Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2001 (26/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

Articulo 94º.- Corresponde a la Comision de Nomenclatura pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Nomenclatura de vias publicas, parques y areas verdes. b) Actualizacion de la nomenclatura de vias y areas de recreacion publica. c) Actualizacion y aprobacion de la Guia e Indice de nomenclatura para MORDAZA Metropolitana. d) Otros que le encomiende el Concejo. Articulo 95º.- Corresponde a la Comision de la Mujer pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Politicas y lineamientos referidas a la equidad de genero y a la incorporacion de la Agenda de las Mujeres en la gestion municipal. b) Desarrollo de la Mujer y la Familia. c) Otros que le encomiende el Concejo. Articulo 96º.- Corresponde a la Comision de Juventud y Deporte pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Recreacion y Deportes. b) Menores y Juventud. c) Promover la Organizacion de Comites Municipales de Deportes. d) Promover en la juventud las actividades culturales y deportivas. e) Otros que le encomiende el Concejo. Articulo 97º.- Corresponde a la Comision de Fomento al Desarrollo Economico y Productivo pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a ) Promocion y Mejoramiento del Empleo. b ) Ahorro y Cooperativismo. c ) Estimulacion en la creacion de MORDAZA de trabajo. d) Otros que le encomiende el Concejo. Articulo 98º.- Corresponde a la Comision de Asuntos Legales, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionadas con: a) La interpretacion y aplicacion de las normas juridicas. b) Los contratos que debe celebrar la Municipalidad. c) Los procedimientos judiciales en que es parte la Municipalidad. d) Creacion de Municipalidades de Centro Poblado Menor. e) La vacancia de la Alcaldia y de los Regidores del Concejo. f) Los conflictos de competencia con los Poderes Publicos o autoridades ajenas a la Municipalidad; y los conflictos de jurisdiccion y competencia de las Municipalidades distritales de la provincia. g) Las solicitudes individuales, reclamaciones y recursos impugnativos de competencia del Concejo. h) Otros que le encomiende el Concejo Articulo 99º.- Corresponde a la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) La formulacion, aprobacion, ampliacion, modificacion, ejecucion, evaluacion y control del Presupuesto Municipal de la provincia de Lima. b) La Cuenta General del Ejercicio Anual. c) La propuesta de creacion, modificacion, supresion, exoneracion o inafectacion de tributos municipales. d) La ratificacion de Ordenanzas Distritales en materia tributaria. e) Emprestitos internos y externos f) Proposiciones que impliquen gastos no presupuestados.

g) El Plan de Desarrollo Metropolitano y los Planes y Programas correspondientes. h) La aceptacion de donaciones y legados i) Las inversiones y egresos de la Municipalidad. j) Las empresas y organismos desconcentrados de la Municipalidad. k) La Estructura Organica y la Organizacion de la Municipalidad Metropolitana, asi como la orientacion a las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion sobre su Estructura Organica. l) Las excepciones a las normas de austeridad. m) Escalas de Multas para la provincia de Lima. n) Otros que le encomiende el Concejo. Articulo 100º.- En la primera sesion de cada ano calendario, el MORDAZA propondra al Concejo el Cuadro de Comisiones Permanentes y sus respectivos Presidentes. En caso de que por la distribucion de funciones, una fuerza politica no hubiera quedado integrando alguna de las Comisiones, tendra derecho a solicitar para uno de sus Regidores la incorporacion a la Comision como supernumerario. Articulo 101º.- Un Regidor puede integrar hasta dos (2) Comisiones. El Concejo puede autorizar a un Regidor integrar un numero mayor de Comisiones. Articulo 102º .- Las Comisiones tienen un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. El Vicepresidente sera elegido por los integrantes de la Comision de entre sus miembros. Actuara como Secretario un servidor designado por el Presidente. Articulo 103º.- Son funciones del Presidente: a) Convocar y presidir las sesiones de la Comision. b) Suscribir el despacho de la Comision. c) Suscribir con el Secretario las Actas de las Sesiones de la Comision. d) Informar al Concejo sobre las actividades de la Comision. Articulo 104º.- El Vicepresidente ejerce la Presidencia de la Comision en caso de ausencia o Licencia del titular. Articulo 105º.- Son funciones del Secretario: a) Citar a las sesiones de la Comision de conformidad con sus acuerdos e instrucciones del Presidente. b) Levantar y suscribir las Actas de las Sesiones de la Comision. c) Proporcionar apoyo administrativo a la Comision. d) Formular el despacho de conformidad con las decisiones de la Comision y las instrucciones de su Presidente. e) Tramitar la documentacion de la Comision. f) Llevar el Archivo de la Comision. g) Las demas que le senala el presente Reglamento o le designe el Presidente de la Comision. Articulo 106º.- Cada Presidente de Comision debe dar cuenta al Concejo en forma trimestral, de la asistencia de sus miembros a las sesiones. La inasistencia injustificada de un Regidor a tres sesiones consecutivas o diez no consecutivas en un ano, ocasiona el retiro del Regidor como miembro de la Comision, debiendo el Concejo elegir su reemplazante." Segundo.- Dejese sin efecto el Articulo 102º del Edicto Nº 20 del 28 de febrero de 1985, y los Edictos Nº 187, Nº 226, Nº 228, Nº 236, y el Acuerdo de Concejo Nº 001-99. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22380

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