Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2001 (30/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 202101

total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075-2000 senalan que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, debera adjuntarse a la solicitud de prorroga una valuacion del bien efectuada por un perito inscrito en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV), caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitucion de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicacion o recuperacion de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-039-OT-2001 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Internacional del Peru debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca
ANEXO BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
MORDAZA de Bien Descripcion/Ubicacion Fecha de Valor en Libros Prorroga de Adjudicacion (En Nuevos Soles) Tenencia

tillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 006-2001ORLC/JE-R.MART. del 25 de MORDAZA del 2001, emitido por el Registro de Martilleros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, el recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva hasta por una y media Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, mediante el deposito administrativo Nº 2001000302035 del Banco de la Nacion; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95-SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a don MORDAZA NASSIF MORDAZA MORDAZA, para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel Nacional, con sujecion a las Leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 22599 RESOLUCION JEFATURAL Nº 681-2001-ORLC/JE MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 Visto el expediente organizado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SOBREVILLA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 0072001-ORLC/JE-R.MART. del 25 de MORDAZA del 2001, emitido por el Registro de Martilleros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, la recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva hasta por una y media Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a favor de la

Inmueble MORDAZA Nº 3 Mz. B Lote Nº 15 Urb. Mariscal Luzuriaga Distrito MORDAZA Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Terreno MORDAZA MORDAZA Nº 300 Sub-tablada Nº 2 MORDAZA Alto, distrito de Cayma, departamento de Arequipa.

2000.5.15

S/. 41 272,24

2001.11.15

2000.5.25

S/. 372 353,24

2001.11.25

22598

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de martillero publico a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 680-2001-ORLC/JE MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 Visto el expediente organizado por don MORDAZA NASSIF MORDAZA MORDAZA, sobre obtencion del titulo de Mar-

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