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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (02/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 208140 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de agosto de 2001 la correspondiente licencia con goce de haber por capacita- ción. Artículo Segundo.- Los Fiscales participantes en el presente evento deberán remitir un informe al Instituto de Investigaciones del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortíz de Zevallos Roedel", en el plazo de 7 días hábiles posterio- res a la culminación del mismo, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de Apurímac, Puno y Cusco, y al Instituto de Investigaciones del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortíz de Zevallos Roedel", para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 28484 Autorizan participación de magistra- dos en el Curso - Taller "Capacitación Jurídica Integral", a realizarse en la ciudad de Cajamarca RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 698-2001-MP-FN Lima, 31 de julio de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, a través del Cuadro Anual de cursos elaborado por el Instituto de Investigaciones del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel", se aprueba la realización del Curso - Taller " CAPACITACION JURI- DICA INTEGRAL" , dirigido a Fiscales de los Distritos Judiciales de Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Piu- ra y Tumbes, a llevarse a cabo los días 14 al 17 de agosto del 2001, en el horario de 8:00 a.m. a 17:00 horas, en la ciudad de Cajamarca y estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de los señores Fiscales de los Distritos Judiciales de Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Piura y Tumbes, que a continuación se detalla como participantes en el Curso - Taller: "CAPACITACION JURIDICA INTE- GRAL" a llevarse a cabo en la ciudad de Cajamarca, los días 14 al 17 de agosto del 2001, en el horario de 8:00 a.m. a 17:00 horas, CAJAMARCA.- AGUILAR MEN- DOZA Narda Rosa, MANSILLA ADRIANZEN José, CONTRERAS SOLARI Domingo Alejandro, MOQUI- LLAZA APARCANA María del Carmen, ALDANA TE- LLO Elvira Rosa, CORNEJO CABILLA Juan Valerio, REYES CARRANZA Juan Enrique, SILVA ROSALES Jaime, CACHAY SALAZAR Carmen Marilú, LINARES CALDERON Juan Nelson, HERNANDEZ CHAVEZ Luisa Angélica, ALCANTARA VASQUEZ Ruperto Eu- genio, CASTILLO ESPEJO José Luis Miguel, VAS- QUEZ ARANA Jahre Stewear, HURTADO OCAÑA Ketty Verónica; LAMBAYEQUE.- PINTADO DELGADO Mercedes Ebila, INGA VEGA Eda Marcela, SALAS ACEVEDO Omar Harold, ESQUIVES SANCHEZ Ro- dolfo, VASQUEZ DIAZ María Esther del Carmen, ANA- YA RAMOS Betty Sulmi, RIOJA SIPION Miguel Angel; LA LIBERTAD.- GUAYLUPO CUSTODIO Virginia Isabel, MUÑOZ EGÚSQUIZA Rosmel Germán, TRE- LLES ROMERO Carlos Manuel, ORTECHO AGUIRRE Rocío Belú, DE GRACIA VELASQUEZ Gerardo Ger- mán, ESPINOZA DE LA CRUZ Abraham Edilberto, SEIJAS CISNEROS Sara Mercedes, CHANG CHANG Silvia Lucía; PIURA.- HERNANDEZ HERRERA Julia Ismenia, HUAYLINOS SILVA Heldy Angélica, VAN DRISS FIGUEROA Kurt César, RIOS MONTREUIL Jesús Edward, SOSAYA LOPEZ Manuel Rodolfo, VAR- GAS VALER Julio, VERA ZULOETA Manuel Urbano, CASTAÑEDA OTSU Guillermo Enrique, MUÑOZ DO- MENECH Carlos Enrique, PINARES VILLAFUERTE Carlos Manuel; TUMBES.- JIMENEZ LA ROSA Perú Valentín, FERNANDEZ ANDRADE Marcia Cleofé.Artículo Segundo.- Autorizar a los señores Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de Caja- marca, Lambayeque, La Libertad, Piura y Tumbes, a disponer la atención de los requerimientos que se presen- ten en los despachos de los Fiscales asistentes al presente evento los días 13 al 18 de agosto del 2001. Artículo Tercero.- Los gastos que origine la presen- te resolución serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Función 02 Justicia - Programa 002 Justicia - Subpro- grama 0021 Organización y Modernización Administra- tiva - Proyecto 2.00341 - Modernización de la Adminis- tración - 3.0245 Capacitación Integral con conocimiento de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos del Ministerio Público. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Piura y Tumbes, Gerencia Ejecutiva de Pro- yectos y al Instituto de Investigaciones del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel" y Geren- cia de la Oficina de Registro de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 28485 S B S Autorizan aumento de capital social y modificación del estatuto de la Empre- sa de Transferencia de Fondos Peru- vian Services Courier S.R.L. RESOLUCIÓN SBS Nº 555-2001 Lima, 24 de julio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La documentación presentada por la Empresa de Trans- ferencia de Fondos Peruvian Services Courier S.R.L., mediante la cual solicita autorización para aumentar su capital social vía conversión de obligaciones de la empresa en participaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de Junta General de Socios de fecha 12 de junio de 2001, se acordó el aumento de capital y modificación parcial del estatuto por ajuste por corrección monetaria por los ejercicios 1997, 1998 y 1999 por el valor de S/. 8 995, y por la capitalización de varios préstamos realizados por el señor Ricardo López Becerra, socio mayoritario de la empresa, por el valor de S/. 327 875; Que, el segundo párrafo del Artículo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General dispone que excepcionalmente y previa autorización de esta Superintendencia se puede aumentar el capital social mediante otras modalidades que autorice este Organismo; Que, en su solicitud la ETF informa que dichos présta- mos vienen siendo utilizados como capital de trabajo de la empresa para cubrir los descalces temporales entre la recepción de fondos del exterior y la entrega de éstos a los destinatarios; Que, de la revisión de la documentación que sustenta la solicitud de la Empresa de Transferencia de Fondos se establece que cumple con los requisitos y condiciones de acuerdo a ley; Contando con la opinión favorable del Intendente del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "F" y de las Superintendencias Adjunta de Banca y de Aseso- ría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 62º y 349º de la mencionada Ley General;