Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2000 (13/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 13 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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lante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 10428 RESOLUCION JEFATURAL Nº 527-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 6 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 544-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de agosto de 2000, el Oficio Nº 72-2000-MDJ/A de fecha 14/4/2000 de la Municipalidad Distrital de Jangas, en MORDAZA del Centro Poblado Menor de MATAQUITA, distrito de JANGAS, provincia de MORDAZA, departamento de ANCASH; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto, la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MATAQUITA, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MATAQUITA, comprension del distrito de JANGAS, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MATAQUITA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 10429 RESOLUCION JEFATURAL Nº 528-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 6 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 545-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de agosto del 2000 y Oficio Nº 007-MCPT-2000 de fecha 5/6/2000 del Centro Poblado Menor de TANCA TANCA, distrito de ZEPITA, provincia de CHUCUITO, departamento de PUNO;

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de TANCA TANCA, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de TANCA TANCA, comprension del distrito de ZEPITA, provincia de CHUCUITO, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de TANCA TANCA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 10430 RESOLUCION JEFATURAL Nº 529-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 6 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 546-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de agosto de 2000, y el Oficio Nº 0013-00-CPM-JAHUA de fecha 6/6/2000 del Centro Poblado Menor de JAHUA, distrito de JANGAS, provincia de MORDAZA, departamento de ANCASH; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de JAHUA, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil;

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