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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (02/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 208142 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, en el citado seminario se desarrollarán temas de importancia vinculados a las actividades de este Orga- nismo de control, orientados principalmente a revisar y analizar los principios básicos para la administración de una resolución eficiente, la aplicación de acciones correc- tivas oportunas, los poderes centrales para la recepción de una entidad en proceso de reestructuración, los roles de las diferentes autoridades financieras, la administración de activos, los tipos de procedimientos de resolución, así como permitirá analizar casos prácticos de cómo enfrentar la crisis en una entidad bancaria, entre otros; Que, el señor Michel Canta Terreros, Jefe del Depar- tamento de Investigación de la Gerencia de Estudios Económicos, ha sido designado por esta Superintendencia para participar en el referido evento; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado con Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mi- chel Canta Terreros, Jefe del Departamento de Investiga- ción de la Gerencia de Estudios Económicos, a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 5 al 11 de agosto de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Super- intendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 395,30 Viáticos 1 200,00 Tarifa CORPAC 25,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua- na de cualquier clase o denominación a favor del funciona- rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 28459 CONASEV Aprueban renovación de trámite anticipado correspondiente a la oferta pública primaria de valores represen- tativos de deuda de COFIDE RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 085-2001-EF/94.11 Lima, 26 de julio de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 99/00294 presentado por la Corpora- ción Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE y el Memo- rándum Nº 158-2001-EF/94.45 de fecha 26 de julio de 2001 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, con fecha 24 de mayo de 1999 la Junta General de Accionistas de COFIDE aprobó el primer programa deemisión de valores representativos de deuda, hasta por un monto máximo de setecientos millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 700 000 000,00), delegando al Directorio la facultad de determinar los términos, características y condiciones de las emisiones a ser realizadas en el marco de dicho programa de emisión así como decidir y acordar las características y condiciones de tales emisiones, pu- diendo delegar estas facultades a las personas u órganos de la Administración que estime conveniente; Que, en sesión de Directorio de COFIDE de fecha 25 de mayo de 1999 se designó un comité especial para que acuerde los términos, características y condiciones de todas las emisiones del primer programa de emisión de valores representativos de deuda de COFIDE aprobado por la Junta General de Accionistas de fecha 24 de mayo de 1999, autorizando a dicho comité a delegar a uno o más de sus miembros la facultad de suscribir todos y cada uno de los actos, contratos y demás documentos que estimen necesarios para llevar a cabo la emisión; Que, con fecha 4 de julio del 2001 la Junta General de Accionistas de COFIDE, aprobó la prórroga del plazo de vigencia del Primer Programa de Bonos COFIDE, y precisó que continúan vigentes el íntegro de las faculta- des delegadas al Directorio en la Junta General de Accionistas de COFIDE efectuada el 24 de mayo de 1999, así como las facultades que el Directorio delegó a su vez en el Comité Especial del Primer Programa de Bonos COFIDE, en su sesión de fecha 25 de mayo de 1999, indicando que éstas incluyen, entre otras, la posibilidad de delegar dichas atribuciones en las perso- nas u órganos de la Administración que el Comité Especial estime pertinentes; Que, asimismo en dicha Junta General de Accionistas, se acordó delegar en la Administración, a través de sus apoderados suficientes, la facultad de llevar a cabo todos los actos y suscribir todos los documentos públicos o privados que se requiera como consecuencia de la aproba- ción por parte de la Junta de la prórroga del plazo del Primer Programa de Bonos COFIDE; Que, en ejercicio de las facultades que le han sido concedidas el Sr. Mario Castillo Torres, Gerente General de COFIDE, ha solicitado a CONASEV la aprobación de la renovación del trámite anticipado correspondiente a la oferta pública primaria de bonos corporativos, y el regis- tro del segundo prospecto marco correspondiente al "Pri- mer Programa de Bonos COFIDE" en el Registro Público del Mercado de Valores, así mismo ha invocado se le reconozca la calidad de entidad calificada a efectos que su representada pueda acogerse a la opción contemplada en el numeral 1, literal b) del Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia- rios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10; Que, mediante Resolución SBS Nº 0618-99 de fecha 8 de julio de 1999, la Superintendencia de Banca y Seguros emitió opinión favorable respecto al programa a que se hace referencia en el considerando anterior; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro- bado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, en adelante el Reglamento, así como por las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211- 98-EF/94.11. De igual modo; se ha verificado que COFIDE cumple con los requisitos establecidos por el literal b) Artículo 3º del Reglamento para ser considerado como entidad calificada; Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, el Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o registro de prospectos, disponer el registro de los prospectos informa- tivos, así como la inscripción de programas de emisión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la renovación del trámite anticipado correspondiente a la oferta pública primaria de valores representativos de deuda de COFIDE, y disponer el registro del segundo prospecto marco infor- mativo correspondiente al primer programa de valores representativos de deuda de COFIDE, hasta por un monto máximo de setecientos millones y 00/100 Nuevos