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Pág. 202050 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de abril de 2001 Que, de acuerdo al Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, autonomía recogida en el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Estando al Informe Nº 528-2001-UP/OAF-MSS de la Unidad de Personal; y, en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: 1.- Declarar el 30 de abril del 2001, Día no Laborable en la Municipalidad de Santiago de Surco, con la finali- dad que los servidores municipales puedan hacer exten- sivo el feriado del día martes 1º de mayo, conforme a los considerandos de la presente Resolución. 2.- Los funcionarios encargados de los servicios públicos esenciales, deberán adoptar las medidas del caso, con la finalidad de garantizar la prestación de los mismos en el día no laborable. 3.- Las horas dejadas de laborar, serán compensa- das en los días posteriores al día declarado no laborable, a razón de una hora adicional diaria, encargándose de su control a la Unidad de Personal. 4.- Disponer que Secretaría General publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. 5.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolu- ción a la Dirección Municipal, Oficina de Administra- ción y Finanzas, así como a la Unidad de Personal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 22613 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA Autorizan la adquisición de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche mediante procedi - miento de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 034-2001-MDE La Esperanza, 5 de abril de 2001 VISTO: El Informe Nº 016-2001-MDE\DM, me- diante el cual se solicita al Concejo Municipal autori- zación para adoptar Medidas de Urgencia para el Pro- grama del Vaso de Leche, CONSIDERANDO: Que, mediante las Adjudicaciones Directas Sin Publi- cación Nºs. 001-2001-MDE\UASG y 002-2001-MDE- \UASG, la Unidad de Abastecimiento y Servicios Gene- rales procesó la adquisición de los productos para atender a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2001; en base a la anterior Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento;Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM se aprueba el Nuevo Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM se aprueba el Reglamen- to respectivo de la referida Ley, que establece las normas básicas que contiene los límites mínimos y máximos que deben observar las entidades del Sector Público, dentro de los criterios de racionalidad y trans- parencia en los procesos de adquisiciones y contratacio- nes de bienes, servicios u obras; cuya vigencia se da a partir del 15 de marzo del 2001; Que, es necesario llevar a cabo una Licitación Públi- ca que permita adquirir los productos para atender a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche para lo que resta del año 2001, conforme lo establece el Artículo 16º de la Ley de Presupuesto del Sector para el Año Fiscal 2001 aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 909-2000 y, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento; Que, las formalidades del procedimiento de Licita- ción Pública demandaría un período mínimo de trein- ta (30) días hábiles, hecho que plantea una Situa- ción de Urgencia en tanto que compromete en forma directa e inminente la continuidad del suministro de los insumos alimenticios para la atención de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche co- rrespondiente al mes de abril; adquisición de los productos a través de un Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, en mérito a lo expuesto y, a lo acordado en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha dos de abril del presente; con arreglo a lo establecido a los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a los Artículos 105º y 108º del Reglamento de la referida Ley y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; En uso de la encargatura del cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Esperanza formali- zada por Resolución de Concejo Nº 016-2001-MDE, y de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modifi- catorias; SE RESUELVE: 1º.- DECLARAR, en SITUACION DE URGENCIA la adquisición de los insumos alimenticios destinados a la atención del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, correspon- diente al mes de abril del presente año. 2º.- EXONERAR, a la Municipalidad Distrital de La Esperanza del requisito de Adjudicación Directa Selecti- va para la adquisición de los insumos alimenticios señalados en el artículo precedente. 3º.- AUTORIZAR, a la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de La Esperanza la implementación de un Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la adquisición de los insumos alimenticios para el Pro- grama del Vaso de Leche, debiendo al efecto formular las bases del caso. 4º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución de Concejo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas, Contraloría General de la República; a la Dirección Municipal y a las Unidades de Planificación y Presupuesto, Asesoría Jurídica, Abastecimiento y Servicios Generales, Contabilidad y de Tesorería de la Municipalidad Distrital de La Esperanza; la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NAMOC MEDINA Alcalde (e) 22563