Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2001 (07/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 213529

cepto de Aguinaldo con igual o diferente denominacion, bajo responsabilidad de los Directores Generales de Administracion o de quienes MORDAZA sus veces. El Aguinaldo por Navidad dispuesto por el presente dispositivo no es de alcance a los contratos por servicios no personales. Articulo 11º.- Para efectos de facilitar el cierre presupuestario correspondiente al Ano Fiscal 2001, las entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas podran realizar las modificaciones presupuestarias en su Presupuesto Institucional mediante Creditos y Anulaciones Presupuestarias, prescindiendo de lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del numeral 6.7 del Articulo 6º de la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001. Asimismo, ampliese para el MORDAZA semestre del ano fiscal 2001, la asignacion promedio mensual a que hace referencia el inciso 3.1 del Articulo 3º de la Ley Nº 27427, a la cantidad de S/. 1 820 000 000,00 (UN MIL OCHOCIENTOS VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 12º.- Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2001 hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 277 200 000,00) conforme al siguiente detalle:
DE LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL A LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD : RECURSOS ORDINARIOS : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Administracion y Planeamiento 006 : Planeamiento Gubernamental 0019 : Planeamiento Presupuestario y Financiero 00010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 00 : RECURSOS ORDINARIOS 166 400 000,00

Articulo 14º.- Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolucion la distribucion funcional programatica de los recursos habilitadores y habilitados a traves de los Articulos 12º y 13º, respectivamente, dentro de los cinco (5) dias de la vigencia del presente Dispositivo Legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001. Articulo 15º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye(n) a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) para que elabore(n) las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo 16º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 35907

110 800 000,00 277 200 000,00

PCM
Modifican el D.S. Nº 111-2001-PCM, mediante el cual se creo la Comision Nacional de los Pueblos Andinos y Amazonicos
DECRETO SUPREMO Nº 127-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia

277 200 000,00

Los pliegos habilitadores son detallados en los Anexos Nºs. 1 y 2.

Articulo 13º.- Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2001, hasta por la suma de CIENTO DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 110 488 908,00 ), conforme al siguiente detalle:
DE LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD 00 : RECURSOS ORDINARIOS : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Administracion y Planeamiento 006 : Planeamiento Gubernamental 0019 : Planeamiento Presupuestario y Financiero 00010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 89º de la Constitucion Politica, el Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, se crea la Comision Nacional de los Pueblos Andinos y Amazonicos, con la finalidad de promover el desarrollo e integracion de los pueblos indigenas, andinos y amazonicos, mediante la participacion directa de sus representantes; Que, a efectos del cumplimiento de la labor encomendada a la referida Comision resulta necesaria ampliar la participacion de los representantes de los pueblos indigenas, andinos y amazonicos, asi como adoptar las acciones administrativas relativas a su designacion en tanto se efectue su eleccion por sus respectivas comunidades; De conformidad con lo que establece el inciso 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese los Articulos 3º y 4º del Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, los cuales quedaran redactados de la siguiente forma: "Articulo 3º.- La Comision materia de este Decreto Supremo, estara conformada por veintiun (21) miembros, los cuales seran nombrados por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En dicha Resolucion Suprema se nombrara a quien ejercera la Presidencia de la Comision. Los Ministerios de Salud, Educacion, Energia y Minas, Agricultura, Justicia, Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCI) y Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano (PROMUDEH) acreditaran un representante cada uno ante el Presidente del Consejo de Ministros, en un plazo no mayor a los 15 dias de dictado este Decreto.

CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia A LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA INSTANCIAS DESCENTRALIZADS TOTAL

110 488 908,00

: RECURSOS ORDINARIOS 14 238 735,00

96 250 173,00 110 488 908,00

Los Pliegos y Grupos Genericos de Gasto habilitados en los Anexos Nºs. 3 y 4.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.