Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2001 (26/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Adicionalmente, debe ordenarse a la Comision que expida un MORDAZA pronunciamiento sobre este extremo de la solicitud de la AFP Union Vida. IV RESOLUCION DE LA SALA Por los argumentos expuestos, esta Sala ha resuelto lo siguiente: Primero.- De conformidad con lo establecido en el Articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 807, modificar el precedente de observancia obligatoria contenido en la Resolucion Nº 011-97-TDC, en los siguientes terminos: "Cuando una AFP solicite el reconocimiento de creditos derivados de aportes previsionales impagos, liquidados sobre la base de la remuneracion asegurable MORDAZA del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Ley de Reestructuracion Patrimonial, la Comision, debera: a) Verificar que, ademas de presentar la Liquidacion para Cobranza, la AFP MORDAZA declarado que en el historial previsional correspondiente no cuenta con informacion sobre la remuneracion real. b) Constatar si la informacion necesaria para determinar el monto real de los aportes previsionales impagos, o parte de MORDAZA, obra en alguno de los expedientes administrativos a su cargo, en cuyo caso la pondra a disposicion de la AFP para que esta pueda reliquidar su acreencia. c) En caso de no contar con toda o parte de la informacion relevante, en los expedientes a su cargo, requerir a la empresa deudora la MORDAZA de MORDAZA de las partes pertinentes del libro de planillas, de las boletas de pago o de cualquier otro documento en el que consten las remuneraciones de los trabajadores afiliados, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones, en caso de no absolverse el requerimiento en el plazo otorgado. d) Absuelto el requerimiento, remitir a la AFP MORDAZA de la documentacion recibida, para que modifique su solicitud reliquidando la deuda previsional sobre la base de las remuneraciones reales, luego de lo cual se procedera al reconocimiento de los creditos en base a la nueva liquidacion presentada. e) Si la AFP no cumple con reliquidar su credito, sobre la base de la informacion en poder de la comision o sus entidades delegadas, de la presentada por el deudor, o del historial previsional, segun sea el caso, en el plazo concedido por la Comision para tal efecto, se declarara infundada la solicitud. En el supuesto de que ni la AFP cuente con la informacion necesaria ni la Comision o entidad delegada correspondiente pudiera determinar el monto de las remuneraciones, se debera declarar infundada la solicitud". Segundo.- Confirmar la Resolucion Nº 1034-2000/ CRP-ODI-CCPLL emitida el 22 de setiembre de 2000 por la Comision de Reestructuracion Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Camara de Comercio y Produccion de La MORDAZA en el extremo en que declaro improcedente el reconocimiento de los creditos solicitado por la Administradora de Fondo de Pensiones Union MORDAZA frente a Grupi S.A., derivados de aportes previsionales impagos correspondientes a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mc Evoy, reformandose en sus fundamentos, pues no se ha demostrado que la Administradora de Fondo de Pensiones Union MORDAZA MORDAZA cumplido con declarar que en los historiales previsionales correspondientes no cuenta con informacion sobre las remuneraciones reales de los trabajadores. Tercero.- Declarar la nulidad parcial de la Resolucion Nº 1034-2000/CRP-ODI-CCPLL en el extremo en que, al pronunciarse sobre la solicitud de reconocimiento de creditos formulada por la Administradora de Fondo de Pensiones Union MORDAZA frente a Grupi S.A., derivados de los aportes previsionales correspondientes a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rangel, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Heri de los MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA di Casanova MORDAZA, MORDAZA Nique MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Parks MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la declaro improcedente. Ello, porque el precedente de observancia obligatoria contenido en

la Resolucion Nº 011-97-TDC no es aplicable a dichos casos puesto que los aportes fueron calculados sobre la base de obligaciones reconocidas por el empleador y de acuerdo a los historiales previsionales. Cuarto.- Disponer que la Comision de Reestructuracion Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Camara de Comercio y Produccion de La MORDAZA expida un MORDAZA pronunciamiento sobre el extremo declarado nulo. Quinto.- Disponer que la Secretaria Tecnica pase copias de la presente resolucion, asi como de la resolucion de primera instancia, al Directorio del INDECOPI para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a los terminos establecidos en el MORDAZA parrafo del Articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 807. Con la intervencion de los senores vocales: MORDAZA Eyzaguirre del Sante, MORDAZA Bullard MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Madueno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pasco Cosmopolis y MORDAZA MORDAZA de Alonso. MORDAZA EYZAGUIRRE DEL SANTE Presidente 22354

PATRONATO DEL MORDAZA DE LAS LEYENDAS
Declaran en situacion de urgencia la contrataciondeseguroscontraaccidentes, incendios y deshonestidad
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 079-2001-PCD/PATPAL San MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2001 Visto los Informes Nº 94-2001/OPE-PATPAL de la Direccion de Operaciones Nºs. 110 y 122-2001/ADMPATPAL de la Direccion de Administracion y Nº 0602001/OAJ/PATPAL de la Oficina de Asesoria Juridica del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, situacion que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, mediante informes de vistos se da sustento tecnico legal a la declaracion de urgencia de la contratacion de las polizas de seguros contra accidentes, contra incendio y de deshonestidad, opinando por la procedencia de contratar polizas provisionales en resguardo de la integridad fisica de los visitantes al MORDAZA, asi como referidas a la integridad patrimonial de la Institucion, las cuales estaran vigentes durante el periodo en que desarrollara el MORDAZA de seleccion y otorgamiento de la buena pro previsto en los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM; Que, debe convocarse conforme a Ley a la modalidad de adjudicacion correspondiente al MORDAZA de seguros contra accidentes, de incendio y el de deshonestidad, siendo importante contar con las coberturas provisionales necesarias durante el MORDAZA de selec-

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