solicitudes e información res- pectivas; CONSIDERANDO: Que la revocatoria del mandato municipal de alcaldes y de regidores es un derecho de control ciudadano consagrado en los Artículos 2º, numeral 17), y 31º de la Constitución Política; y, que se encuentra regulado en la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Nº 26300, como un proceso electoral de consulta popular; Que las solicitudes de convocatoria de revocatoria, remitidas por la Oficina Nacional de Procesos Electora- les, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6º de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciuda- danos Nº 26300, concordante con lo dispuesto en el Artí- culo 2º de la Ley Nº 26591, y que fueron presentadas ante dicha oficina electoral por los promotores que han cumpli- do con presentar las firmas válidas de no menos del 25% de los electores de la jurisdicción respectiva, así como acompañar los requisitos formales de admisibilidad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 4º y 21º de la Ley Nº 26300, son las solicitudes indicadas en el anexo Nº 01, que forma parte de la presente resolución; Que toda solicitud de convocatoria de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular y ser funda- mentada; que en relación con la iniciativa de revocatoria del mandato municipal de la alcaldesa Luz Marilú Goy- zueta Soto del concejo distrital de Chongos Alto, y del mandato municipal de los siguientes regidores: Teolin- da Hidalgo Díaz, del concejo distrital de Churuja; José Avelino Espinoza Goicochea, Juan Gualberto Arias Muñoz, Olga Dávila Martínez, Mauro Sopla Labajos y Ubaldo Rodríguez Calderón, del concejo distrital de Omia; Guillermo Máximo Barreto Rodríguez y Alejan- drina Cristina Durán Toledo del concejo distrital de Malvas; Herlinda Bazán Alvarado y Antonio Aponte Caballero del concejo distrital de San Marcos; Augusto Gómez Ángeles, Armando Gonzales Adrián, Rosa Villón Caballero, Mauricio Capa Bravo y Teudomino Rosas Cano, del concejo distrital de Pamparomas; Pedro Mar- cial Chala Pajuelo, Lucio Benigno Huamán Moreno, Antonio Diómenes Sáenz Leyva, Toribia Maurina Hue- za Coral y Rusbel Arturo Méndez Romero del concejo distrital de Santa Cruz; Eutemio Manzueto Tadeo Ro- bles, Víctor Robles Rojas, Eugenia Fausta Zarzosa Mena y Blandina Graciela De la Cruz de Vicencio del concejo distrital de Tapacocha; Guillermo Antonio Gutiérrez Cárdenas, Máximo Franco San Miguel, Jesús Freddy Jáuregui Torres, Jesús Edgar Ruiz Jáuregui y Víctor Raúl Benites Sarasi del concejo distrital de Marcabam- ba; Olga Julia Falcón Lava, Eleuterio Castro Carhuapu- ma y Teodoro Félix Navarrete Guardia del concejo dis- trital de Sara Sara; Simeón Quispe Tornero, SenónHuaroto Yauricasa, Mariano Díaz Conislla y Rosario Huaroto Yauricasa del concejo distrital de San Antonio de Cusicancha; Gladis Elizabeth Torres Granado del concejo distrital de Santo Domingo de Capilla; Eladio Huanca Inga, Jacinto Ricra Alejandro y Teófila Arán- guez Caqui del concejo distrital de Puños; Luis Luciano Medina Estrada, Eloy Zavala Espinoza, Estelita Melga- rejo Vega, Paula Rodríguez Atero y Walter Ángel Jara Reynaldo del concejo distrital de Cholón; Rubén Darío Chumbe Camarena, Juan Mercado Zambrano, Elva Guerra Cárdenas, Emilia Villegas Moreno, Próspero Soto Sánchez y Celso Vásquez Ferrer del concejo distri- tal de Huaripampa; Paulina Gómez de Pérez, Brígido Nolberto Ulloa Valle, Jorge Natividad Rojas Labrín, Leonides Zaida Cuba Benites y Luis Fernando Bernabé Osorio del distrito de Chao; Marcial Valdivia de la Cruz y María Chávez Sosa del concejo distrital de Guadalupi- to; Marcelino Rosado Sacravilca, Usbina Gonzales Nar- ciso, Víctor Zárate Suazo, Pedro Solano Salvatierra y Carlos Quispe Narciso del concejo distrital de Langa; Alexander Ramos Vilcayauri, Casimiro Rueda Antipor- ta, Margarito Romero Alberco, Irma Medina Alberco y Sebastián Alberco Ramírez del concejo distrital de San Andrés de Tupicocha; Elsa Iris Melgarejo Castro, Nilton Walter Ascencio Peña, Valerio Luciani Ascencio y Juan Paul Quispe Reyna del concejo distrital de Catahuasi; Juan Fernández Baltazar, Aníbal Tomás Pérez, Ernes- tina Santos Campuzano, Marcos Campuzano de la Cruz y Luis Ponce Martínez del concejo distrital de Huampa- ra; Lilia Olga Auris Huamán, Hugo Felipe Gutiérrez Guerra, Efraín Gutiérrez Huamán y Martín Aurelio Castillón Rojas del concejo distrital de Chocos; Juan José Gaviria Piña, Juana Lilia Guevara Ruiz, Víctor Augusto López Guedes, Roldán Ruiz Vergas y Milton Ramírez Torres del concejo distrital de Alto Nanay; Jean Jack García Espinoza, Pablo Shelamaos Vásquez, Gun- ter Valles Guerra, Ana Acho Tuanama y Béder Armando Bardález Ruiz del concejo distrital de Vargas Guerra; Francisco Quispe Cari, Segundino Quispe Calsín, Tere- za Quispe Calsín, Mario Yanarico Pacompia y Jesús Eduardo Huatta Machaca del concejo distrital de Aman- tani; Eulalia Izquierdo Aliaga y Edelmira Moreno Grán- dez del concejo distrital de Pachiza; y, Modesto Limache Cárdenas, Guillermo Cuenta Mamani, Lucina Emerita Ticona Mamani, Cirilo Mamani Mamani y Aníbal Ticona Cárdenas del concejo distrital de Sitajara, no se ha señalado fundamento para la revocación de sus manda- tos, por lo que no procede el pedido de revocatoria del mandato de sus cargos; Que mediante Resolución Nº 539-2000-JNE de fecha 18 de abril del 2000, se convocó al señor Víctor Manuel Silva Chero para que asuma el cargo de alcalde del concejo distrital de Chao, provincia de Virú, departamen- to de La Libertad, y estando a que no procede la revoca- toria durante el primer y último año de mandato de conformidad con lo establecido en el Artículo 21º de la Ley Nº 26300, no es procedente someter a consulta popular el pedido de revocatoria de dicha autoridad; y, que mediante Resolución Nº 1210-2000-JNE de fecha 24 de agosto del 2000, se convocó a la señora Flora Lucana Guevara para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, en reemplazo del regidor vacado señor Hermenegildo Justino López Ccallata, de quienes se ha solicitado la revocatoria de sus mandatos, carece de objeto convocar a consulta popular de revocatoria del regidor vacado y, a su vez, no es procedente someter a consulta popular el pedido de revocatoria del mandato municipal de la regidora Flora Lucana Guevera por lo establecido en el Artículo 21º de la ley antes citada; Que mediante Resolución Nº 609-2000-JNE de fecha 2 de mayo del 2000, se declaró la vacancia del cargo de alcalde del señor Francisco Edilberto Galarza Veliz en el concejo distrital de Huaripampa, provincia de Jauja, de- partamento de Junín, de quien se ha solicitado la revoca- toria de su mandato; y, que mediante Resolución Nº 1258- 2000-JNE de fecha 28 de setiembre del 2000, se convocó al señor Juan José Gaviria Piña para que asuma el cargo de alcalde del concejo distrital de Alto Nanay, provincia de Maynas, departamento de Loreto, en reemplazo de la alcaldesa vacada señora Yolanda Ferreyra Tuesta de Valencia, de quien se ha solicitado, a su vez, la revocatoria de su mandato, carece de objeto convocar a consulta popu-