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Pág. 208459 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de agosto de 2001 correspondiente, para las acciones administrativas a que hubiera lugar. En los casos que corresponda, la licencia será devuelta al conductor, previo pago de la multa correspondiente y/o previa subsanación del moti- vo de la infracción. DEBE DECIR: La Licencia retenida deberá ser remitida, en el térmi- no de veinticuatro (24) horas de impuesta la papeleta, a la Autoridad competente correspondiente, para las ac- ciones administrativas a que hubiera lugar. En los casos que corresponda, la licencia será devuelta al conduc- tor, previo pago de la multa correspondiente y/o previa subsanación del motivo de la infracción. 28823 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 034-2001-MTC Mediante Oficio Nº 1700-2001-MTC/15.05 el Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción solicita se publique Fe de Erratas del Regla- mento Nacional de Vehículos, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 034-2001-MTC, publicado en nuestra edición del día 25 de julio de 2001, en la página 207439. En el Artículo 6º DICE: Omnibus.- Vehículo autopropulsado, diseñado y cons- truido exclusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje, debe tener un peso seco no menor de 4,000 kg. DEBE DECIR: Omnibus.- Vehículo autopropulsado, diseñado y construido exclusivamente para el transporte de pasaje- ros y equipaje, debe tener un peso seco no menor de 3,100 kg. En el Artículo 28º DICE: 20. Omnibus Vehículo autopropulsado, diseñado y construido ex- clusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje. Debe tener un peso seco no menor de 4,000 k. y un peso bruto vehicular superior a los 12,000 k. DEBE DECIR: 20. Omnibus Vehículo autopropulsado, diseñado y construido ex- clusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje. Debe tener un peso seco no menor de 3,100 kg. 28824 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 240-2001-P-CSJL/PJ Lima, 6 de agosto del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa número doscientos treintiocho - dos mil uno - P - CSJL/PJ defecha tres de agosto del año en curso se dispuso la designación de la doctora Carmen del Pilar Díaz Vás- quez como Juez Suplente del Cuarto Juzgado Especiali- zado de Derecho Público de Lima; Que, a la fecha la doctora Díaz Vásquez venía desem- peñando el cargo de Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Corporativo de los Juzgados de Villa María del Triunfo, motivo por el cual resulta necesaria la designación del profesional especializado en Derecho que asumirá las funciones jurisdiccionales propias del Juzgado antes mencionado; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, por lo que asume competencia admi- nistrativa, dictando las medidas más apropiadas para que los órganos jurisdiccionales puedan funcionar de manera efectiva y eficiente, orientado a brindar un mejor servicio de administración de Justicia en beneficio de los justiciables y la colectividad en general; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora JENNY GIOVANA PALACIOS PAREDES, alumna discente de la Academia de la Magistratura, como Juez Suplente del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo, a partir del 7 de agosto del año en curso, estando a la promoción de la doctora Carmen del Pilar Díaz Vásquez. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Geren- cia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y del magistrado designado para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 28800 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2001 RESOLUCIÓN Nº 068-2001-P-CNM San Isidro, 3 de agosto de 2001 Visto el Informe Nº 075-2001-GAF-CNM, de la Ge- rencia de Administración y Finanzas, sobre el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de la Magistratura; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las entidades del Sector Público deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que pre- vea el tipo de bienes, servicios y obras que requerirán durante el ejercicio presupuestal, el mismo que debe ser aprobado por la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, el Artículo 6º del Reglamento de la referida Ley aprobada por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta-