Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2000 (10/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de setiembre de 2000

nario asociado de Pre y Post Grado, en la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y desde mil novecientos noventiocho, como Profesor de Derecho Penal y Procesal Penal en la Escuela de Post Grado de la Universidad MORDAZA MORDAZA, contando ademas con el grado de Magister en Ciencias Penales y estudios completos de Doctorado, ambos en la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y mas de veinte anos en ejercicio de la Abogacia; Asimismo, en el ano mil novecientos noventidos fue nombrado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Vocal Superior Suplente y posteriormente ejercio el cargo de Gerente Tecnico del Instituto de Investigaciones del Ministerio Publico; Por otro lado, durante todo el mes de agosto del ano en curso ha reemplazado por vacaciones al Vocal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contando con un informe favorable sobre su labor por parte de la Primera Sala Penal encargada de reos libres; Por ello, esta Presidencia propuso esta designacion al Pleno de Vocales Superiores de este Distrito Judicial, que mostro su conformidad; Por estos fundamentos y en uso de las atribuciones conferidas por las Resoluciones Administrativas numeros setenticuatro -CME-PJ y ciento noventisiete - noventiseis SE-TP-CME-PJ, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- DESIGNAR, a partir del seis de setiembre del ano en curso, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Suplente de la MORDAZA Sala Penal (Reos en Carcel). Segundo.- Poner en conocimiento la presente resolucion a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Secretaria Ejecutiva de la misma, Supervision de Personal, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital y Oficina de Imagen. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 10345

cion de Aspirantes tiene por objeto formar aspirantes a la magistratura orientados a la resolucion de conflictos sociales, competentes profesionalmente, capacitados en metodos y tecnicas de interpretacion juridica, sensibilizados respecto a la importancia y valor del desempeno independiente de su funcion, capaces de evaluar el impacto socioeconomico de sus decisiones, probos y eficientes en el cumplimiento de su funcion especializada como jueces o fiscales; Que, a la fecha el Programa de Formacion de Aspirantes se encuentra desarrollando el Tercer Curso descentralizado en las cuatro Sedes Desconcentradas de la Academia, y esta proximo a culminar el Primer y MORDAZA Curso del PROFA; Que, conforme al Plan Estrategico Institucional es necesario implementar, desarrollar y ejecutar en el corto plazo la Cuarta Convocatoria al curso del Programa de Formacion de Aspirantes a desarrollarse en forma descentralizada a escala nacional; Que, de conformidad con el Articulo 11º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, la admision en los cursos de formacion academica de los aspirantes a cargos del Poder Judicial o del Ministerio Publico se efectua mediante concurso publico de meritos que comprende la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos de los postulantes, asi como los calificativos que ellos obtienen en las pruebas de conocimiento que rindan ante la Academia; Que, el Concurso Publico debera consistir en un examen escrito que evalue los conocimientos academicos de los postulantes, asi como una entrevista personal que consolide la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos de los postulantes; Que, para los efectos de los considerandos precedentes es necesario establecer mediante Convocatoria Publica los requisitos para postular al curso, los documentos que deben presentar los interesados, los locales, fechas y horarios de inscripcion en las Sedes correspondientes, ademas de las disposiciones referidas al MORDAZA de Evaluacion; De conformidad con la Ley Nº 26335, Ley Organica de la Academia de la Magistratura, el Estatuto de la Academia de la Magistratura aprobado por Resolucion Nº 01-94/AMAGCD, Resolucion Administrativa del Titular de Pliego del Poder Judicial Nº 250-SE-TP-CME-PJ, el Reglamento del Programa de Formacion de Aspirantes aprobado por Resolucion Nº 014-99-CRG-AMAG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar al Concurso Publico de Meritos para el MORDAZA Curso del Programa de Formacion de Aspirantes a magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico en los cargos de Jueces de Paz Letrados, Jueces Especializados o Mixtos, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales de todos los distritos judiciales de la Republica; que se regulara por lo dispuesto en los terminos y condiciones de la Cuarta Convocatoria senalados en el Anexo a la presente Resolucion, que forma parte integrante de la misma, cuya publicacion se efectuara en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA YEPEZ MORDAZA Director General ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Programa de Formacion de Aspirantes CUARTA CONVOCATORIA Examen de Admision para los Cursos de Formacion de Aspirantes a los cargos de Jueces de Paz Letrados, Jueces Especializados o Mixtos, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales DESTINATARIOS Se convoca a los interesados en participar en los Cursos de Formacion de Aspirantes de la Academia de la Magistratura, que desean postular ante el Consejo Nacional de la Magistratura, para los siguientes cargos: 1. Jueces de Paz Letrados 2. Jueces Especializados (en lo civil, penal, laboral y de familia), o Mixtos 3. Fiscales Provinciales 4. Fiscales Adjuntos Provinciales

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Convocan a Concurso Publico de Meritos para el MORDAZA Curso del Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 113-2000-AMAG/DG MORDAZA MORDAZA, 8 de setiembre del 2000 VISTA: La propuesta de la Direccion Academica de la Academia de la Magistratura, respecto a la Cuarta Convocatoria al Concurso Publico de Meritos del Programa de Formacion de Aspirantes a la Magistratura; CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 151º de la Constitucion Politica del Peru, la Academia de la Magistratura se encarga de la formacion y capacitacion de jueces y fiscales en todos sus niveles, para los efectos de su seleccion; Que, para el cumplimiento de dicha funcion, la Academia de la Magistratura lleva a cabo, entre otros, el Programa de Formacion de Aspirantes mediante cursos que tienen por objeto formar a quienes pretenden postular a cargos vacantes de jueces y fiscales, atendiendo a los requerimientos del Poder Judicial y del Ministerio Publico, formacion que se orienta, de acuerdo a nuestro ordenamiento juridico, a brindar al Consejo Nacional de la Magistratura candidatos academicamente idoneos para ocupar los respectivos cargos; Que, el Articulo 2º del Reglamento del Programa de Formacion de Aspirantes, aprobado mediante Resolucion Nº 014-99-CRG-AMAG establece que el Programa de Forma-

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