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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (28/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 202040 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de abril de 2001 Confirman en todos sus extremos reso- lución del Jurado Electoral Especial Lima Norte sobre nulidad de voto prefe- rencial para candidatos al Congreso de la República RESOLUCIÓN Nº 369-2001-JNE Lima, 27 de abril de 2001 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por la personera legal titular de la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría, doctora Ana María Fajardo Sanguinetti, en contra de la Resolución Nº 376-2001-JEELN de fecha 20 abril del año 2001, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte, que declara nula la votación preferencial de la referida organización en las actas alectorales de las mesas de sufragio Nºs. 053931 K y 207325 J; recurso que ha sido concedido y elevado por el Presidente del referido Jurado,y recibido el 25 de abril del presente año; Oído el informe oral en la audiencia pública de fecha 26 de abril del año 2001, de conformidad con el procedi- miento previsto en el Artículo 35º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 376-2001-JEELN, el Jurado Electoral Especial de Lima Norte ha declarado nula la votación preferencial de los candidatos al Con- greso de la República de la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría, correspondiente a las actas electora- les observadas por error material de las mesas de sufragio indicadas en el visto; al exceder la suma de los votos preferenciales de los candidatos al doble de la votación obtenida por la lista; Que cotejadas las actas observadas con las actas de garantía del Jurado Electoral Especial de Lima Norte y del Jurado Nacional de Elecciones, correspondientes a las mesas de sufragio Nºs. 053931 K y 207325 J, se constata que la suma de los votos preferenciales de la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría excede al doble de la votación para la lista de congresistas; Que habiéndose declarado la nulidad de la votación preferencial de la Alianza Electoral Cambio 90 - Nueva Mayoría respecto de las actas electorales señaladas en el considerando anterior, en cumplimiento de lo dis- puesto en numeral 6) del Artículo Primero de la Reso- lución Nº 206-2001-JNE, que establece que se anula la votación preferencial de todos los candidatos de una lista, si la suma total de votos preferenciales de los candidatos al Congreso de la República es mayor al doble de la votación obtenida por su correspondiente lista; El Jurado Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Único.- Confirmar la Resolución Nº 376- 2001-JEELN en todos sus extremos; y, disponer la inmediata devolución de los actuados al Jurado Electo- ral Especial de origen para el cómputo respectivo ante la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales competente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 22618UNIVERSIDADES Aprueban el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Universi- dad Nacional del Callao para el año 2001 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 805-00-R Callao, 29 de diciembre de 2000 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 531-2000-OASA recepcionado el 21 de diciembre de 2000 (Expediente Nº 6814-SG), por el cual el Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2001; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, tal como es en el presente caso; Que, la Oficina de Planificación mediante Proveído Nº 910-2000-OPLA recepcionado el 26 de diciembre de 2000, comunica que el presente plan se ha elaborado en concordancia con esta Oficina, encontrándose presu- puestados los costos que figuran en el presente docu- mento, sin embargo la ejecución de dicho gasto está sujeto al comportamiento de los ingresos de las Facul- tades y de la administración central; Estando a lo glosado; a la documentación susten- tatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Univer- sidad concordante con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- APROBAR, el PLAN ANUAL DE ADQUISI- CIONES Y CONTRATACIONES para el año 2001 de la Universidad Nacional del Callao, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a los Vicerrectores, Oficina de Planificación, Oficina de Au- ditoría Interna, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector Universidad Nacional del Callao 22564 COMISIÓN DE TARIFAS DE ENERGÍA Aprueban Factor de Balance de Poten- cia Coincidente en Horas de Punta a nivel de empresa, aplicable a sistemas eléctricos con demanda máxima ma- yor a 12 MW RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE TARIFAS DE ENERGÍA Nº 007-2001 P/CTE Lima, 27 de abril de 2001