NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (13/09/2000)
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TEXTO PAGINA: 13
Pág. 192875 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de setiembre de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 10523 Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra ex funcionarios y ex servidores de la Unidad Operativa PRONAA de Trujillo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 230-2000-PROMUDEH Lima, 12 de setiembre de 2000 Vistos el Oficio Nº 262-2000-PRONAA-P de fecha 21 de julio del 2000, del Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Legal Nº 001-2000-MBR- COM.AUD/PRONAA, del Organo de Auditoría Interna del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, se ha determinado la presunta responsabilidad civil en que habrían incurrido ex funcionarios y ex servidores de la Unidad Operativa PRONAA de Trujillo, al haber duplicado el pago por la adquisición de arroz a presuntos productores agrarios; Que, de los hechos descritos en el referido Informe, se evidencian indicios razonables de la existencia de responsa- bilidad civil por parte de los señores Segundo Jorge Villalobos Chávez, ex Administrador; José Elito Gutiérrez Leiva, ex Tesorero y Elizabeth Veneros Terrones, Encargada de Abas- tecimiento y Patrimonio de la Unidad Operativa PRONAA de Trujillo, al haber incurrido en culpa inexcusable inobservan- do las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos, por su directa participación en el pago indebido de la Orden de Compra Nº 000682-99 de fecha 25 de junio de 1999 emitida por la adquisición de 20 TM de arroz, producto que ya había sido cancelado según consta del Comprobante de Pago Nº 990811 de fecha 21 de junio de 1999 sustentado en la Orden de Compra Nº 000247-99 y la Nota de Entrada a Almacén Nº 002- 000122, provocando con ello un perjuicio económico a la Institución ascendente a la cantidad de S/. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que asimismo existiría responsabilidad civil respecto del señor Raúl Rodríguez Berna, proveedor contratado por locación de servicios para prestar su asistencia técnica en el Almacén de PRONAA Pacasmayo, al haber procedido de manera diligente en la emisión y suscripción de los docu- mentos sustentatorios del pago indebido, incumpliendo así el Numeral 3.2 de la Cláusula Tercera del contrato suscrito con el PRONAA; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procura- dora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio modifica- do por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, iniciee impulse las acciones judiciales que correspondan contra Segundo Jorge Villalobos Chávez, ex Administrador; José Elito Gutiérrez Leiva, ex Tesorero y Elizabeth Veneros Terrones, Encargada de Abastecimiento y Patrimonio de la Unidad Operativa PRONAA de Trujillo y Raúl Rodríguez Berna; por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 10483 M T C Autorizan viaje de profesional de la AATE a la República Argentina para participar en curso sobre moderniza- ción y electrificación ferroviaria RESOLUCION MINISTERIAL Nº 357-2000-MTC/15.02 Lima, 8 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, según los términos del Oficio Nº 237-2000-AATE/ PE del Presidente Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, el Centro Nacional de Capacita- ción Ferroviaria de la República Argentina (CENACAF) conjuntamente con la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), han organizado el Octavo Curso de Capacitación Regional sobre Modernización y Electrifica- ción Ferroviaria que se realizará en la ciudad de Temperley, Buenos Aires, durante los días 10 de setiembre al 7 de octubre del año 2000; Que, el Octavo Curso de Capacitación Regional sobre Modernización y Electrificación Ferroviaria está destinado a promover los conocimientos necesarios para la moderniza- ción de ferrocarriles a través de métodos y técnicas relacio- nadas con la planificación, operación y mantenimiento de los servicios de transporte de carga y pasajeros; Que, el Centro Nacional de Capacitación Ferroviaria de la República Argentina (CENACAF) ha otorgado al ingeniero Elías Toribio Quispe de la Cruz, Operario Jefe de Subestación Eléctrica de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masi- vo de Lima y Callao - AATE, una beca para que participe en el Octavo Curso de Capacitación antes citado, hacién- dose cargo de los gastos que origine la participación del mencionado profesional; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Elías Toribio Quispe de la Cruz, Operario Jefe de Subestación Eléctrica de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, a la ciudad de Temperley, Buenos Aires, República Argentina, del 10 de setiembre al 7 de octubre del año 2000, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 10420