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Pág. 208460 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de agosto de 2001 blece que el Plan Anual deberá contener las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas que se realicen en el año fiscal, con sus especificaciones técnicas, valor estimado y fechas probables de convoca- toria; De acuerdo a las atribuciones establecidas en el Artículo 37º de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Conse- jo Nacional de la Magistratura; Con las visaciones del Gerente de Administración y Finanzas y el Gerente de Asuntos Legales del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Consejo Nacional de la Magistratura, para el ejercicio presupuestal 2001, el mismo que en anexo se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción y Finanzas para la publicación de la presente Reso- lución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su expedición, la remisión del citado Plan Anual, en igual plazo, al Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CON- SUCODE). Artículo 3º.- Disponer que el Plan aprobado en el Artículo 1º de la presente Resolución, sea puesto a disposición de los interesados por la Subgerencia de Logística, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE A. ANGULO IBERICO Presidente 28773 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador intervenir en acciones iniciadas contra presuntos responsables de la comisión de deli- tos en agravio de la Municipalidad Pro- vincial de Churcampa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 128-2001-CG Lima, 6 de agosto de 2001 Visto, el Informe Especial Nº 031-2001-CG/SHU re- sultante del Examen Especial practicado a la Munici- palidad Provincial de Churcampa - Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante oficio remitido por el Juzgado Mixto de la provincia de Churcampa, este Organismo Superior de Control tomó conocimiento del proceso penal tramita- do contra el ex Alcalde de la Municipalidad Provincial de Churcampa y otros, en agravio de dicha comuna, en el mismo que se dedujo una cuestión previa a fin que la Contraloría General de la República realice un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Churcampa, departamento de Huancavelica, acción de control que fue debidamente programada en el Plan Anual de Audi- toría de la Sede Regional de Auditoría Huancayo, a fin de atender el pedido formulado por el Juzgado; Que, como consecuencia de la acción de control se ha emitido el Informe Especial Nº 031-2001-CG/SHU, el cual revela el resultado de la verificación de la adminis- tración y utilización de los recursos financieros captados y ejecutados por la Municipalidad, respecto a la normati- va aplicable y en función a los planes y programas de la entidad edil; así como la verificación de la veracidad y consistencia de los hechos denunciados;Que, de la evaluación a los recursos obtenidos a través de endeudamiento interno se ha determinado que durante el ejercicio presupuestario 1993 se solicitó un préstamo al Banco de la Nación por una suma ascenden- te a S/. 120 000,00, nuevos soles, el cual estaba destinado a financiar la ejecución de las obras "Construcción del Mercado de Abastos" y "Complejo Recreacional El Cho- rro" y que finalmente fue ejecutado en fines distintos a lo previsto en un monto de S/. 105 157,50 nuevos soles; hechos que constituyen indicios razonables de presunta comisión del Delito de Peculado, en la modalidad de Malversación de Fondos, previsto y penado en el Artícu- lo 389º del Código Penal; Que, de la revisión de la documentación relacionada con el pago de remuneraciones y dietas de las autorida- des de la Municipalidad, correspondiente al ejercicio presupuestario 1993, se ha determinado que se ha efec- tuado el cobro de remuneraciones y dietas en forma simultánea durante los meses de marzo, abril y mayo de 1993 contraviniendo la normativa vigente para dicho ejercicio presupuestario; hechos que constituyen indi- cios razonables de presunta comisión del Delito de Pecu- lado, previsto y penado en el Artículo 387º del Código Penal; Que, de la revisión selectiva efectuada a los formatos denominados "Comprobantes de Pago" que obran en los archivos de la Municipalidad Provincial correspondien- tes al ejercicio 1993, se ha determinado que se han otorgado montos por la suma de S/. 14 310,00 como anticipos a rendir cuenta, los cuales carecen de docu- mentación sustentatoria del gasto o se han regularizado con documentación deficiente, hechos que constituyen indicios razonables de presunta comisión del Delito de Peculado, previsto y penado en el Artículo 387º del Código Penal; Que, dicho Informe debe ser puesto en conocimiento del Juzgado Mixto de la provincia de Churcampa confor- me a lo solicitado, así como resulta necesario autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judicia- les de la Contraloría General de la República, para que intervenga e impulse las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el Artículo 19º, inciso f) del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control y el Decreto Ley Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, intervenga e impulse las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiéndole para el efecto los antecedentes correspondientes. Artículo Segundo.- Disponer la remisión del Infor- me Especial de Vistos al Juzgado Mixto de la provincia de Churcampa, en cumplimiento a lo solicitado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 28802 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Aprueban el Informe Defensorial Nº 59 "Plazo para la interposición de recla- mos de usuarios en el servicio público de telecomunicaciones" RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 031-2001/DP Lima, 7 de agosto de 2001