Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2001 (04/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2001

VISTO, en la I-2001 Sesion Extraordinaria de Concejo, de fecha 28 de marzo del 2001, el pedido presentado por el MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre la determinacion del monto de la dieta que percibiran los Regidores por Sesion asi como el monto de la remuneracion del Alcalde; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo prescrito por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº23853 y su modificatoria Ley Nº 26137 los alcaldes y regidores son rentados conforme lo permite su Presupuesto y la disponibilidad de los recursos propios de cada Municipalidad y previo acuerdo del Concejo Municipal respectivo; Que, la remuneracion mensual que percibe el titular del pliego se encuentra previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura para el ejercicio 2001 de la Municipalidad de San Borja; Que, el Articulo Tercero de la Ley Nº 26137 dispone que hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal, se debera aprobar el acuerdo que fija el monto de la dieta; Que, la aguda recesion que viene sufriendo nuestro MORDAZA, que en San MORDAZA se evidencia en el alto indice de desocupacion y subempleo, situacion que viene generando un incremento en el indice de morosidad del cumplimiento de las obligaciones municipales; Que, lo expuesto en el considerando que antecede ha sido reconocido y evaluado por los miembros del Concejo Municipal de San Borja; que por unanimidad han expresado su voluntad de renunciar al incremento de sus dietas, producto de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ano 2001; Estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y aprobado por unanimidad el Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR LA REMUNERACION del senor MORDAZA a percibir en el presente ejercicio fiscal 2001, en la suma de S/. 9,800.00 (NUEVE MIL OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- ESTABLECER LA DIETA de los senores Regidores, a partir del mes de MORDAZA del presente ano y hasta diciembre del mismo ejercicio fiscal 2001, en 1.10% de la Unidad Impositiva Tributaria en razon a la UIT establecida para el ejercicio fiscal 2000 (S/. 2,900.00 Dos Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles) por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose un MORDAZA de 2 sesiones al mes. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Economia y Gerencia de Control de la Gestion el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21175

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, Articulo 36º, inciso 4), es de responsabilidad del Concejo Municipal la aprobacion de la Cuenta General del ejercicio anual y la Memoria de la Municipalidad; Que, de la Revision del Balance de los Estados Financieros y Presupuestarios, la Gerencia de Auditoria Interna aprecio observaciones a la Cuenta Estudios por Contrata, Construcciones en Curso, Inversiones Intangibles, por un monto global de S/. 1'682,045.00 comprendidos en el Dictamen de los Auditores MORDAZA Konja & Asoc.; Que, al respecto y sobre el Balance del ano 2000, la Subgerencia de Estados Financieros, levanto dicha observacion determinada por la Auditoria del ano 1999 al corregir en el Balance del Ejercicio 2000 mediante Notas de contabilidad Nºs. 393 y 394 del 30 de agosto del 2000 y la Nota Nº 609 del 30 de diciembre del mismo ano; Que, asimismo la Gerencia de Auditoria Interna senalo que las Cuentas por Cobrar al 31.12.2000 alcanzan la suma de S/. 43'368,119.00 y la Provision para dicha cuenta consignan la suma de S/. 19'671,351.00, a la observacion la Subregencia de Estados Financieros refirio que, los S/ . 19'671,351.00 corresponden a provisiones realizadas durante los anos 1991 al 2000 de conformidad con el Instructivo Nº 03 de la Contaduria Publica de la Nacion; Que, finalmente la Gerencia observadora agrego que las Multas al 31.12.2000 alcanzan la suma de S/. 13'964,839.00 las que solo en el Ejercicio 2000 llegan a S/. 9'113,868.72; Que, las senaladas sanciones del considerando antecedente cuyo monto total asciende a S/. 9'113,868.72 corresponden al ano 2000 y, se aplicaron en el mes de septiembre del ano 2000, siendo la mas significativa la aplicada a la empresa E. WONG E HIPERMERCADOS METROS S.A. empresa que mediante recurso impugnatorio detuviera la cobranza de dicha sancion administrativa siendo esta informacion proporcionada por la Gerencia de Rentas; Que, con estas regularizaciones quedan levantadas las observaciones indicadas y como consecuencia el Balance del ano 2000 se presenta en limpio; Estando a lo expuesto; y, lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con la abstencion de los regidores Sr. MORDAZA Lastres, y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mayoria se aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la Cuenta General y la Memoria Anual del Ejercicio 2000 de la Municipalidad de San MORDAZA, la misma que forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General, Gerencia de Control de la Gestion y Gerencia de Economia, en cuanto les competa. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21176

Aprueban cuenta general y memoria anual del ejercicio 2000 de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2001-MDSB-C San MORDAZA, 29 de marzo de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en la I-2001 Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 29.3.2001, el Dictamen Nº 0092001-CDSB-CER de la Comision de Economia y Rentas, sobre aprobacion de la Cuenta General de la Municipalidad y Memoria Anual, correspondiente al ejercicio 2000;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban ordenanza que regula el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Rellenos Sanitarios
ORDENANZA Nº 003 San MORDAZA de Lurigancho, 31 de enero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

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