Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2001 (08/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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96-EF, senala que para efectos de la Declaracion de la base imponible los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America. De igual modo, refiere que los valores expresados en otras monedas extranjeras se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, debiendo ADUANAS establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion dichos factores; Que, en este sentido resulta necesario actualizar los valores establecidos con la R.I.N. Nº 000 ADR/000120 del 17.7.2001, asumiendo en ADUANAS los factores de conversion fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; De conformidad a las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 00001797 del 9.1.97, estando al Informe Nº 004-97-ADUANASINRA-GCRC-DC del 15.1.97; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FIJAR, a partir del dia siguiente de publicacion de la presente, los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible en ADUANAS, segun se detalla a continuacion: MORDAZA Alemania R.F. de MORDAZA Australia Austria Barbados Belgica Bolivia Brasil Canada Colombia Corea MORDAZA Dinamarca Ecuador Espana Fiji Finlandia MORDAZA MORDAZA Holanda Hong MORDAZA MORDAZA Indonesia Inglaterra MORDAZA Italia Japon Kuwait Malasia Mexico Noruega Nueva Zelandia Panama Pakistan MORDAZA MORDAZA Rusia Singapur MORDAZA Suecia Sudafrica, Republica de Suiza Taiwan Tailandia Uruguay Venezuela Comunidad MORDAZA Union Europea MONEDA EQUIVALENTE EN US$ 0.450918 1.001001 0.518300 0.064103 0.502513 0.021863 0.150331 0.400802 0.650957 0.000436 0.000777 0.001475 0.118329 0.000040 0.005300 0.432400 0.147820 0.134445 0.002579 0.400192 0.128370 0.021249 0.000104 1.434400 0.237643 0.000455 0.008028 3.259452 0.263227 0.108613 0.109987 0.414300 1.000000 0.015662 0.000235 0.004399 0.034090 0.554477 0.018699 0.094913 0.121386 0.583942 0.028843 0.021877 0.075358 0.001376 1.000000 0.881400

Registrese, comuniquese y publiquese, archivense los actuados en la Intendencia Nacional de Administracion y Recaudacion Aduanera. MORDAZA OCHARAN MORDAZA Intendente Nacional de Administracion y Recaudacion Aduanera 28791

INACC
Disponen la publicacion de la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 2001
SECTOR ENERGIA Y MINAS INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 00788-2001-INACC/J MORDAZA, 3 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de marzo de 2001, se denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Publico Descentralizado del Sector Energia y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, administracion de Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el Articulo 5º de la MORDAZA legal MORDAZA citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 2001, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 01892-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Jefe Institucional 28757

MORDAZA Peso Dolar Australiano Chelin Austriaco Dolar de Barbados MORDAZA Belga Boliviano Real Dolar Canadiense Peso Won Peso MORDAZA Sucre Peseta Dolar de Fiji MORDAZA Fines (Markka) MORDAZA Dracma Florin Dolar Rupia Rupia Libra Esterlina MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yen Dinar de Kuwait Dolar Malasio O Ringgit MORDAZA Peso MORDAZA Dolar Neozelandes Balboa Rupia Paquistani Guarani Escudo Rublo Dolar de Singapur Libra MORDAZA MORDAZA Rand MORDAZA Suizo MORDAZA Dolar de Taiwan Baht Peso MORDAZA Peso MORDAZA MORDAZA

Articulo Segundo.- La presente Resolucion tendra vigencia hasta la fecha de publicacion de su modificatoria.

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