Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (06/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 208422 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 086-2001-INC/DN, de la Dirección Nacional y Memorándum Nº 171-2001- INC/DE, de la Dirección Ejecutiva, se requiere a la Gerencia Administrativa disponga la contratación del señor Luis Guillermo Lumbreras y de Dra. Amalia Graciela Castelli González, Diana María Guerra Chiri- nos y Alejandro Falconí Valdivia, respectivamente, funcionarios del INC, quienes cuentan con Resolucio- nes Directorales Nacionales de encargatura en sus cargos; Que, mediante Informes Nºs. 104 y 105-2001-INC/ GA-SGL, los mismos que dan cuenta que con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados institucionalmente, siendo necesario dar continuidad a los programas, proyectos, etc., de los diferentes órga- nos de la institución y estando vigentes las encargatu- ras de los funcionarios antes señalados, carece de objeto llevar a cabo un proceso de selección para la contratación de los servicios que vienen prestando dichos funcionarios; Que, por Informes Nºs. 142 y 143-2000-INC/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que existen los recursos económicos presupuestales para realizar los contratos de los directivos (funcionarios) de las diferentes Unidades Orgánicas, precisándose su afectación a nivel de metas presupuestarias; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso f) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisi- ciones de bienes y servicios cuando no admiten sustitu- tos; Que, mediante Informe Nº 530-2001-INC/GL, se establece que habiéndose determinado las contrata- ciones de los servicios que prestan los funcionarios encargados, mediante un acto administrativo (Reso- luciones Ministeriales y Resoluciones Directorales Nacionales) no se admiten sustitutos en tanto no sean designados en dichas funciones con las formalidades previstas en el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Legislativo Nº 560, razón por lo cual carece de objeto llevar a cabo los Procesos de Selección pertinentes y porque corresponde expedir previamente la Resolu- ción Directoral Nacional que exonere sus contratacio- nes de los Procesos de Selección; Estando a lo visado por la Gerencia Administrati- va, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado", el Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto del Sec- tor Público para el Año 2001", Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el Decreto Su- premo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la exoneración a los Procesos de Selección de Adjudicación Directa la Contratación de los funcionarios del Instituto Nacio- nal de Cultura, según se detalla en Anexo adjunto, los mismos que cuentan con encargaturas para el desempeño de sus respectivas funciones, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Adminis- trativa del Instituto Nacional de Cultura la contrata- ción de los funcionarios a que se contrae la presente Resolución, bajo la modalidad de Servicios No Perso- nales, mediante el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo 3º.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará a las metas Presupuestales y Cadena Funcional Programática del año 2001, cadena del Gasto 5.3.11.27, Fuente de Financiamiento según disponibilidad Presupuestal. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE GONZALEZ CARRE Director Nacional 28701 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 697/INC Lima, 25 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 064-2001-INC/DGPMH, la Directora General del Patrimonio Monumental e Histórico requiere a la Dirección Ejecutiva disponga la contratación, por Servicios No Personales, del arqui- tecto José Correa Orbegoso, desde el 1 de junio al 31 de diciembre del presente año; Que, por Informe Nº 101-2001-INC/GA-SGL, se da cuenta que con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados institucionalmente, es necesario dar continuidad a los programas, proyectos, etc., de los diferentes órganos de la Institución y estando vigente la designación como Coordinador, por parte del INC en la Ejecución de las obras de Restauración, en mérito a los Convenios suscritos entre el Gobierno Peruano y la Agencia Española de Cooperación Internacional, me- diante la Resolución Directoral Nacional Nº 454/INC, de fecha 23 de mayo del 2001, carece de objeto llevar a cabo un proceso de selección para la contratación de los servicios que viene prestando dicho servidor; Que, por Informe Nº 147-2001-INC/GPP, la Geren- cia de Planeamiento y Presupuesto señala que existen los recursos económicos presupuestales para realizar la contratación del servidor referido, precisándose su afectación a nivel de la Cadena Funcional Programáti- ca y Meta Presupuestaria determinada en el mismo; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone en el inciso f) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisi- ciones de bienes y servicios cuando no admiten sustitu- tos; Que, mediante Informe Nº 551-2001-INC/GL, se establece que en razón a que la contratación de los servicios materia del presente Informe deben reali- zarse con persona que cuenta con la encargatura correspondiente para el desempeño de su función, en tal virtud no admite sustituto, carece de objeto llevar a cabo el Proceso de Selección antes citado, corres- pondiendo expedirse previamente la Resolución Direc- toral Nacional que exonere su contratación del Proceso de Selección; Estando a lo visado por la Gerencia Administrati- va, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Legal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado", el Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto del Sec- tor Público para el Año 2001", Ley Nº 27427, Ley de