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Pág. 208144 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funcio- nes de elaboración de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89-VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-07-2001-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Areas Geográficas, correspondientes al mes de julio del 2001 y con la aprobación de la Comisión Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Pre- cios de la Construcción para las seis (6) Areas Geográficas, correspondientes al mes de julio del 2001, en la forma que a continuación se detalla: INDICE JULIO 2001 CODIGO 30 363,33 34 338,41 39 285,21 47 258,94 49 284,11 53 433,14 Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 28486 I N P E Conforman Comisión encargada de evaluar y concluir estudios técnicos para la construcción y operación del pabellón de internos que se encuen- tran recluidos en la Base Naval del Callao RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 876-2001-INPE-P Lima, 26 de julio de 2001 Vistos, los lineamientos generales de la propuesta integral para la construcción de un pabellón de máxima seguridad para los internos que actualmente se encuen- tran internados provisionalmente en el Centro de Reclu- sión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao, presentada al señor Ministro de Justicia por la Presiden- cia del Instituto Nacional Penitenciario el 11 de julio del 2001; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional Penitenciario es el Organis- mo Público Descentralizado del Sector Justicia, encargado de dirigir y controlar técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, asegurando una adecua- da política penitenciaria; Que, el Código de Ejecución Penal ha establecido que el interno ingresa al establecimiento penitenciario sólopor mandato judicial, en la forma prevista por la ley, y es ubicado en el Establecimiento que determina la Adminis- tración Penitenciaria, debiendo ocupar un ambiente ade- cuado, individual o colectivo, de acuerdo al tratamiento que le corresponda; Que, la permanencia de internos sentenciados y/o procesados en establecimientos militares debe ser resuel- to de acuerdo a las normas legales en la que se establece que el Instituto Nacional Penitenciario es el encargado de dirigir y controlar técnica y administrativamente el Siste- ma Penitenciario Nacional; Que, la institución no cuenta en la actualidad con las instalaciones, infraestructura, recursos humanos y siste- mas de seguridad que permitan afrontar a plenitud con las exigencias que plantea la reclusión de los internos que se encuentran actualmente en la Base Naval, razón por la que se hace necesaria la urgente construcción de un pabellón de máxima seguridad para los referidos internos en un establecimiento del Instituto Nacional Penitencia- rio; Que, la Marina de Guerra del Perú cuenta con impor- tante y valiosa experiencia e información en el diseño, construcción, operación y mantenimiento de estableci- mientos penitenciarios de máxima seguridad, la misma que puede ser utilizada en beneficio del Sistema Peni- tenciario Nacional; Que, para tal fin se requiere la conformación de una Comisión que se encargue de evaluar y proponer las alternativas para maximizar el uso de las instalaciones penitenciarias existentes que permita reducir tiempos, costos de inversión y de mantenimiento para la construc- ción de un pabellón de máxima seguridad; Contando con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 654 "Código de Ejecución Penal", Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y a las facultades conferi- das mediante Resolución Suprema Nº 089-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar la Comisión encargada de evaluar la situación actual y concluir los estudios técnicos para la construcción y operación de un pabellón de máxi- ma seguridad para los internos que actualmente se en- cuentran recluidos en el Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao, la misma que estará integrada de la siguiente manera: 1.CRNL. PNP ® MOISES HIRSH CARRILLO Vicepresidente del Instituto Nacional Penitenciario 2.Ing. CARLOS BUSTAMANTE JARA Asesor de la Presidencia del INPE 3.Arq. GUILLERMO OCHOA CORTEZ Director General de Infraestructura del INPE Artículo 2º.- En un plazo máximo de treinta (30) días la Comisión propondrá la ubicación del referido pabellón; el diseño y modalidad de su infraestructura; los roles que correspondería al Instituto Nacional Penitenciario, a la Policía Nacional del Perú y a la Marina de Guerra en el funcionamiento de este pabellón; la selección y capacita- ción del personal responsable de su administración y seguridad; el cronograma final de la ejecución de la obra; el costo referencial; y, otras que estime pertinente. Artículo 3º.- Distribuir copia de la presente Resolu- ción a las instancias pertinentes y a los integrantes de la Comisión para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Presidente 28477 Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INPE para el año 2001 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 877-2001-INPE-P Lima, 26 de julio de 2001