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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (08/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 208464 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de agosto de 2001 jo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Tacna - Moquegua, Fiscalía Suprema de Control Interno, Gerencia General del Mi- nisterio Público, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado para los fines pertinen- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 28803 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ma- dre de Dios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 726-2001-MP-FN Lima, 7 de agosto de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designa- ción del doctor Olger López Bustinza, como Fiscal Ad- junto Provincial Provisional de la Primera Fiscalía Pro- vincial Mixta de Tambopata, Distrito Judicial del Cusco- Madre de Dios, materia de la Resolución Nº 082-99-MP- CEMP, de fecha 4 de febrero de 1999. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Olger López Bustinza, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Madre de Dios, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta de Tambopata. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Madre de Dios, Gerencia General del Minis- terio Público, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 28804 S B S Aprueban contratación de consultor con experiencia en el sistema de segu- ros mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 577-2001 Lima, 2 de agosto de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las con- trataciones de servicios personalísimos están exone- radas de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa que les corres- pondan, procediendo su contratación mediante una Ad- judicación de Menor Cuantía;Que, el Artículo 111º del Reglamento de la precitada norma, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que son servicios personalísimos los contratos de locación de servicios celebrados con perso- nas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Memorándum Nº 150-2001-SAS del 11 de julio de 2001, la Superintendencia Adjunta de Seguros solicita la contratación de un Consultor con experiencia en el Sistema de Seguros a nivel gerencial en empresas de primer nivel y/o como consultor en el ámbito internacional; Que, mediante Informe Técnico Nº 014-2001-ISC e Informe Legal Nº 719-2001-LEG, el área solicitante y el Departamento Legal consideran que el señor Guillermo Martínez Barros reúne las características requeridas para la realización del servicio a contratarse debido a su expe- riencia y formación profesional, lo que constituyen caracte- rísticas inherentes a su persona que dan a sus servicios la calidad de servicios personalísimos. En tal sentido, se ha configurado la causal de exoneración prevista en el literal h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Por tanto de conformidad con lo dispuesto en el precitado cuerpo legal y su Reglamento, y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la contratación de los servicios personalísimos referidos en la parte considera- tiva de la presente Resolución y exonerar del proceso de Adjudicación Directa Selectiva y, consecuentemente au- torizar a la Superintendencia Adjunta de Administra- ción General a contratar el indicado servicio mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- El valor total del servicio, as- ciende a la suma de US$ 23 661,97 (Veintitrés mil seiscientos sesentiuno y 97/100 Dólares Americanos), que incluye todo concepto, gastos y/o tributos a que hubiera lugar; dicho pago, según lo señalado en el Artí- culo 11º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, cuya fuente de financiamiento son re- cursos propios de la institución. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintenden- cia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y de los Informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la Repúbli- ca dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 28750 ADUANAS Fijan factores de conversión moneta- ria a utilizarse en la declaración de la base imponible en ADUANAS RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADL/2001-000134 Callao, 2 de agosto del 2001 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Art. 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. Nº 121-