Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2001 (08/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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correspondiente, para las acciones administrativas a que hubiera lugar. En los casos que corresponda, la licencia sera devuelta al conductor, previo pago de la multa correspondiente y/o previa subsanacion del motivo de la infraccion. DEBE DECIR: La Licencia retenida debera ser remitida, en el termino de veinticuatro (24) horas de impuesta la papeleta, a la Autoridad competente correspondiente, para las acciones administrativas a que hubiera lugar. En los casos que corresponda, la licencia sera devuelta al conductor, previo pago de la multa correspondiente y/o previa subsanacion del motivo de la infraccion. 28823 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 034-2001-MTC Mediante Oficio Nº 1700-2001-MTC/15.05 el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion solicita se publique Fe de Erratas del Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC, publicado en nuestra edicion del dia 25 de MORDAZA de 2001, en la pagina 207439. En el Articulo 6º DICE: Omnibus.- Vehiculo autopropulsado, disenado y construido exclusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje, debe tener un peso seco no menor de 4,000 kg. DEBE DECIR: Omnibus.- Vehiculo autopropulsado, disenado y construido exclusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje, debe tener un peso seco no menor de 3,100 kg. En el Articulo 28º DICE: 20. Omnibus Vehiculo autopropulsado, disenado y construido exclusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje. Debe tener un peso seco no menor de 4,000 k. y un peso MORDAZA vehicular superior a los 12,000 k. DEBE DECIR: 20. Omnibus Vehiculo autopropulsado, disenado y construido exclusivamente para el transporte de pasajeros y equipaje. Debe tener un peso seco no menor de 3,100 kg. 28824

fecha tres de agosto del ano en curso se dispuso la designacion de la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado Especializado de Derecho Publico de Lima; Que, a la fecha la doctora MORDAZA MORDAZA venia desempenando el cargo de Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Modulo Corporativo de los Juzgados de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, motivo por el cual resulta necesaria la designacion del profesional especializado en Derecho que asumira las funciones jurisdiccionales propias del Juzgado MORDAZA mencionado; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, por lo que asume competencia administrativa, dictando las medidas mas apropiadas para que los organos jurisdiccionales puedan funcionar de manera efectiva y eficiente, orientado a brindar un mejor servicio de administracion de Justicia en beneficio de los justiciables y la colectividad en general; Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA GIOVANA MORDAZA MORDAZA, alumna discente de la Academia de la Magistratura, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, a partir del 7 de agosto del ano en curso, estando a la promocion de la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Vasquez. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion y del magistrado designado para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 28800

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2001
RESOLUCION Nº 068-2001-P-CNM San MORDAZA, 3 de agosto de 2001 Visto el Informe Nº 075-2001-GAF-CNM, de la Gerencia de Administracion y Finanzas, sobre el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de la Magistratura; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las entidades del Sector Publico deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el MORDAZA de bienes, servicios y obras que requeriran durante el ejercicio presupuestal, el mismo que debe ser aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Que, el Articulo 6º del Reglamento de la referida Ley aprobada por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, esta-

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Triunfo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 240-2001-P-CSJL/PJ MORDAZA, 6 de agosto del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa numero doscientos treintiocho - dos mil uno - P - CSJL/PJ de

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