Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2000 (10/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 10 de setiembre de 2000
REQUISITOS

NORMAS LEGALES

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I. Requisitos generales para los cargos de Jueces (Articulo 177º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial). 1. Ser peruano de nacimiento. 2. Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles. 3. Tener titulo de abogado expedido o revalidado conforme a ley. 4. Tener conducta intachable. 5. No ser ciego, sordomudo, ni adolecer de enfermedad mental o incapacidad fisica permanente, que le impida ejercer el cargo con la diligencia necesaria. 6. No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso comun. 7. No encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta. 8. No haber sido destituido de la MORDAZA Judicial o del Ministerio Publico o de la Administracion Publica o de empresas estatales, por medida disciplinaria, ni de la actividad privada, por causa o falta grave laboral. 9. No tener incompatibilidad por razon de parentesco, de conformidad con el Articulo 198º de la Ley Organica del Poder Judicial. 10. No estar incurso en alguna incompatibilidad establecida por la Ley. II. Requisitos especiales para el cargo de Juez de Paz Letrado (Articulo 182º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial). 1. Ser mayor de 25 anos. 2. Haberse desempenado como Secretario o Relator de Sala por mas de 2 anos o Secretario de Juzgado por mas de 4 anos; o haber ejercido la abogacia o desempenado docencia universitaria en materia juridica por mas de 4 anos. 3. No estar incurso en alguna incompatibilidad establecida por la Ley. III. Requisitos especiales para el cargo de Juez Especializado o Mixto (Articulo 180º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial). 1. Ser mayor de 28 anos. 2. Haberse desempenado como Juez de Paz Letrado durante mas de 2 anos o como Secretario o Relator de Sala o Fiscal Provincial Adjunto por mas de 3 anos, o haber ejercido la abogacia o desempenado docencia universitaria en materia juridica por mas de 5 anos. 3. No estar incurso en alguna incompatibilidad establecida por la Ley. IV. Requisitos generales y especiales para el cargo de Fiscal Provincial (Articulo 41º de la Ley Organica del Ministerio Publico). 1. Ser peruano de nacimiento. 2. Ser ciudadano en ejercicio y gozar de conducta intachable. 3. Tener no menos de 28 anos. 4. Haber sido Adjunto al Fiscal Provincial, o Juez de Paz Letrado, Relator o Secretario de la corte durante 4 anos; o haber sido abogado en ejercicio o desempenado catedra universitaria en disciplina juridica por no menos de 5 anos. 5. No tener incompatibilidad por razon de parentesco, de conformidad con el Articulo 47º de la Ley Organica del Ministerio Publico. 6. No tener ninguna de las otras incompatibilidades establecidas por la Ley. Los Fiscales Adjuntos deben reunir los mismos requisitos exigidos a los Fiscales Provinciales (Articulo 1º de la Ley Nº 26767). DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA INSCRIPCION Anexo 1: MORDAZA legalizada de la Libreta Electoral o Documento Nacional de Identidad en hoja A-4, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o con la dispensa respectiva. Anexo 2: MORDAZA certificada por la respectiva universidad del Titulo de Abogado. Anexo 3: Certificados originales de las calificaciones de estudios universitarios. Anexo 4: MORDAZA del numero y fecha de colegiatura, expedida por el Colegio de Abogados al que pertenece. Si el postulante es Magistrado del Poder Judicial o del Ministerio

Publico, al momento de la inscripcion bastara con presentar MORDAZA legalizada notarialmente del diploma de colegiatura. Anexo 5: Cuatro fotografias tamano carne en MORDAZA y negro con nombre completo en el reverso. Anexo 6: Recibo de cancelacion del derecho academico de inscripcion y examen de admision, por la suma de Cien Nuevos Soles (S/. 100.00), que deberan ser abonados en la Cuenta Corriente en Soles Nº 100-0008415520 del Banco Interbank, a nombre de "Academia de la Magistratura". Este monto no sera reembolsable. Anexo 7: Curriculum vitae no documentado. Segun el caso correspondiente: Anexo 8: MORDAZA expedida por la(s) universidad(es) cual(es) se ha ejercido docencia en Materia Juridica, de conformidad a los Articulos 180º y 182º de la Ley Organica del Poder Judicial; y Articulo 41º de la Ley Organica del Ministerio Publico. Anexo 9: Para quienes laboran en el Poder Judicial o el Ministerio Publico, la MORDAZA que acredite su desempeno como Secretario, Relator de Sala, Adjunto al Fiscal Provincial, etc.; segun corresponda el cargo al cual postula. El postulante debera presentar cada uno de estos documentos, escribiendo en la parte superior derecha el anexo correspondiente. Todos los documentos deben estar ordenados y sujetados en una carpeta tamano A-4, segun el detalle descrito. FORMATOS DE LA ACADEMIA Todos los postulantes estan obligados a completar los datos especificados en los formatos especiales elaborados por la Academia, para recabar informacion relativa a sus antecedentes profesionales e incompatibilidades legales para el cargo al cual postula. Estos formatos pueden recabarse en las Oficinas de Inscripcion indicadas mas adelante. Dichos formatos deben ser entregados el dia de la inscripcion con los anexos completos. En ese mismo acto, se entregara una Credencial que servira al postulante para identificarse en el examen de admision y para recoger sus documentos respectivos. Los formatos son los siguientes: Formato 1 ­ AMAG-PROFA: Solicitud de Admision Formato 2 ­ AMAG-PROFA: Antecedentes Profesionales Formato 3 ­ AMAG-PROFA: Declaracion Jurada Nota importante sobre la documentacion entregada por el postulante El postulante debera presentar el expediente completo con los requisitos exigidos por la presente Convocatoria. Recibido el expediente no se admitira subsanacion alguna, excepto tratandose de los certificados de calificaciones de estudios universitarios: al respecto, en caso de surgir dificultades para conseguirlos oportunamente, podra admitirse la inscripcion de los interesados que entreguen una fotocopia de la MORDAZA de tramite. Quienes resulten aprobados en el examen de admision, deberan presentar obligatoriamente dichos documentos al momento de la matricula. El postulante que proporcione informacion falsa o adultere la documentacion solicitada, sera descalificado automaticamente en cualquier estado del MORDAZA de admision o del curso, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Asi mismo, la Academia se reserva el derecho de solicitar al postulante las comprobaciones fehacientes de las afirmaciones contenidas en la documentacion presentada. MORDAZA DE ADMISION De conformidad con el Articulo 11º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, la admision en los cursos de formacion academica de los aspirantes a cargos del Poder Judicial o del Ministerio Publico se efectua mediante concurso publico de meritos que comprende la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos de los postulantes, asi como los calificativos que ellos obtienen en las pruebas de conocimiento que rindan ante la Academia. El examen de admision consiste en una prueba con opciones multiples que es tomada en un solo acto. Este examen evaluara el razonamiento logico y verbal, asi como el razonamiento juridico en materias de derecho constitucional, civil, procesal civil, penal y procesal penal. Los postulantes podran utilizar para el desarrollo del examen la Constitucion Politica y los Codigos respectivos. Los resultados del concurso de admision son inimpugnables.

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