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Pág. 200897 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de abril de 2001 ORDENANZA Nº 013-2001/CDLO QUE CREA LA CONSTANCIA DENOMINADA "CONTRIBUYENTE ESPECIAL DE LOS OLIVOS" Artículo Primero.- CREAR, la Constancia deno- minada: "CONTRIBUYENTE ESPECIAL DE LOS OLIVOS" la misma que es parte integrante de la pre- sente Ordenanza y que será otorgada a los Contri- buyentes que hayan cancelado sus tributos en forma anual, hasta antes de la primera fecha de vencimiento del primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y de las primeras cuatro cuotas del arbitrio de Serenazgo, correspondientes a los períodos 1999 y 2000. Artículo Segundo.- INDICAR que la Constancia creada en el artículo precedente conlleva a otorgar al CONTRIBUYENTE ESPECIAL DE LOS OLIVOS, los siguientes beneficios: 1.- Atención Especial. 2.- Descuento del 20% en todo los pagos por derechos administrativos y trámites que realice ante la Municipa- lidad durante el ejercicio 2001. 3.- Descuento del 10% en el pago por participación en cursos, talleres, seminarios, conferencias o simila- res que realice la Municipalidad. 4.- Participación en sorteos a realizar. Artículo Tercero.- OTÓRGUESE la Constancia referida en la presente Ordenanza a los Contribuyen- tes, que cumplan con el pago al contado de los tributos municipales correspondientes al 2001 hasta el 30 de abril del presente año, los mismos que gozarán de los beneficios establecidos en el Artículo Segundo de la presente norma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección de Rentas y a la Oficina de Ejecutoría Coactiva, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones la difusión de la misma. Artículo Quinto.- FACULTAR, al Despacho de Alcaldía para que, mediante Decreto de Alcaldía, regla- mente lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 21203 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Suspenden otorgamiento de autorizaciones para la ejecución de trabajos u obras en la vía pública del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-MDSB-C San Borja, 29 de marzo de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su I-2001 Sesión Extraordinaria fecha 28.3.2001, el pedido del Alcalde Sr. Jorge Lermo Rengi- fo sobre suspensión del otorgamiento de autorizaciones para la ejecución de trabajos u obras en la vía pública con motivo de las próximas Elecciones Generales; CONSIDERANDO: Que, esta Municipalidad viene otorgando autorizacio- nes para el uso y aprovechamiento de la vía pública, decarácter temporal, para la realización de trabajos, tales como, canalizaciones, cámaras y/o buzones, construc- ción y/o modificación de pistas, rampas, veredas, sardi- neles, pasos peatonales, zonas de estacionamiento de concreto o blockgrass y jardineras, mantenimiento de redes aéreas existentes, instalación de postes de alum- brado público, reubicación y/o traslado de postes: de alumbrado público, de telefonía y televisión por cable, de anuncios de publicidad, señalizadores de calles, señalización horizontal (escolar, zona reservada, tacho- nes y tachas refractantes bidireccionales, etc.), cons- trucción de grutas y/o ermitas, construcción de monu- mentos y/o bases para bustos o esculturas, conexiones domiciliarias (servicios de luz, agua, desagüe, teléfono, televisión por cable, entre otros), cabinas telefónicas e instalación de mobiliario urbano (paraderos públicos, tachos de basura, rejas, farolas, etc.); Que, con motivo de las próximas Elecciones Genera- les, se prevé la alta afluencia de público a los centros de votación, generándose un mayor volumen de tránsito vehicular y peatonal; Que, este hecho, aunado al cierre de las vías públicas y a la ocupación de parte de las mismas con material y equipo de construcción, que, los trabajos citados en el primer considerando ocasione, motivarán el caos vehicu- lar y peatonal en el distrito de San Borja; Estando a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; el Concejo Municipal por unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- Suspender, desde el 1 de abril hasta el 10 de abril del 2001, el otorgamiento de autori- zaciones para la ejecución de trabajos u obras en la vía pública de la jurisdicción de San Borja, según los consi- derandos expuestos. Artículo Segundo.- Exceptúese de la suspensión dispuesta por el presente Acuerdo, a las obras de emer- gencia, menores, de reparación, refacción, emergencias, mejoras del ornato y conexiones domiciliarias necesarias que no impliquen mayores molestias a la comunidad, previa evaluación de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Proseguir la tramitación de aquellos procedimientos en curso, en los cuales se haya abonado los derechos respectivos. Toda obra en ejecución deberá mantenerse perfecta- mente señalizada y estará libre de desmonte y material excedente o material de obra en las inmediaciones 48 horas antes de las elecciones. El incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo ante- rior ameritará la correspondiente multa por desacato. Artículo Cuarto.- Disponer que, en el caso que la ONPE declare segunda vuelta y convoque a elecciones generales, será de aplicación automática e irrestricta lo dispuesto en el presente Acuerdo, tomándose como vigencia de la norma 7 días antes de la fecha en que se realicen las elecciones y 2 días después de la misma. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Gerencia de Fiscalización y a la Subgerencia de Trámite y Archivo. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 21174 Fijan remuneración de alcalde y esta- blecen monto de dieta que percibirán regidores por asistencia a sesiones de concejo en el ejercicio fiscal 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-2001-MDSB-C San Borja, 29 de marzo de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA