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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (20/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 201630 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de abril de 2001 Artículo 15º.- La Unidad de Planes y Programas es la encargada de la formulación del plan estratégico institucional, plan operativo anual, de la elaboración de informes de seguimiento y evaluación, de la memoria anual, así como de coordinar la formulación y evalua- ción del plan de inversiones del INIA. Artículo 16º.- La Unidad de Presupuesto es la encargada de formular, coordinar y evaluar el presu- puesto institucional del INIA así como la elaboración de los informes de gestión, seguimiento y evaluación pre- supuestaria. Artículo 17º.- La Unidad de Cooperación Técnica y Económica es la encargada de coordinar con los órganos del INIA la programación, ejecución y evaluación de las acciones de cooperación técnica nacional e internacio- nal, así como organizar y mantener actualizado el Banco de Proyectos y Convenios de Cooperación. OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Artículo 18º.- La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento legal de la institución, encar- gado de asesorar a la Alta Dirección e instancias del instituto en asuntos relacionados con la legislación y normatividad vigente. Formula y propone los dispositi- vos legales que se le encargue, representando a la Jefatura en los asuntos contenciosos que se le deleguen. Tiene las siguientes funciones: a) Asesorar a la Jefatura y Organos del INIA en materia jurídica y dictaminar sobre aspectos legales de su competencia. b) Elaborar y opinar sobre proyectos de normas y demás disposiciones legales. c) Recopilar y analizar sistemáticamente la legisla- ción vinculada al INIA; y, d) Ejercer la defensa en los procesos judiciales en los que el INIA sea parte. e) Otras que le asigne la Jefatura. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE APOYO OFICINA DE ADMINISTRACION Artículo 19º.- La Oficina de Administración es el órgano de apoyo encargado de conducir las acciones administrativas de personal, contabilidad, tesorería, logística, control patrimonial y trámite documentario. Tiene las siguientes funciones: a) Proporcionar apoyo a las dependencias del INIA en relación a personal, logística, control patrimonial, contabilidad, tesorería y administración documenta- ria; b) Elaborar los estados financieros y presupuesta- les, de conformidad con las disposiciones legales vigen- tes; y, c) Otras que le asigne la Jefatura y las demás que por Ley le correspondan. Artículo 20º.- La Oficina de Administración tiene la siguiente estructura orgánica: DIRECCION § Dirección General LINEA § Unidad de Personal y Administración Documenta- ria § Unidad de Contabilidad y Tesorería § Unidad de Logística Artículo 21º.- La Unidad de Personal y Administra- ción Documentaria es la encargada de conducir el sistema administrativo de personal del INIA; así como lo relacionado a las remuneraciones y beneficios socia- les del personal; asimismo ejecuta las acciones relati- vas a la administración documentaria, el ordenamien-to, conservación y custodia de los archivos documenta- rios, el registro, transcripción y distribución de las Resoluciones y Directivas que emite el INIA. Artículo 22º.- La Unidad de Contabilidad y Tesore- ría es la encargada de la aplicación del Plan Contable Gubernamental, elaboración de los balances de com- probación, estados financieros y presupuestales, y eje- cuta los recursos presupuestales de acuerdo a las Nor- mas de Tesorería. Prepara informes financieros y pre- supuestales. Artículo 23º.- La Unidad de Logística, es la encar- gada de la formulación del Plan Anual de Contratacio- nes y Adquisiciones del INIA, así como de su ejecución; tiene a su cargo el mantenimiento y conservación de los bienes de activo fijo, y el control patrimonial. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE LINEA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION AGRARIA Artículo 24º.- La Dirección General de Investiga- ción Agraria, es el órgano de línea encargado de plani- ficar, coordinar y conducir las acciones de investigación agraria a través de los Programas Nacionales de Inves- tigación. Tiene las siguientes funciones: a) Proponer a la Alta Dirección la formulación e implementación de políticas de investigación y genera- ción de tecnología en sistemas productivos agrarios; b) Normar, coordinar, supervisar y evaluar la inves- tigación agraria desarrollada por sus Programas Nacio- nales de Investigación en las Estaciones Experimenta- les y otras áreas de experimentación; c) Conducir la formulación del Plan Nacional de Investigación Agraria en coordinación con los Progra- mas Nacionales de Investigación y monitoreo de las actividades de investigación desarrolladas en las Esta- ciones Experimentales; d) Realizar la evaluación cualitativa y cuantitativa de los resultados de las investigaciones desarrolladas por los Programas Nacionales de Investigación, en sus aspectos Técnicos y económicos; e) Promover, apoyar y coordinar la generación de tecnología agraria por productos o línea de acción rea- lizada por cualquier persona natural o jurídica, ligada al Sector Público Agrario; f) Administrar el Centro de Documentación e Infor- mática, con el fin de consolidar la información técnico- científica agraria generada por el INIA así como la disponible en el ámbito nacional e internacional, para su difusión y acceso a través del Sistema de Información Agraria del Sector; g) Proponer proyectos y convenios en materia de investigación agraria, así como acciones de capacita- ción de los investigadores en función a las necesidades de los programas; h) Programar, supervisar y controlar los proyectos de investigación de carácter especial de la problemática agraria nacional; i) Otras que le asigne la Jefatura. Artículo 25º.- La Dirección General de Investiga- ción Agraria tiene la siguiente estructura orgánica: DIRECCION • Dirección General LINEA • Dirección de Programas Nacionales de Investiga- ción Agraria. • Dirección de Programación, Seguimiento y Eva- luación Técnica y Económica. • Dirección de Proyectos Especiales. Artículo 26º.- La Dirección de Programas Naciona- les de Investigación es la encargada de coordinar las actividades de investigación desarrolladas por los Pro-