Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2001 (16/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 201397

Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 21830

segun Carta de Donacion de fecha 11 de octubre del ano 2000 y un peso aproximado de 91 kgs., segun Guia Aerea Nº 075-MAD-72656651 de IBERIA LAE. Donacion destinada para el desarrollo de la actividad programada con la Compania de Bomberos MORDAZA Nº 63. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 21831

Aceptan donacion efectuada a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 231-2001-EF MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la O.N.G.D. Bomberos Unidos Sin Fronteras de MORDAZA, Espana, ha efectuado una donacion a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistente en diversos bienes para el desarrollo de la actividad programada con la Compania de Bomberos MORDAZA Nº 63; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, la donacion efectuada por la O.N.G.D. Bomberos Unidos Sin Fronteras de MORDAZA, Espana, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en 4 bultos conteniendo juego de collarines cervicales, protectores de cuerda y otros bienes detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema,

JUSTICIA
Incorporan procedimiento al MORDAZA del Registro Predial MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 010-2001-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se aprobo el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en Materia Administrativa contenidas en el Titulo IV del Decreto Legislativo Nº 757, estableciendo las normas para la elaboracion, modificacion y actualizacion de los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos TUPA; Que de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 2º, numeral 5 de la Constitucion Politica, los ciudadanos tienen derecho a solicitar la informacion que requieran y a recibirla de cualquier entidad publica; Que mediante el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM se dispone que en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, las entidades del Sector Publico a que se refiere el Articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 757, deberan incorporar en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, un procedimiento que posibilite el acceso de las personas a la informacion que posean o produzcan;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.