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Pág. 208455 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de agosto de 2001 Vista la solicitud de HELICÓPTEROS DEL CUSCO S.A., sobre Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Apo- yo a las actividades energéticas, pesqueras y de desarro- llo a la exploración y explotación de recursos naturales. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 516-96-MTC/ 15.12 del 10 de setiembre de 1996 se concedió a HELICÓP- TEROS DEL CUSCO S.A., Permiso de Operación para prestar Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial - Apoyo a las actividades energéticas, pesqueras y de desarro- llo a la exploración y explotación de recursos naturales (ahora denominado Trabajo Aéreo), por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del 29 de marzo de 1996; Que, HELICÓPTEROS DEL CUSCO S.A., en el pre- sente trámite de Renovación y Modificación de Permiso de Operación, solicita variar su material aeronáutico con el equipo MI-17-IV; Que, según los términos del Memorándum Nº 0107- 2001-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; Memorándum Nº 196-2001-MTC/15.16.06, emiti- do por la Dirección de Seguridad Aérea; Memorándum Nº 143-2001-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdirec- ción de Aeronavegabilidad; Memorándum Nº 180-2001- MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdirección de Opera- ciones; Constancia de Inscripción, emitida por la Oficina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; las Reglamentaciones señaladas en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; y las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura- das y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posterior- mente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa auto- rización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revo- car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo"; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; las Reglamentaciones establecidas en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; demás disposiciones legales vigentes; y con la opi- nión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a HELICÓPTEROS DEL CUSCO S.A., la Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Apoyo a las actividades energéticas, pesqueras y de desarrollo a la exploración y explotación de recursos naturales, por el plazo de cuatro (4) años, que se computarán a partir del 30 de marzo del 2001, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Ministe- rial Nº 516-96-MTC/15.12 del 10 de setiembre de 1996, estando sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Apoyo a las actividades energéticas, pesqueras y de desarrollo a la exploración y explotación de recursos naturales. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - MI 17-1V ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTOS: TUMBES Y PIURA - Piura. - Talara.- Tumbes. DEPARTAMENTOS: CAJAMARCA, AMAZONAS Y LAMBAYEQUE - Cajamarca / May. Gral. FAP Armando Revoredo I. - Ciro Alegría. - Chiclayo / Cap. FAP José Abelardo Quiñones. - Galilea. - Jaén / Shumba. - Nuevo El Valor. - Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Trujillo / Cap. FAP Carlos Martínez de Pinillos. - Pacasmayo. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote / Tnte. FAP Jaime A. De Montrevil. - Huascarán-Anta / Cmdt. FAP Germán Arias Grazzini. DEPARTAMENTO: LIMA - CALLAO - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez" DEPARTAMENTOS: ICA, AYACUCHO Y HUANCAVELICA - Ayacucho / Crnl. FAP Alfredo Mendivil. - Nasca. - Pisco. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa. - Chivay. - Huambo. DEPARTAMENTOS: MOQUEGUA, TACNA Y PUNO - Ilo. - Juliaca. - Tacna / Crnl. Carlos Ciriani. DEPARTAMENTOS: APURIMAC, CUSCO Y MADRE DE DIOS - Andahuaylas. - Camisea. - Cusco. - Iberia. - Iñapari. - Picha. - Patria. - Puerto Maldonado. - Quincemil. - Teresita / San Francisco. DEPARTAMENTOS: JUNIN, HUANUCO Y PASCO - Huánuco Nuevo / Alf. FAP David Figueroa Fernandini. - Jauja. - Mazamari / Manuel Prado. - Tingo María. DEPARTAMENTO: SAN MARTIN - Juanjuí. - Moyobamba. - Rioja. - Tarapoto / Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes. - Tocache. DEPARTAMENTO: LORETO - Caballococha. - Contamana. - El Estrecho.