NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (13/09/2000)
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Pág. 192884 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de setiembre de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de LAYNAS, comprensión del distrito de LA MATANZA, provincia de MORROPON, departamento de PIURA, de las funciones registrales señala- das en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad de Centro Poblado Menor de LAYNAS, queda encargado de las acciones adminis- trativas que correspondan para llevar adelante la delega- ción funcional dispuesta, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10435 RESOLUCION JEFATURAL Nº 534-2000-JEF-RENIEC Lima, 6 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 536-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 18 de agosto de 2000, y la Solicitud de fecha 3/3/2000 del Alcalde del Centro Poblado Menor de Saytococha, distrito de Santiago de Pupu- ja, provincia de Azángaro, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo autónomo, creado por la Constitución Política del Estado, con la función de organizar y mantener el Registro Unico de Identificación de las Personas Natura- les e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la norma citada dispone que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funcio- nes inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Saytococha, reúne los requisitos exigidos para autorizar la delegación de funciones registra- les establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación, en vía de regula- rización a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Saytoco- cha, comprensión del distrito de Santiago de Pupuja, provin- cia Azángaro, departamento de Puno, de las funciones registrales señaladas en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Saytococha, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta por la presente Resolución, ceñida a la normatividad registral vigente y bajo la supervi- sión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 10436COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Dan por concluido destaque de magis- trado a la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Cajamarca RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 642-2000-MP-CEMP Lima, 12 de setiembre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 1252-2000-MP-FSEGG-DJ-CAJAMARCA cursado por la doctora Esperanza León Deza de Malca, Fiscal Superior Encargada de la Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de Cajamarca; y, por razones de servicio, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público adopta por una- nimidad el Acuerdo Nº 7094 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el destaque del doctor Marco Antonio Santa Cruz Urbina, Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Cajamarca, como apoyo exclusivo al Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Cajamarca, materia de la parte pertinente del Artículo Primero de la Resolución Nº 414-2000-MP-CEMP, de 23 de junio del 2000; debiendo reincorporarse a su Fiscalía de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordi- nación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magis- tratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presi- dente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Fiscal Superior Encargada de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Cajamarca; Encargado de la Oficina de Registro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, y del Fiscal mencionado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 10503 Encargan a magistrada el despacho de la Trigésima Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal Transitoria Especializada RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 643-2000-MP-CEMP Lima, 12 de setiembre del 2000