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Pág. 208147 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de agosto de 2001 Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu- ye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 28406 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1162-2001-ORLC/JE Lima, 26 de julio de 2001 Visto el expediente organizado por don JOSE DI BE- LLO DORIA, sobre obtención del título de Martillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 014-2001-ORLC/ JE-R.MART. del 24 de julio del 2001; emitido por el Registro de Martilleros Públicos; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Único de Proce- dimientos Administrativos de la SUNARP y de sus órga- nos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolu- ción Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Martillero Público a nivel nacional, según se desprende de la documentación que acompaña su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolu- ción Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolu- ción Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las mo- dalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha optado por otorgar garantía efectiva hasta por una y media Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao, mediante depósito administrativo Nº 2001005801675 del Banco de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti- nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua- lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolu- ción del Superintendente Nacional de los Registros Públi- cos Nº 131-96- SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a don JOSE DI BELLO DORIA, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel Nacional durante el Segundo Semestre del año 2001, con sujeción a las Leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu- ye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 28407SUNARP Aprueban Directiva que regula linea- mientos para una efectiva defensa del usuario RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 187-2001-SUNARP/SN Lima, 17 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, fue- ron creados mediante Ley Nº 26366, con el objeto de dictar las políticas y normas técnico-administrativas de los Re- gistros Públicos que integran el Sistema Nacional; Que, una de las políticas de la SUNARP, es adoptar las medidas que faciliten la accesibilidad de los servicios en los Organos Desconcentrados, permitiendo que los usua- rios reciban un trato cordial, personalizado, ágil y eficien- te y que sean sus reclamos atendidos oportunamente, previniendo situaciones de retrasos injustificados; Que, en ese sentido, resulta conveniente la aprobación de una Directiva que regule los lineamientos para una efectiva defensa del usuario; Que el Directorio de la SUNARP, en su sesión del 3 de julio del 2001, acordó por unanimidad aprobar la mencio- nada Directiva; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 7, literales l) y v), del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva N° 006-2001- SUNARP/SN, que regula los lineamientos para una efec- tiva defensa del usuario, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MORALES GODO Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e) DIRECTIVA N° 006-2001-SUNARP/SN LINEAMIENTOS PARA UNA EFECTIVA DEFENSA DEL USUARIO I. OBJETIVO Establecer políticas que permitan la defensa, así como el fortalecimiento de las actividades de orientación y atención al usuario, mediante el otorgamiento de asesoría profesional directa y especializada de los servicios que brindan las Oficinas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos. II. BASE LEGAL • Ley N° 26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos. • Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 95-JUS. III. CONTENIDO Artículo Primero.- POLÍTICA DE SERVICIO Es política del Sector Justicia, de la SUNARP y de sus Organos Desconcentrados, adoptar permanentemente medidas para que los servicios sean cada vez más accesi- bles a todos los usuarios, y asimismo, que éstos reciban un trato cordial, amable, personalizado, ágil, eficiente y con- fiable, recogiendo y atendiendo sus inquietudes, dando solución a sus reclamos y previniendo situaciones de retrasos injustificados en la atención al público. Todo ello, a fin de lograr una mejor calidad en el servicio y satisfacer