Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2000 (28/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de setiembre de 2000

Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11081

Declaran que MORDAZA del Concejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 1254-2000-JNE MORDAZA, 27 de setiembre de 2000 VISTOS: La solicitud de convocatoria del candidato correspondiente para cubrir el cargo vacante de MORDAZA del concejo distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, recibida el 21 de junio del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del citado concejo distrital, ante la vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, declarada en la sesion de concejo de fecha 11 de junio del 2000 bajo la causal de ausencia de la localidad por mas de treinta dias consecutivos sin la autorizacion correspondiente, a fin de que se proceda conforme a ley; y, los escritos recibidos el 11 de MORDAZA y 21 de agosto del 2000, mediante los cuales remite documentacion sustentadora de la declaratoria de vacancia en mencion; El recurso de revision recibido el 21 de agosto del 2000, interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, a traves de su representante, contra la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta en el concejo distrital de Pimpingos, a fin de que se declare infundada la solicitud de convocatoria presentada; y, los escritos recibidos el 29 de agosto y 5 de setiembre del 2000, mediante los cuales remite documentacion sustentadora del recurso de revision interpuesto; y, Los escritos recibidos con fecha 13 de setiembre del 2000, respectivamente, de los senores abogados del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales remiten el resumen de los informes orales correspondientes a la sesion de fecha 13 de setiembre del ano en curso; CONSIDERANDO: Que los escritos recibidos con fechas 21 de junio y 11 de MORDAZA del ano 2000, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, poniendo en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, no acreditaron en forma documentada que el MORDAZA vacado MORDAZA tomado conocimiento del acuerdo de concejo que declaro la vacancia de su cargo, se acordo en sesion privada de fecha 25 de MORDAZA del presente ano, requerir al concejo distrital de Pimpingos cumpla con notificar el acuerdo de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA de dicho concejo al interesado, a fin de no vulnerar el derecho de defensa y de contradiccion que le asiste; Que de las copias certificadas del acta de la sesion de fecha 11 de junio del 2000, corrientes a fojas 24 y 25, el concejo distrital de Pimpingos, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, bajo la causal de ausencia de la localidad por mas de treinta dias consecutivos sin la autorizacion del concejo municipal, causal de vacancia prevista en el inciso 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, bajo acusacion de haber hecho abandono del cargo de MORDAZA desde el 27 de MORDAZA del 2000 hasta la fecha de la declaratoria de vacancia de su cargo, sin que se tenga noticia de su paradero; Que para sustentar la causal de vacancia invocada en contra del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, asi como el tramite del MORDAZA de declaratoria de vacancia, se ha remitido: a) MORDAZA de ausencia del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA de la localidad de Pimpingos desde el 27 de MORDAZA del 2000, expedida por el secretario del concejo distrital de Pimpingos el 9 de junio del 2000, corriente a fojas 32; b) MORDAZA certificada de la MORDAZA de notificacion de la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA, efectuada por el Juez de Paz del distrito de Pimpingos de fecha 15 de junio del 2000, sin cargo de recepcion, corriente a fojas 74; c) MORDAZA certificada de la MORDAZA de publicacion del acuerdo de concejo que declara la vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, en el local de la Municipalidad

Distrital de Pimpingos, de fecha 16 de junio del 2000, expedida por el Juez de Paz del distrito de Pimpingos, a fojas 75; y, d) MORDAZA certificada de la MORDAZA de una nueva publicacion del acuerdo de concejo que declara la vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, en el local de la municipalidad, de fecha 8 de agosto del 2000, expedida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fojas 76; Que de las copias certificadas del acta de la sesion ordinaria de fecha 26 de MORDAZA del 2000, corrientes a fojas 81 y 82, el concejo distrital de Pimpingos autorizo el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA a la MORDAZA de MORDAZA a partir del 29 de MORDAZA del 2000, como parte de una comision de trabajo; y, que con fecha 29 de MORDAZA del 2000, mediante Oficio Nº 042-2000-MDP-A, el senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA encargo la alcaldia a partir del 2 de MORDAZA del 2000 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del concejo distrital de Pimpingos, por motivo del viaje autorizado en la sesion de fecha 26 de MORDAZA del 2000, como se aprecia a fojas 83; Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha negado la veracidad de los hechos contenidos en el recurso de revision interpuesto contra el acuerdo de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, ni la autenticidad de los documentos que han sido presentados como prueba y que sustentan dicho recurso; y, estando a que no se ha acreditado la causal de vacancia invocada en contra del senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA con prueba suficiente e idonea; y, Que el MORDAZA Nacional de Elecciones no tiene competencia para conocer, investigar y emitir pronunciamiento respecto de denuncias penales presentadas o formuladas contra autoridades municipales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, contra el acuerdo tomado por el concejo distrital de Pimpingos en la sesion de fecha 11 de junio del 2000, que declaro la vacancia del cargo de MORDAZA del impugnante en el citado concejo; y, en consecuencia, nulo el referido acuerdo de concejo por no estar conforme a ley e infundada la solicitud de convocatoria presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Delgado. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA continua en el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, elegido para el periodo municipal 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11082

Encargan alcaldia del Concejo Provincial de Churcampa y convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor
RESOLUCION Nº 1255-2000-JNE MORDAZA, 27 de setiembre de 2000 VISTOS: El oficio Nº 2360-JEPH-PJ recibido el 23 de agosto del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA Vengoa, Juez Provisional del Juzgado Especializado en lo Penal de Huanta, mediante el cual se informa la situacion juridica del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo provincial de Churcampa, en el departamento de Huancavelica; y el oficio Nº 2716-2000-JPH/PJ, recibido el 20 de setiembre del 2000, del referido Juez Penal; y, CONSIDERANDO: Que, en sesion privada de fecha 7 de setiembre de 2000, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, acordo oficiar al Juzgado Penal de Huanta, a fin de que se sirva informar, si el mandato de detencion, dictado con fecha 31 de MORDAZA del 2000, en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha quedado firme y en que instancia judicial, para los fines de ley; Que, mediante oficios de vistos, el Juez Especializado en lo Penal de Huanta, informa que con fecha 3 de diciembre de 1999, en el MORDAZA seguido en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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