Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2000 (28/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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DICE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de setiembre de 2000
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 363-2000-EM/VME

"Articulo 1º.(...) Articulo 36º.(...) 5.- Formular y publicar los MORDAZA de meritos el MORDAZA dia util del mes de noviembre. ..." DEBE DECIR: "Articulo 1º.(...) Articulo 36º.(...) 5.- Formular y publicar los MORDAZA de meritos el MORDAZA dia util del mes de diciembre. ..." 11051

MORDAZA, 8 de setiembre de 2000 VISTO: el Expediente Nº 21082898 organizado por la concesionaria ELECTRONORTE S.A., solicitando la imposicion de la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 22,9 kV C.H. Chiriconga - Chancay Banos - MORDAZA MORDAZA, ubicada en los distritos de Chancay Banos y MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONORTE S.A., concesionaria de la Linea de Transmision Electrica 22,9 kV C.H. Chiriconga - Chancay Banos - MORDAZA MORDAZA, en merito de la Resolucion Suprema Nº 025-98-EM de fecha 23 de marzo de 1998, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 22,9 kV C.H. Chiriconga - Chancay Banos - MORDAZA Cruz; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 156-2000-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 22,9 kV C.H. Chiriconga - Chancay Banos - MORDAZA MORDAZA, ubicada en los distritos de Chancay Banos y MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, a favor de ELECTRONORTE S.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. 21082898 Inicio y Llegada de la Linea Electrica C.H. Chiriconga - Chancay Banos - MORDAZA MORDAZA Nivel de Tension (kV) 22,9 Nº de Ternas 01 Longitud (Km.) 15,56 Ancho de la Faja (m) 11

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de electroducto a favor de Electronorte S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 362-2000-EM/VME MORDAZA, 8 de setiembre de 2000 VISTO: el Expediente Nº 21081798 organizado por la concesionaria ELECTRONORTE S.A., solicitando la imposicion de la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 22,9 kV Bagua Chica - El MORDAZA, ubicada en el distrito de Bagua Chica, provincia de Bagua, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONORTE S.A., concesionaria de la Linea de Transmision Electrica 22,9 kV Bagua Chica - El MORDAZA, en merito de la Resolucion Suprema Nº 022-98-EM de fecha 18 de marzo de 1998, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 22,9 kV Bagua Chica - El Milagro; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 154-2000-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la servidumbre de electroducto de la linea de transmision electrica 22,9 kV Bagua Chica - El MORDAZA, ubicada en el distrito de Bagua Chica, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, a favor de ELECTRONORTE S.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica 21081798 Bagua Chica - El MORDAZA Nivel de Tension (kV) 22,9 Nº de Ternas 01 Longitud (Km.) 2,88 Ancho de la Faja (m) 11

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- ELECTRONORTE S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTRONORTE S.A. debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 10494

JUSTICIA
Designan Vicepresidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE
RESOLUCION SUPREMA Nº 201-2000-JUS MORDAZA, 27 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Vicepresidente del Consejo Nacional Penitenciario, nivel remunerativo F-5, del Instituto Nacional Penitenciario, organismo descentralizado del Sector Justicia; Que a fin de garantizar la continuidad del servicio, es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por el Decreto Legislativo Nº 595 y los Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993;

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- ELECTRONORTE S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTRONORTE S.A. debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 10496

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