Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2001 (28/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Las actividades comprendidas en el alcance de la presente Ordenanza son las siguientes: a. Toda actividad comercial en la via publica de manera transitoria. b. Toda actividad comercial ambulatoria con modulos rodantes en la via publica. Articulo Tercero.- El pago de los derechos que establecen en el area que ocupan en el articulo anterior, seran de manera diaria, siendo los siguientes:
* Trabajador Informal Independiente (Carretilla o modulo) por 2 metros cuadrados * Comercio Transitorio y/o venta de Golosina * Ferias * Carpa de Caldo de Gallina * Ocupacion de la Via Publica hasta 30 dias (no comprendidas anteriormente) S/. 1.00 S/. 0.80 0.01 % UIT por m2 0.01 % UIT por m2

nas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Distrital de Ate, en cumplimiento de lo dispuesto por las normas legales vigentes y siguiendo las Directivas emitidas por el Organo Rector del Sistema Nacional de Contabilidad - Ley Nº 24680 contenidas en las normas basicas y el MORDAZA Plan Contable Gubernamental, a traves del area de Contabilidad, ha elaborado los Estados Financieros y Presupuestarios 2000; Que, en aras de lo MORDAZA referido, el Pleno de Concejo luego de tomado conocimiento de dicho documento, que fue sustentado en detalle en la Sesion de Concejo de fecha 31-3-01; fue aprobado por Unanimidad por los Sres. Regidores. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, en uso a las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por unanimidad de los Sres. Regidores asistentes a la sesion de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA:

0.02 % UIT por m2

Articulo Cuarto.- Los pagos que realizan las personas naturales y juridicas por la ocupacion de la via publica no genera derecho alguno sobre el espacio fisico que ocupa. Articulo Quinto.- Las Autorizaciones seran otorgadas de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo Sexto.- La Municipalidad de Ate conformara la Comision Tecnica Mixta Distrital, que estara integrada por cinco representantes de la Municipalidad Distrital de Ate y cinco representantes de los trabajadores transitorios designados en elecciones democraticas. Esta Comision tendra como objetivo complementar las alternativas a la problematica del sector, sera un organo consultivo y de concertacion entre los trabajadores Transitorios organizados y la Municipalidad de Ate. Se instalara a los 20 dias utiles despues de ser aprobada. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 22565

Articulo 1º.- APROBAR los ESTADOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS del ano 2000, de la Municipalidad Distrital de Ate, por las consideraciones MORDAZA referidas. Articulo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Direccion de Administracion, y demas areas pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 22562

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran el dia 30 de MORDAZA de 2001 como no laborable para la municipalidad
RESOLUCION Nº 292-2001-RASS Documento Nº 006660-2001 M-1 MORDAZA de MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Documento Nº 006660.2001 M-1 mediante el cual los trabajadores municipales solicitan que el dia lunes 30 de MORDAZA del 2001 sea declarado dia no laborable, con la finalidad de hacer extensivo el feriado del 1º de MORDAZA del ano en curso; CONSIDERANDO: Que, el 1 de MORDAZA se celebra el Dia Internacional del Trabajo, el mismo que mediante Decreto Supremo Nº 178-91-PCM, fue declarado feriado para los trabajadores sujetos al regimen de la actividad publica regulada por Decreto Ley Nº 11377 y el Decreto Legislativo Nº 276; Que, los trabajadores municipales teniendo en consideracion que en el presente ano, dicha festividad se celebra el dia martes, solicitan que el lunes 30 de MORDAZA sea declarado no laborable, con la finalidad de hacer extensivo dicho feriado; Que, para tal efecto, los trabajadores se han comprometido en recuperar las horas dejadas de laborar en la fecha que estime conveniente la Corporacion;

Aprueban Estados Financieros y Presupuestarios de la Municipalidad del ano 2000
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033 Ate, 31 de marzo de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 31-3-01, los ESTADOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS del ano 2000 de la Municipalidad Distrital de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular, son perso-

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