Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2001 (26/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 201951

Articulo 6º.- La Municipalidad cuenta con cinco (5) Organos Desconcentrados denominados Agencias Municipales cuyos responsables son las Administradoras, y, en cada una de ellas se encuentran organizados los Comites de MORDAZA, cuyo funcionamiento esta a cargo de cuatro (4) miembros quienes toman las decisiones sobre el uso de los recursos financieros, cautelando el destino y/o uso para la cual fueron previstos y presupuestados en el MORDAZA de las MORDAZA de Financiamiento correspondientes. Toda desviacion de fondos incurre en malversacion, pasibles de sanciones administrativas, civiles y/o penales. Articulo 7º.- En cada Agencia Municipal funciona un Comite de MORDAZA cuyos miembros son responsables solidariamente de las decisiones y del uso de los recursos financieros y estan integrados por los siguientes miembros: * El Jefe de la Unidad de Tesoreria * El Administrador de la Agencia. * El Regidor designado para dicha Agencia; y, * El Presidente de la Mesa de Concertacion de la MORDAZA en calidad de veedor. Articulo 8º.- De conformidad con lo establecido en los Articulos 34º, 35 y 36º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el gasto fiscal se sujeta al MORDAZA de la Ejecucion Presupuestal y Financiera, el mismo que es competencia y responsabilidad de la respectiva Unidad Ejecutora y se desarrolla a traves de las siguientes etapas: Compromiso, Devengados y el Pago. Articulo 9º.- Para efectos de las Ejecuciones Financieras y demas operaciones de Tesoreria y del Comite de MORDAZA, el monto total de los COMPROMISOS deben de estar de acuerdo al monto total fijado en la programacion de priorizacion del gasto, no debiendo excederse de este limite, salvo que exista mayor captacion de la priorizacion de los ingresos. Esta prohibido realizar compromisos, sino cuenta con la respectiva asignacion presupuestaria aprobada. Articulo 10º.- El devengado es la obligacion de pago y se formaliza cuando la Unidad de Abastecimiento y Margesi de Bienes y la Administracion de la Agencia otorga su conformidad en las Ordenes de Compra - Guia de Internamiento, Orden de Servicio, Planilla Unica de Pagos de Remuneraciones y Pensiones etc., debidamente sustentados con los documentos que se indica en el Articulo 11º de la presente Directiva. Debiendo realizar el control previo la Oficina de Secretaria Tecnica y la Unidad de Contabilidad. Articulo 11º.- El devengado se sustenta en los siguientes documentos: * Factura, boleta de venta, valorizaciones, Recibos de Honorarios u otros Comprobantes de Pago reconocidos por la SUNAT y vigentes. * Planilla Unica de Pagos o Resolucion de reconocimiento de Derechos de caracter laboral. * Resolucion del Fondo para Pagos en Efectivo (Caja Chica) o en su caso la rendicion documentada de cuentas de dichos fondos para efectos de su reposicion. * Contratos o documentos oficial de autoridad competente que autoriza el desempeno de Comisiones de Servicio, tales como planillas de viaticos, Resoluciones, etc. * Resoluciones de Transferencias Presupuestales aprobados previamente por la Oficina de Secretaria Tecnica. * Declaracion Jurada, hasta el monto senalado por la Directiva del MORDAZA Presupuestario vigente para el Ano Fiscal correspondiente. Articulo 12º.- La Jefatura de la Unidad de Tesoreria en accion coordinada con los Administradores de las Agencias Municipales elaboraran el Flujo de MORDAZA en forma mensual, para su ejecucion quincenal, con la indicacion de las MORDAZA de Financiamiento a aplicarse el gasto. Articulo 13º.- Los Miembros de los Comites de MORDAZA de cada Agencia Municipal se reuniran quincenalmente para aprobar la programacion de pagos en funcion a los ingresos recaudados a esa fecha y considerados y en el

Flujo de MORDAZA, teniendo en cuenta las siguientes prioridades y de acuerdo al orden que se especifica : A.- OBLIGACIONES PERMANENTES: * Servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. * Planilla de Jornales. * Planilla de Funcionarios, Empleados y Pensionistas, Servicios No Personales, Asesores. * Retenciones Tributarias, Essalud, IES, ONP,4ta. y 5ta. CATEGORIA. * MORDAZA Chica. * Alquileres. * SEDAPAL. * LUZ DEL SUR. * Telefonica del Peru. * Planilla de Dietas. B.- OBLIGACIONES CON PROVEEDORES * CONTRATISTAS * PROVEEDORES DIVERSOS * Deudas de anos anteriores, considerados en la priorizacion de los devengados para el 2001. Articulo 14º.- Aprobadas las obligaciones permanentes y de proveedores por los Comites de MORDAZA, los Administradores de cada Agencia procesaran los Comprobantes de Pago y los cheques correspondientes para la cancelacion del devengado, quincenal o mensualmente segun escala de priorizacion. CAPITULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo 15º.- Las Agencias Municipales "A" y "B" en concordancia con el Presupuesto Institucional para el Ejercicio Fiscal 2001 aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 815-2000-ALC/ML, para efectos de los pagos de remuneraciones de los Funcionarios, Empleados y Pensionistas de la Administracion Central, debera realizar la transferencia inmediata de los montos aprobados por su Comite de MORDAZA en los porcentajes establecidos, a la Cuenta Corriente Principal, respetando el orden y los criterios de priorizacion senalados en el Articulo 13º de la presente Directiva. Articulo 16º.- Para el pago de obligaciones contraidos con Contratistas y Proveedores, cada Agencia asi como la Unidad de Tesoreria establecera un dia de atencion al mes, de las 14 a 16 horas, a fin de evitar la proliferacion en el pago. Articulo 17º.- Los Cheques girados se mantendran en cartera hasta 30 dias de emitidos, vencido dicho plazo, se procedera a la anulacion respectiva, comunicando lo actuado a las areas de Contabilidad y Presupuesto, a efectos de que se procedan a las anulaciones respectivas. Articulo 18º.- Considerando que corresponde a la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion General, y a los Administradores de las cinco (5) Agencias Municipales la responsabilidad en la administracion de los fondos que forman parte del presupuesto Institucional, estan llamados a cautelar y efectuar las acciones de verificacion y seguimiento de las operaciones de ingresos y gastos y a fortalecer los controles internos en las decisiones que se toman. Articulo 19º.- Las reuniones de los Comites de MORDAZA quedaran registrados en un Libro de Actas debidamente legalizado. Las reuniones de los Comites de MORDAZA se realizaran de las 15 a 16 horas, segun el siguiente cronograma : - Administracion Central, el Tercer Dia util del mes siguiente. -Agencia MORDAZA "A"; MORDAZA y MORDAZA viernes de cada mes. -Agencia MORDAZA "B"; MORDAZA y MORDAZA jueves de cada mes.

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