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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (26/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 201947 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de abril de 2001 c) Dictaminar los proyectos de ordenanzas, edictos o acuerdos que se pongan a su consideración. d) Acoger y procesar los informes de los Regidores que la integran, que correspondan a las funciones asignadas individualmente a éstos. e) Dictaminar en las proposiciones y pedidos de los Regidores. f) Dictaminar en las iniciativas de las Juntas de vecinos y otros organismos vecinales. g) Dictaminar en los recursos administrativos que se interpongan, cuya resolución corresponde al Concejo. h) Efectuar investigaciones y estudios. i) Efectuar inspecciones y recabar informes sobre las actividades desarrolladas en las diferentes áreas admi- nistrativas, dando cuenta al Concejo de las deficiencias e irregularidades que observen. j) Las demás que prevea el Reglamento o que les encargue el Concejo. Artículo 82º.- Cuando un asunto pase a informe o estudio de dos o más Comisiones, podrán reunirse en forma conjunta, en cuyo caso la presidencia se ejercerá en forma rotativa entre los Presidentes de las Comisio- nes. Artículo 83º.- Las Comisiones Especiales se consti- tuyen por Acuerdo de Concejo para asuntos específicos que no corresponden a ninguna de las Comisiones Per- manentes, o que por su importancia o gravedad así lo requieran. El Acuerdo determinará con precisión el en- cargo y plazo de la comisión. Artículo 84º.- Las Comisiones Especiales se reuni- rán con la frecuencia que requiera el asunto que se les ha encomendado. Son de observancia para las Comisiones Especiales, en lo que corresponda, lo dispuesto para las Comisiones Permanentes. Artículo 85º.- El Concejo contará con catorce Comi- siones Permanentes, las cuales serán: a) Comisión de Desarrollo Urbano. b) Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambien- te. c) Comisión de Transporte Urbano. d) Comisión de Salud y Bienestar Social. e) Comisión de Educación , Cultura y Turismo. f ) Comisión de Comercialización y Defensa al Consu- midor. g) Comisión de Seguridad Ciudadana. h) Comisión de Participación Vecinal. i) Comisión de Nomenclatura. j) Comisión de la Mujer. k) Comisión de la Juventud y Deporte. l) Comisión de Fomento al Desarrollo Económico y Productivo. m) Comisión de Asuntos Legales. n) Comisión de Economía Planificación y Presupues- to. Artículo 86º.- Corresponde a la Comisión de Desa- rrollo Urbano, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) El desarrollo de Lima Metropolitana. b) Los Asentamientos Humanos Marginales. c) Zonificación y Urbanismo. d) Edificación. e) Ornato y Monumentos. f) Adjudicación de terrenos eriazos. g) Uso del suelo y expansión urbana. h) Demarcación territorial. i) Catastro. j) Anuncios. k) Creación de Municipalidades de Centro Poblado Menor. l) Plan Vial Metropolitano. m) Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 87º.- Corresponde a la Comisión de Servi- cios a la Ciudad y Medio Ambiente, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo rela- cionados con: a) Gestión Ambiental, Conservación y Protección de los Recursos Naturales y al Medio Ambiente. b) Saneamiento Ambiental.c) Forestación y Reforestación. d) Servicios Higiénicos y baños públicos. e) Registros del Estado Civil. f) Parques y Jardines. g) Servicios Públicos. h) Velatorios y cementerios. i) Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 88º.- Corresponde a la Comisión de Transporte Urbano, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo relacionados con : a) El transporte urbano público y privado. b) El tránsito urbano. c) La circulación. d) La señalización y semaforización. e) Los ruidos molestos. f) El Plan Vial Metropolitano. g) Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 89º.- Corresponde a la Comisión de Salud y Bienestar Social, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Salud y salubridad. b) Medicina Preventiva, primeros auxilios y postas médicas. c) Servicios Sociales. d) Alimentación popular. e) Personas Adultos Mayores y personas con discapa- cidad. f) Derechos Humanos. g)Problemática de los niños y adolescentes. h)Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 90º.- Corresponde a la Comisión de Educa- ción, Cultura y Turismo pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Educación. b) Cultura y Espectáculos. c) Fomento a las artes. d) Turismo y Folklore. e) Patrimonio Arqueológico. f) Bibliotecas. g) Zoológicos, jardines botánicos, parques recreacio- nales y bosques naturales. h) Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 91º.- Corresponde a la Comisión de Comer- cialización y Defensa al Consumidor pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Abastecimientos y Comercialización de productos alimenticios. b) Comercio ambulatorio e informal. c) Defensa al Consumidor. d) Las demás que le encomiende el Concejo. Artículo 92º.- Corresponde a la Comisión de Seguri- dad Ciudadana pronunciarse sobre los asuntos que de- ben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Seguridad Ciudadana. b) Vigilancia y Control. c) Previsión contra la accidentalidad común y vial, incendios, desastres y catástrofes. d) Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 93º.- Corresponde a la Comisión de Partici- pación Vecinal pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Participación Vecinal. b) Consulta Popular. c) Derecho de Petición. d) Derecho de Información. e) Creación y Composición de Comités Comunales. f) Participación Ciudadana en iniciativa legislativa de normas municipales y revocatoria de autoridades municipales. g) Otros que le encomiende el Concejo.