Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2001 (16/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 201402

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2001

Articulo 8º.- Renovar por una sola vez y por el termino de un (1) ano calendario, el plazo senalado por el Articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 169-99-PE/DNPP del 7 de diciembre de 1999, a fin de que PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C, concluya con la instalacion y equipamiento de su establecimiento industrial pesquero con la capacidad total autorizada. Articulo 9º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21783

complementarias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 010-99-PE/DNE, en lo referente a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera denominada "EXITO V" con matricula Nº PT-14743-CM, entendiendose en 80.5 m3 la capacidad de bodega, con la que debera operar en adelante la citada embarcacion, manteniendose los demas extremos conforme a lo otorgado. Articulo 2º.- Ampliar el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 010-99-PE/ DNE, a los armadores MORDAZA ECA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "EXITO V" con matricula Nº PT-14743-CM, de 80.5 m3 de capacidad de bodega y 19.20 de AN, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 y 38 mm.) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 3º.- El permiso de pesca y la ampliacion otorgada por el articulo precedente quedan sujetas a la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 0032000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas complementarias, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 4º.- La vigencia del permiso de pesca y su ampliacion otorgada por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion cuando la autoridad pesquera lo determina y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por los armadores pesqueros conforme a lo establecido por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y las normas que lo modifiquen o sustituyan y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 5º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado a traves del Articulo 2º de la presente Resolucion en el literal N) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 1022001-PE, excluir la embarcacion pesquera "Exito V" con matricula Nº PT-14743-CM del literal K del Anexo I y literal B del Anexo II de la citada Resolucion. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21777

Amplian permiso de pesca otorgado a diversos armadores para operar embarcacion de MORDAZA en la extraccion de recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 029-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2001 Visto los escritos con registros Nºs. 2085, 2811 y 08186003 del 20 de junio, 26 de MORDAZA y 6 de diciembre del 2000, presentados por el armador MORDAZA ECA MORDAZA, en representacion de sus copropietarios. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 010-99-PE/DNE, del 7 de enero de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a MORDAZA ECA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y su Reglamento aprobado por D.S.Nº 003-98-PE, para que operen la embarcacion pesquera denominada "EXITO V" con matricula Nº PT-14743-CM, de 59.11 m3 de capacidad de bodega y 28.48 de TRN, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm.), para la extraccion de los recursos hidrobiologicos suco, MORDAZA, pampano, cabrilla y cachema, con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA ECA MORDAZA solicita ampliacion del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera denominada "EXITO V" con matricula Nº PT-14743-CM, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, para consumo humano directo e indirecto; asi como la modificacion de la resolucion autoritativa citada en el considerando anterior, en lo que respecta a la capacidad de bodega de su embarcacion a 80.5 m3, que viene a ser su volumen real; Que de la evaluacion efectuada a los documentos alcanzados que obran en el expediente, se ha determinado que el certificado de matricula que sirvio de base para calcular el volumen de bodega de la embarcacion pesquera "EXITO V" con matricula Nº PT-14743-CM, no ha sido modificado en cuanto al TRN y sus equivalencias, por lo que procede modificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 01099-PE/DNE en lo referente a la capacidad de bodega, asimismo, habiendo acreditado el esfuerzo pesquero ejercido sobre los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto por el periodo de un ano MORDAZA de la vigencia del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, resulta procedente otorgar la ampliacion del permiso de pesca solicitado por el recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante informe Nº 401-2000PE/DNE-Dacp-mqm y con la conformidad legal de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98PE y modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas

Autorizan a Enkon Environmental Limited la exportacion de diversos especimenes de especies hidrobiologicas con fines de investigacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 031-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2001 Visto el expediente Nº CE-00043002 con escritos del 8 de febrero y 6 de marzo del 2001, presentados por ENKON Environmental Limited.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.