Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2001 (30/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 202096
EMBARCACION TN INTERN. CAPAC. ALMAC. (M3)

NORMAS LEGALES
CAPAC. INSTAL. (t/dia) INDICAT. INTERN. SISTEMA DE PRESERV.

MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2001
ARTE DE PESCA VIGENCIA PERMISO DE PESCA Y LIC. DE OPERAC. CONG. 26.04.2001 25.05.2001

HAMAZEN MARU Nº 68

357

1,161.13

83

JIDF

CONGELADO

POTERA

Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el articulo precedente esta sujeto al Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumidos conforme a las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 080-2001-PE que establecen el regimen especial y la prorroga, respectivamente, para la extraccion comercial del calamar gigante o pota. Articulo 3º.- GYOREN DEL PERU S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto, asi como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminacion marina. Articulo 4º.- La eficacia de la presente resolucion y el inicio de las operaciones de pesca y procesamiento pesque-

ro a bordo de la embarcacion pesquera calamarera citada en el Articulo 1º de la presente resolucion, esta condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y de la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 22607

Prorrogan permisos de pesca otorgados a Siete Mares S.A.C. para operar embarcaciones de bandera japonesa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 045-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2001 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE00177003, del 20 de MORDAZA del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 272-2000-PE/ DNE, de fecha 24 de noviembre del 2000, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/DNE, 0192001-PE/DNE, 069-2001-PE/DNE, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001-PE/DNEPP y 026-2001-PE/DNEPP de fechas 29 de diciembre del 2000, 29 de enero, 2, 23 y 30 de marzo y 10 de MORDAZA del 2001, se otorgo el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "KAIYO MARU Nº 30", de 335 de Tonelaje Neto, 1,042.72 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 30 de MORDAZA del 2001; Que mediante Resolucion Directoral Nº 066-2001-PE/ DNE, de fecha 28 de febrero del 2001, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/DNEPP y 0262001-PE/DNEPP de fechas 30 de marzo y 10 de MORDAZA del 2001, se otorgo el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "KAIYO MARU Nº 15", de 323 de Tonelaje Neto, 1,077.00 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, con vigencia hasta el 30 de MORDAZA del 2001; Que mediante Resolucion Directoral Nº 130-2000-PE/ DNPP, del 20 de diciembre del 2000, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 018-2001-PE/DNPP, 0472001-PE/DNPP, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001-PE/DNEPP y 026-2001-PE/DNEPP de fechas 18 de enero, 15 de febrero, 23 y 30 de marzo y 10 de MORDAZA del 2001 se otorgo a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operacion de la planta de congelado a bordo de la embarcacion pesquera de bandera japonesa

"KAIYO MARU Nº 30", con la capacidad instalada de 54 t/ dia; Que mediante Resolucion Directoral Nº 005-2001-PE/ DNEPP, del 23 de marzo del 2001, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/DNEPP y 0262001-PE/DNEPP de fechas 30 de marzo y 10 de MORDAZA del 2001 se otorgo a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operacion de la planta de congelado a bordo de la embarcacion pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 15", con la capacidad instalada de 22 t/dia; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita la prorroga de los permisos de pesca indicados en el primer y MORDAZA considerandos por quince (15) dias, del 1 al 15 de MORDAZA del 2001 y la ampliacion del plazo de vigencia de las licencias de operacion de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones pesqueras "KAIYO MARU Nº 30" y "KAIYO MARU Nº 15" hasta el vencimiento de los permisos de pesca solicitados, conforme a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 106-2001-PE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000PE, 332-2000-PE y 080-2001-PE, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar a favor de SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 30" con Indicativo Internacional J M W O, otorgado por Resolucion Directoral Nº 272-2000-PE/DNE, prorrogado por las Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/DNE, 019-2001PE/DNE, 069-2001-PE/DNE, 004-2001-PE/DNEPP, 0102001-PE/DNEPP y 026-2001-PE/DNEPP, asi como el permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "KAIYO MARU Nº 15" con indicativo interna-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.