Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2001 (08/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2001 ACORDO:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 09-99-C/MC de fecha 23 de marzo de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA del mismo ano y sus modificatorias la Ordenanza Nº 10-2001-C/MC de 25 de MORDAZA de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 del mismo mes y ano y la Ordenanza Nº 142001-C/MC de 25 de MORDAZA de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de junio del mismo ano, de la Municipalidad Distrital de COMAS que regulan los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos para el Ejercicio 1999 en su jurisdiccion. Articulo Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipalidad Distrital de COMAS, que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el numero cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referencia de ano, conforme establece la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 28766

cion de Transportes, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 033, 034 y 040-2001-MTC, respectivamente, y se ha prepublicado el dia 5 de agosto de 2001 en el Diario Oficial El Peruano, el Reglamento de Transporte Ferroviario Urbano; que no senalan dicho regimen especial; Que, la Ley Nº 27181, establece una politica basada en la libre competencia con un rol del Estado claramente definido, esta politica no se refleja en los reglamentos aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 033, 034 y 0402001-MTC y en el Reglamento de Transporte Ferroviario Urbano; consecuentemente, la posibilidad de un importante cambio en el ambito del transporte y MORDAZA, sera practicamente imposible, en tanto no existen las garantias juridicas suficientes para promover la inversion privada y el rol que el Estado debe desempenar queda desvirtuado con los textos legales recientemente aprobados; Que, siendo asi, se hace evidente la necesidad de modificar la reglamentacion correspondiente a fin de que las Municipalidades Provinciales en general, y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en particular, puedan contar con las atribuciones suficientes que favorezcan la formalizacion, la regulacion, la organizacion y el control del servicio de transporte MORDAZA e interurbano de pasajeros en el ambito de su competencia, para lo cual se evidencia necesario suspender su vigencia; De conformidad con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Articulo 1º.- Solicitar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion la suspension de la vigencia del Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, del Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC, y del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, y la restitucion de la vigencia de las normas derogadas en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC y el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, y la suspension de la aprobacion y publicacion del Reglamento de Transporte Ferroviario MORDAZA, hasta que se apruebe la modificacion de los referidos reglamentos. Articulo 2º.- Proponer al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, textos alternativos a los Reglamentos Nacionales de MORDAZA, de Vehiculos y de Administracion de Transportes, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 033, 034 y 040-2001MTC y del Reglamento de Transporte Ferroviario MORDAZA, para su modificacion. Articulo 3º.- Reglamentar provisionalmente la imposicion y cobranza de papeletas y sanciones por infracciones al MORDAZA y al transporte dentro de la provincia de MORDAZA, hasta que se emitan las Ordenanzas integrales sobre transporte colectivo, circulacion y MORDAZA dentro de la provincia de MORDAZA, que sustituyan las actualmente vigentes o MORDAZA suspendidos los Decretos Supremos Nºs. 33, 34, 40-2001-MTC. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 28808

Solicitan suspension de vigencia de Reglamentos Nacionales de MORDAZA, de Vehiculos y de Administracion de Transportes, y proponen textos alternativos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 250 MORDAZA, 6 de agosto de 2001 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ha suscrito un Convenio de Cooperacion Interinstitucional y de Ratificacion de Competencias con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en Materia de Desarrollo MORDAZA, Transporte y Vivienda, con fecha 19 de febrero de 2001; Que, dentro del MORDAZA del Convenio MORDAZA referido, es necesario que se expidan disposiciones determinadas a restablecer las competencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en materia de transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, tal como reconoce la propia Ley Organica de Municipalidades, en sus Articulos 134º y 136º, en concordancia con los Articulos 10º, 65º y 69º; Que, efectivamente, el Art. 10º de la Ley Organica de Municipalidades, entre otras competencias, dispone la competencia de la Municipalidad para regular el transporte colectivo, la circulacion y el MORDAZA, atribucion de caracter irrenunciable e indelegable, tal como lo estipula el Art. 56º del mismo cuerpo normativo, y en su Articulo 69º inciso 1), senala que son funciones de las municipalidades regular el transporte MORDAZA y otorgar las licencias o concesiones correspondientes, de conformidad con los reglamentos de la materia, siendo competencia del Concejo Metropolitano de MORDAZA, regularlo y de la Alcaldia Metropolitana organizarlo y controlarlo, de acuerdo a lo establecido en el inciso 8) del Articulo 134º y en el inciso 5) del Articulo 136º de la citada Ley; Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre dispone en su Primera Disposicion Final que sus reglamentos deben establecer las caracteristicas del regimen especial que constitucionalmente le corresponde a la Capital de la Republica; Que, sin embargo, se han dictado los Reglamentos Nacionales de MORDAZA, de Vehiculos y de Administra-

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen exoneracion del pago de derecho por inscripcion extemporanea de nacimiento durante el mes de setiembre de 2001
ORDENANZA Nº 64 MORDAZA MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001

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