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Pág. 201403 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los Artículos 43º, 44º y 45º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, se establece que las autorizaciones son derechos específicos que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado a las personas natura- les y jurídicas para el desarrollo de la actividad pesquera; Que el Artículo 26º numeral 26.1 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE dispone que la importación y exportación de especies hidrobiológicas con fines de investigación, recrea- ción o difusión cultural, requerirá la autorización del Ministerio de Pesquería, previo cumplimiento de los requi- sitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería; Que mediante Resolución Directoral Nº 281-2000-PE/ DNE de fecha 13 de diciembre del 2000 se autorizó a ENKON Environmental Limited a realizar investigación sobre la determinación y evaluación del impacto del derra- me de mercurio en la fauna acuática de los ríos de los poblados de San Juan, Choropampa, Magdalena y en el Reservorio Gallito Ciego, básicamente en el ámbito del departamento de Cajamarca, y para la extracción en un número estrictamente necesario para la investigación de macro invertebrados y especímenes de peces en cada una de las zonas señaladas en el Proyecto de Investigación, con el empleo de artes y aparejos de pesca adecuados, en un primer muestreo a partir del 13 de diciembre del 2000 hasta el 31 de diciembre del citado año, y un segundo muestreo inmediatamente después de la temporada de flujo alto de la estación de lluvias, que se pronostican para los meses de junio y julio del 2001; Que mediante los escritos del visto ENKON Environ- mental Limited solicita autorización, para la exportación de especies hidrobiológicas autorizadas a extraer con fines de investigación, específicamente para el Proyecto de Investi- gación autorizado mediante Resolución Directoral citada en el considerando anterior, cumpliendo con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, correspondiendo sólo autorizar la exportación de las especies hidrobiológicas extraídas durante el período autorizado en la Resolución Directoral Nº 281-2000-PE/DNE; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas en el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a ENKON Environmental Limi- ted la exportación con fines de investigación de doscientos veinte ( 220) especímenes de las especies hidrobiológicas que se detallan en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero ANEXO NOMBRES DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS Nº DE ESPECIMENES Nombre Científico Nombre Vulgar Bryconamericus peruanus Conchuela 38 Brycon atrocaudatus Cascafe 31 Lebiasina bimaculata Charcoca 38 Tricomycterus dispar Life 17 Aequidens rivulatus Mojarra 42 Astroblepus rosei Nato 11 Basilichthys sp Pejerrey 20 Pimelodella yuncensis Picalón 23 TOTAL 220 21778Dejan sin efecto resolución mediante la cual se otorgó a Pesquera Tauro S.A. autorización para la instalación de plan- ta de enlatado RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 032-2001-PE/DNEPP Lima, 11 de abril del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 017-98-PE/ DNPP, de fecha 19 de febrero de 1998, se otorgó a PES- QUERA TAURO S.A. autorización para la instalación de una planta de enlatado de recursos hidrobiológicos desti- nada al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Puerto de Casma, distri- to Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash con una capacidad proyectada de 2,500 cajas/ turno; Que de la inspección inopinada efectuada al estableci- miento industrial pesquero a que se refiere el considerando anterior, con fecha 1 de febrero del 2001, se constató que PESQUERA TAURO S.A. no ha cumplido con instalar su planta de enlatado, ni ha realizado avance alguno de su infraestructura, no obstante haber vencido los plazos esta- blecidos para tal fin en la Resolución Directoral Nº 017-98- PE/DNPP, incurriendo en la causal de caducidad dispuesta en el Artículo 4º de dicha Resolución, por lo que resulta procedente dejar sin efecto el derecho administrativo otor- gado; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, a través de su Informe Nº 013- 2001-PE/DNEPP-Dap-cvg de fecha 19 de marzo del 2001, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los Artículos 43º inciso b) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; el Artículo 52º, numeral 52.1 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Artí- culo 4º de la Resolución Directoral Nº 017-98-PE/DNPP; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º numeral 118.3 del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 017-98-PE/DNPP, de fecha 19 de febrero de 1998, mediante la cual se otorgó a PESQUERA TAURO S.A. autorización para la instalación de una planta de enlatado de recursos hidrobiológicos; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 21784 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de delegación a Sue- cia, Bélgica, Francia, Alemania y Espa- ña, para participar en la Misión Con- junta de Alto Nivel Político/Técnico Peruano-Chilena a la Unión Europea RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 171-2001-RE Lima, 12 de abril de 2001