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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (19/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 194150 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de octubre de 2000 Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolu- ción SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Félix Roberto Ramírez Moreno con el Nº N-3493 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11981 RESOLUCIÓN SBS Nº 723-2000 Lima, 5 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor César Francisco Oliver Valenzuela para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolu- ción SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor César Francisco Oliver Valenzuela con el Nº N-3462 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11984 Autorizan a MIBANCO la apertura de agencia en la provincia de Chiclayo RESOLUCION SBS Nº 747-2000 Lima, 12 de octubre del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la empresa MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. - MIBANCO, para que se leautorice la apertura de una Agencia en: la calle San José Nº 755 del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambaye- que; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "E", mediante Informe Nº ASIF "E" -151-OT/2000 del 2000.10.12; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y de acuerdo con la Circular SBS Nº B-1996-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. - MIBANCO, la apertura de la Agencia ubicada en: la calle San José Nº 755 del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 11986 UNIVERSIDADES Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Univer- sidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 0290-R-2000 Huancayo, 22 de junio del 2000 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto el Oficio Nº 021-2000-DUOGPLAN del 16 de junio del 2000, elevado por la Oficina General de Planificación, mediante el cual solicita la aprobación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional del Centro del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 7034-97-CU se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universi- dad Nacional del Centro del Perú; Que, la Universidad Nacional del Centro del Perú ha modifi- cado las tasas educacionales académicas y administrativas según Resolución Nº 756-99-CU de fecha 13 de enero de 1999; Que, según el Artículo 22º del D. Leg. Nº 757 se establece que los TUPA deben ser aprobados en el Diario Oficial antes del 30 de junio; Que, de conformidad al inciso b) del Artículo 4º de la Ley Universitaria Nº 23733, la Universidad goza de autonomía para organizar su sistema académico, económico y administrativo; y, Estando a las atribuciones conferidas en los dispositivos legales vigentes; RESUELVE: 1º.- APROBAR el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional del Centro del Perú, de acuerdo a los Anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución. 2º.- DISPONER la publicación en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone la legislación correspondiente. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Vicerrectorado Administrativo a través de las Oficinas Genera- les, Oficinas y Unidades correspondientes. Regístrese y comuníquese. ESAU T. CARO MEZA Rector FERNANDO CHAHUD GUTIERREZ Secretario General