Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2001 (24/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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tecnicos, economicos y sociales aplicados a los proyectos que se ejecuten. l) Las demas funciones que le asigne la Gerencia General, dentro del ambito de su competencia. Articulo 44º.- La Gerencia de Desarrollo y Equidad esta conformada por las siguientes Subgerencias: - Subgerencia de Programacion y Gestion de Proyectos. - Subgerencia de Monitoreo y Evaluacion de Proyectos. Articulo 45º.- La Subgerencia de Programacion y Gestion de Proyectos, es el organo encargado de planear, organizar y controlar los procesos tecnicos administrativos y normativos de las actividades de programacion, diseno, y formulacion de los estudios tecnicos, asi como de la gestion de los programas y proyectos regulares y especiales, considerados en el Plan Operativo de la Institucion, en coordinacion con la Gerencia de Planeamiento, y la Gerencia de Administracion. Esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, y depende jerarquicamente de la Gerencia de Desarrollo y Equidad. Articulo 46- la Subgerencia de Monitoreo y Evaluacion de Proyectos es el organo encargado del monitoreo y supervision de la ejecucion de las acciones programadas en los proyectos regulares y especiales, mediante indicadores tecnicos, sociales y de inversion Esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, y depende jerarquicamente de la Gerencia de Desarrollo y Equidad. CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS De las Unidades Operativas Articulo 47º.- Las Unidades Operativas son los Organos Desconcentrados encargados de ejecutar en el ambito geografico de su jurisdiccion, los programas y proyectos orientados a potenciar las iniciativas organizadas de las mujeres y jovenes de los sectores de pobreza y extrema pobreza, articulandolos al conjunto de esfuerzos publicos y privados de lucha contra la pobreza; apoyando a los Gobiernos Locales en su rol concertador interinstitucional. Asimismo estan encargados de desarrollar acciones de difusion, sensibilizacion, informacion, asi como de capacitacion, formacion y entrenamiento para promover la participacion activa y organizada de la poblacion en la identificacion, desarrollo y ejecucion de proyectos que MORDAZA fuente de generacion de empleo, ingresos y bienestar social, propiciando la equidad de genero en su realizacion. Cada Unidad Operativa esta a cargo de un Funcionario con nivel de Subgerente y depende jerarquicamente de la Gerencia General. Articulo 48º.- Son funciones de las Unidades Operativas: a) Planificar, dirigir y coordinar las actividades tecnico-administrativas en el ambito de su Unidad Operativa. b) Incentivar, formular y proponer los programas y proyectos socioeconomicos en sus ambitos de competencia regional, zonal o local, en MORDAZA con los objetivos institucionales y sectoriales. c) Ejecutar en el ambito de su jurisdiccion las acciones, programas y proyectos contenidos en los Planes Operativos de la Institucion en concordancia a la mision y finalidad de COOPOP. d) Coordinar y concertar con los organismos publicos, privados, organizaciones sociales y la poblacion, la ejecucion de las actividades de promocion y desarrollo de los proyectos de COOPOP.

e) Suscribir, previa delegacion del Presidente Ejecutivo, los Convenios y/o contratos institucionales con las organizaciones y/o agrupaciones sociales u otros organismos publicos o privados, dentro del ambito de su competencia. f) Supervisar la ejecucion de los programas, proyectos y actividades en el ambito de accion de su competencia. g) Informar periodicamente a la Gerencia General y Organismos correspondientes, el avance en la ejecucion presupuestal, los Planes, y los Programas y Proyectos en el ambito de su competencia. h) Promover y apoyar las acciones de iniciativa local para la formulacion de proyectos que MORDAZA fuente de generacion de ingresos y bienestar social, propiciando su ejecucion mediante la concertacion entre la poblacion de las comunidades de los sectores mas pobres y las instituciones de apoyo. i) Apoyar y asesorar a los Gobiernos Locales para la inclusion de iniciativas y proyectos de la poblacion en pobreza y extrema pobreza, en sus planes y programas de desarrollo local. j) Efectuar la liquidacion tecnica, economica y legal de los proyectos que se ejecuten en su ambito. k) Cautelar el patrimonio de la dependencia a su cargo y mantener actualizado el inventario fisico valorizado. l) Supervisar y adoptar las acciones de personal que le compete en relacion al personal bajo su cargo. m) Las demas funciones que le asigne la Gerencia General en el area de su competencia. TITULO IV DEL REGIMEN LABORAL Articulo 49º.- Los trabajadores de COOPOP estan comprendidos en el Regimen Laboral de la actividad privada normado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento. Articulo 50º.- La politica remunerativa del personal de COOPOP se rige por la escala aprobada por Decreto Supremo del Ministerio de Economia y Finanzas, refrendado por el Titular del Sector PROMUDEH. TITULO V DEL REGIMEN ECONOMICO Articulo 51º.- Son recursos economicos y financieros de COOPOP: a) Los montos aprobados segun la Ley del Presupuesto que se le asigne en cada Ejercicio Fiscal. b) Los recursos directamente recaudados que genere, asi como las donaciones que reciba. c) Los creditos internos y externos, publicos o privados que se concerten, de acuerdo a la normatividad vigente. d) Los provenientes de contratos, convenios y otros que se generen para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos institucionales. e) Los provenientes de la Cooperacion Tecnica Internacional. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La estructura y funciones especificas de las dependencias de COOPOP a que se hace mencion en el presente Reglamento, seran descritas en el Manual de Organizacion y Funciones respectivo. Segunda.- El presente Reglamento de Organizacion y Funciones entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, sin perjuicio de la aprobacion de los demas documentos de gestion institucional de COOPOP que se aprobaran por Resolucion Ministerial del Titular del Sector.

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