Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2001 (30/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22675

El Concejo Distrital de Comas, en Sesion Extraordinaria de fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 09-99-C/MC de fecha 23.3.99 se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica (Incluye Relleno Sanitario), Parques y Jardines Publicos del distrito de Comas para el ano 1999, la que fue remitida con Oficio Nº 538-2000-A/ MC a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion; Que, con Ordenanza Nº 017-99-C/MC de fecha 15.7.99 se aprobo la recategorizacion de arbitrios de Servicios y Comercios senalados en la Ordenanza Nº 09-99-C/MC. Asimismo con Ordenanza Nº 005-2000-C/MC del 1.3.2000 se dispone mantener para el periodo 2000 la vigencia de las Tarifas de Arbitrios aprobadas por Ordenanza Nº09-99-C/ MC y modificatoria y, con Ordenanza Nº 028-2000-C/MC del 29.12.2000 se aprueba los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario para el periodo 2001; Que, con Oficio Nº 00140-01-SAT/04 de fecha 2.4.2001, el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA remite el requerimiento Nº 000025-2001-SAT/04 y los requerimientos Nº 0000672000-SAT/04 y Nº 0000687-2000-SAT/04 mediante Oficios Nº 556-00-SAT/04 y 557-00-SAT/04 respectivamente de fecha 12.10.2000 solicitando la subsanacion de Observaciones a la Ordenanza Nº 09-99-C/MC, Ordenanza Nº 017-99C/MC, y Nº 028-2000-C/MC para continuar con el procedimiento de ratificacion de las citadas normas. Que, mediante Informe Nº 130-01-OAT/MC de fecha 18.4.2001 la Oficina de Administracion Tributaria conjuntamente con la Oficina de Planificacion y Presupuesto elevan la Propuesta Tecnica de Modificacion de la Ordenanza Nº 09-99-C/MC levantando las Observaciones planteadas por el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la misma que se ajusta a Ley, de acuerdo al Informe Nº 281-2001-AL/MC de fecha 25.4.2001 de la Oficina de Asesoria Legal; y, Que, las Comisiones de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas y, de Asuntos Legales han dictaminado por UNANIMIDAD el levantamiento de las Observaciones, en base al Informe referido en el Considerando que antecede, via la Ordenanza respectiva; y, De conformidad con los incisos 3) y 4) del Articulo Nº 10 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Pleno del Concejo, sin nungun MORDAZA en contra, por MAYORIA aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Modifiquese los Articulos Nº 2, 5 y 12 de la Ordenanza Nº 09-99-C/MC, conforme a lo siguiente: Articulo 2º.- Del Contribuyente Son contribuyentes de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero usa el predio bajo cualquier titulo. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirira la calidad de contribuyente el poseedor del predio. Asimismo son contribuyentes las personas naturales debidamente autorizadas que MORDAZA uso de area publica establecida por la Municipalidad para realizar actividad de comercio ambulatorio. Articulo 5º.- Periodicidad y Determinacion Los Arbitrios de Limpieza Publica (incluye Relleno Sanitario) Parques y Jardines Publicos son de periodicidad mensual, estando facultada la Administracion Tributaria a cobrar dichos arbitrios por periodos trimestrales. Para el caso excepcional de ambulantes que utilicen areas de uso publico la periodicidad de pago es diaria. Articulo 12º.- Criterios de Determinacion Para determinar el monto de los Arbitrios regulados por la presente Ordenanza, se tomara en consideracion el costo total de los servicios a prestar, el mismo que se distribuira entre todos los contribuyentes aplicando los criterios siguientes:

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Prorrogan vigencia de beneficio de condonacion de moras e intereses por deudas tributarias y administrativas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2001/MDCH Chorrillos, 27 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, en virtud a la Ordenanza que regula el Beneficio de Condonacion de Deudas Tributarias y Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 020-MDCH, se concede dicho beneficio a todos los contribuyentes del distrito; Que, segun el Articulo 5º de la Ordenanza mencionada en el considerando precedente, se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda ampliar, reglamentar y dictar medidas complementarias para el cumplimiento de los alcances de dicha ordenanza; Que, atendiendo a las diversas solicitudes de los innumerables contribuyentes que desean se prorroguen las fechas de pago de dichos beneficios, a fin de ponerse al dia en sus deudas tributarias y administrativas contraidas con el Municipio; y, Estando a lo MORDAZA expuesto, en virtud a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, y en ejercicio de las atribuciones conferidas al MORDAZA conforme lo dispone el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR, el plazo de vigencia del Beneficio para condonar las moras e intereses de Deudas Tributarias y Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 020-MDCH, el cual se entendera vigente hasta el 31 de MORDAZA del 2001. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Administracion, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoria Coactiva y a la Unidad de Informatica, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 22642

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican ordenanza que aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos
ORDENANZA Nº 10-2001-C/MC Comas, 25 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

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