Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2001 (24/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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b) Aprobar los planes y programas de desarrollo, asi como las estrategias para su ejecucion. c) Proponer para su aprobacion al titular del Sector PROMUDEH, los lineamientos de politica, planes y estrategias que desarrollara la Institucion. d) Aprobar las Politicas de Gestion, la Memoria Anual, los Estados Financieros y el Plan Operativo Institucional. e) Todas aquellas funciones que MORDAZA pertinentes para el cumplimiento de los fines de la Institucion. Articulo 12º.- El Consejo Directivo se reune en sesion ordinaria por lo menos una (1) vez por mes y en sesion extraordinaria cuando lo requiera el Presidente Ejecutivo o cuando lo soliciten por lo menos tres (3) de sus miembros. Hay quorum en las sesiones cuando asisten por lo menos tres (3) miembros integrantes, las decisiones se adoptan por mayoria de votos de los miembros presentes en la sesion. En el supuesto de igualdad de votos, el Presidente Ejecutivo emitira su MORDAZA con caracter dirimente. Articulo 13º.- Las sesiones del Consejo Directivo y los acuerdos adoptados en ellas constan en Libro de Actas Legalizado de acuerdo a Ley. Los miembros del Consejo Directivo son personal y solidariamente responsables de los acuerdos que se adopten; en caso de discrepancia, debera hacerse constar en el Acta respectiva, formulando su disconformidad mediante Carta Notarial. Los miembros del Consejo Directivo perciben una dieta por sesion hasta un MORDAZA de dos (2) por mes. El monto de la dieta sera fijado por Decreto Supremo. Articulo 14º.- No podran ser miembros del Consejo Directivo: a) Las personas que hubiesen cesado como consecuencia de la aplicacion de medidas disciplinarias o procesos de reorganizacion y reestructuracion con incentivos, de la Administracion del Estado y que se encuentren imposibilitados de acuerdo a los plazos establecidos. b) La personas que MORDAZA parientes de quienes prestan servicios en COOPOP, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o hasta el MORDAZA grado de afinidad. c) Los demandantes y demandados en juicios por deudas con el Estado. Articulo 15º.- El cargo de miembro del Consejo Directivo queda vacante por: a) Fallecimiento o incapacidad fisica - mental permanente que dificulte el desempeno de la funcion. b) Renuncia o remocion del cargo. c) Inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas o mas del treinta por ciento (30%) de las que se realice en un periodo de seis meses. d) Condena en caso de delito doloso. De la Presidencia Ejecutiva Articulo 16º.- El Presidente Ejecutivo es el Funcionario de mayor jerarquia de la institucion y es designado mediante Resolucion Suprema; Preside el Consejo Directivo y es el Titular del Pliego Presupuestario. Articulo 17º.- Son funciones del Presidente Ejecutivo: a) Ejercer la representacion institucional de COOPOP. b) Ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal. c) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo. d) Supervisar la ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo. e) Aprobar y suscribir convenios con entidades publicas, nacionales e internacionales. f) Proponer al Despacho Ministerial los lineamientos de politica de promocion y desarrollo socio-economico de mujeres y jovenes en situacion de pobreza y extrema pobreza, y ejecutar las mismas en concordancia con las orientaciones y prioridades establecidas por el sector PROMUDEH.

g) Proponer al Consejo Directivo las estrategias, planes y presupuesto de Desarrollo Institucional. h) Emitir directivas en materia de organizacion interna y expedir resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre los asuntos de su competencia. i) Proponer al Titular del Promudeh, con conocimiento del Consejo Directivo, el nombramiento y/o cese del Gerente General y Funcionarios de Confianza. j) Disponer la ejecucion de auditorias y examenes especiales. k) Aprobar el Presupuesto Institucional y/o sus modificaciones, el Cuadro Analitico de Personal (CAP), el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), con conocimiento del Consejo Directivo. l) Supervisar el avance de las actividades y operaciones de la entidad, coadyuvando a su desarrollo y consolidacion. m) Revisar y someter al Consejo Directivo los resultados de la Gestion Anual, asi como los Estados Financieros auditados y la Memoria Anual de cada Ejercicio, oportunamente. n) Proponer la politica remunerativa de la institucion, en concordancia con las normas aplicables sobre la materia, asi como disponer la evaluacion permanente del Personal. o) Designar a los responsables de las Unidades Operativas de Coopop en el ambito nacional. p) Informar al Organismo Superior de control y Despacho Ministerial, sobre la implementacion de recomendaciones de las Auditorias y Examenes que se practiquen en la entidad, por la Contraloria General de la Republica, Sociedades de Auditoria y Auditoria Interna. q) Delegar las funciones que considere necesarias dentro de los limites que establece la ley. r) Designar al Asesor que MORDAZA las veces de Secretario de Actas del Consejo Directivo. s) Coordinar y concertar la ejecucion de acciones con organismos publicos y privados, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus fines. t) Otras dentro del ambito de su competencia que le asigne el Consejo Directivo. Articulo 18º.- La Presidencia Ejecutiva contara con Asesores, los cuales le brindaran apoyo especializado en temas institucionales. Asimismo, la Presidencia Ejecutiva contara con un mecanismo de coordinacion interna conformado por el Gerente General y los Gerentes de COOPOP los mismos que reunidos en un Comite Tecnico evaluaran situaciones y adoptaran decisiones sobre asuntos que por su trascendencia e interrelacion funcional asi lo ameriten. El Comite Tecnico debera reunirse, como minimo, dos veces al mes, y excepcionalmente en la oportunidad que sea convocado por la Presidencia Ejecutiva cuando lo estime conveniente o a solicitud de los Gerentes. De la Gerencia General Articulo 19º.- La Gerencia General es el Organo Ejecutivo responsable de la direccion, supervision y evaluacion de las actividades tecnicas, administrativas, economicas y financieras de COOPOP. Esta a cargo del Gerente General. Articulo 20º.- Son funciones del Gerente General: a) Representar legalmente a la Oficina Nacional de Cooperacion Popular por delegacion expresa de la Presidencia Ejecutiva. b) Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades de los Organos bajo su Dependencia, para el logro de sus objetivos y metas. c) Presentar a la Presidencia Ejecutiva del Consejo Directivo para su aprobacion, el Presupuesto Anual, el Plan Operativo, los Estados Financieros, la Memoria Anual, asi como otros documentos normativos y de gestion. d) Establecer el MORDAZA tecnico operativo al cual debe sujetarse la gestion, encaminado a dinamizar sus actividades.

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