NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (06/09/2000)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 21
Pág. 192599 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de setiembre de 2000 RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que el ciudadano Timoteo Alejandro Osorio Pajuelo se encuentra suspendido en el cargo de regidor del concejo distrital de Ataquero, provincia de Carhuaz, departamento de Ancash, a resultas del proceso penal que se sigue en su contra ante el Juzgado Mixto de Carhuaz por la comisión de los delitos de peculado, malversación de fondos y falsificación genérica e ideológica, en agravio de la Municipali- dad Distrital de Ataquero y el Estado. Artículo Segundo .- Convocar provisionalmente a don Víctor Mendoza Ruiz, candidato no proclamado de la agrupa- ción política "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de regidor del concejo distrital de Ataquero, conforme a ley, mientras subsista la suspensión del cargo de don Timoteo Alejandro Osorio Pajuelo. Artículo Tercero .- Otorgar la correspondiente credencial a don Víctor Mendoza Ruiz. Artículo Cuarto .- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 10150 Convocan a candidatos no proclama- dos para que asuman cargos de regi- dores del Concejo Distrital de San Cris- tóbal de Rajan RESOLUCION Nº 1222-2000-JNE Lima, 5 de setiembre de 2000 VISTOS: El escrito recibido el 27 de abril del 2000 y el Oficio Nº 027- MDSCR-2000, recibido el 21 de julio del mismo año, suscritos por el señor Porfirio Justino Martel alcalde del concejo distrital de San Cristóbal de Rajan, provincia de Ocros, departamento de Ancash, sobre declaratoria de vacancia de los señores Adrián Mercedes Fabián y Américo Crisóstomo Marcelino Murillo, solicitando se convoque a los candidatos respectivos en su reemplazo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es atribución de los concejos municipales declarar la vacancia del cargo de alcalde y de regidor, por las causales previstas en los Artículos 23º, 26º, 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Artículo 27º de la acotada; Que, de fojas 4 y 5 se acredita, con la copia autenticada del acta de la sesión de fecha 30 de marzo del 2000, que el concejo distrital de San Cristóbal de Rajan, en acuerdo suscrito por la mayoría legal de sus miembros, ratificado por Resolución de Alcaldía Nº 002-2000, de fecha 3 de abril del 2000, de fojas 6 y 7, ha declarado la vacancia de los cargos de regidores de los señores Adrián Mercedes Fabián, por fallecimiento y Américo Crisóstomo Marcelino Murillo, por cambio de domicilio a otra jurisdicción; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 61º del Código Civil, la muerte pone fin a la persona y según lo establecido en el inciso 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, vaca el cargo de alcalde o el de regidor por cambio de domicilio fuera de la jurisdicción; Que, con los certificados de defunción de fojas 2 y 62, expedidos por el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Cristóbal de Rajan, se ha acreditado que el señor Adrián Mercedes Fabián, ha fallecido en el referido distrito, el 3 de marzo del año 2000; Que, en cuanto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Américo Crisóstomo Marcelino Murillo, con las constancias de fojas 3 y 61, expedidas por el teniente gobernador del distrito de San Cristóbal de Rajan y la constan- cia de fojas 58, suscrita por el señor César Ramírez Espinoza, gobernador del mismo distrito, se ha acreditado fehaciente- mente, que el mencionado regidor ha cambiado domicilio fuera de su jurisdicción;Que, la Resolución de Alcaldía Nº 002-2000, de fecha 3 de abril del 2000, notificada el 20 de mayo del mismo año, ha quedado consentida según es de verse de fojas 59 a 60, al haberse vencido el día 31 de mayo del presente año, el plazo para interponer en su contra el recurso de revisión, previsto en el segundo párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, conforme lo establece el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia de un regidor, lo reemplaza el suplente de la lista respectiva; y revisadas las listas de candidatos de 1998 al concejo distrital de San Cristóbal de Rajan, remitidas por el Jurado Electoral Especial de Ocros, corresponde asumir el cargo de regidora, a doña Timotea Raynalda Santos Mariano, candidata postulada por la lista independiente "Unión Campe- sino Agropecuario"; y al señor Donayre Romero Flores Anasta- sio, de la lista "Por el Cambio de Ocros 98"; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribu- ciones conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, el Pleno del Jurado Nacional del Elecciones: RESUELVE: Artículo Primero. - Convocar a doña Timotea Raynalda Santos Mariano, para que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de San Cristóbal de Rajan, en reemplazo del cargo del señor Adrián Mercedes Fabián, vacado por falleci- miento. Artículo Segundo.- Convocar al señor Donayre Romero Flores Anastacio, para que asuma el cargo de regidor en el concejo distrital de San Cristóbal de Rajan, en reemplazo del cargo del señor Américo Crisóstomo Marcelino Murillo, vacado al amparo de lo previsto en el inciso 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Tercero.- Otorgar las credenciales correspon- dientes a los regidores convocados, quienes deberán jurar y asumir los cargos mencionados, para completar el período municipal 1999 a 2002. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 10149 Disponen que alcalde y regidora del Concejo Provincial de Huarochirí reasuman el ejercicio de sus funciones RESOLUCION Nº 1224-2000-JNE Lima, 5 de setiembre de 2000 VISTOS: Los escritos recibidos el 9 y 25 de agosto del 2000, remitida por Víctor Raúl Palomino Chinchay, solicitando se disponga su reincorporación en el cargo de alcalde del concejo provincial de Huarochirí, departamento de Lima, alegando que por sentencia expedida por Primera Sala Penal de la Corte Superior de Lima ha sido absuelto de la acusación del Ministerio Público del proceso penal seguido en su contra, siendo confirmada la misma por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República; El Oficio Nº 263-2000-FPMH-MP-FN, recibido el 11 de agosto del 2000, del fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de Huarochirí, consultando si el alcalde suspendido Víctor Raúl Palomino Chinchay, para poder reasumir sus funciones requie- re pronunciamiento de este supremo órgano electoral; El escrito recibido el 14 de agosto del 2000, remitido por Arturo César Eusebio Padilla, solicitando la reincorporación de Víctor Raúl Palomino Chinchay en el cargo de alcalde del concejo provincial de Huarochirí; además, acompaña memorial suscrito por diversos ciudadanos; Los escritos recibidos el 16 y 25 de agosto del 2000, remitidos por Clara Guillén Tizza, alcaldesa provisional del concejo provincial de Huarochirí, solicitando se declare improcedente el pedido de Víctor Raúl Palomino Chinchay para su reincorpo- ración en el cargo de alcalde del citado concejo; alegando que actualmente se le sigue proceso penal por ante la Segunda Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del